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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 32-25

que modifica los artículos 9 párrafo I y 10 del Decreto núm. 643-24. Deroga el artículo 16 del citado decreto núm. 643-24

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 ene de 2025fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 11186Gaceta Oficial del 25 ene de 2025
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 32-25 que modifica los artículos 9 párrafo I y 10 del Decreto núm. 643-24. Deroga el artículo 16 del citado decreto núm. 643-24. G. O. No. 11186 del 25 de enero de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 32-25 CONSIDERANDO: Que el gobierno dominicano se encuentra inmerso en un proceso de reforma, transformación y modernización de la Policía Nacional. CONSIDERANDO: Que se requiere optimizar el cumplimiento de los lineamientos y el direccionamiento estratégico del proceso de reforma de la Policía Nacional, y garantizar que los objetivos de modernización y transformación puedan ser cumplidos, para lo cual se precisan ciertas modificaciones al decreto presidencial que estableció los parámetros de su gobernanta. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública. VISTA: La Ley núm. 590-16, del 15 de julio de 2016, Orgánica de la Policía Nacional. VISTO: El Decreto núm. 211-21, del 6 de abril de 2021, que dispone la creación de Grupo de Trabajo para la Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional. VISTO: El Decreto núm. 2-22, del 17 de enero de 2022, que crea la Comisión Ejecutiva para la implementación de los planes, estrategias y políticas de transformación y profesionalización de la Policía Nacional. VISTO: El Decreto núm. 20-22, del 14 de enero de 2022, que dispone el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional. VISTO: El Decreto núm. 643-24, del 11 de noviembre de 2024. que establece los principios rectores, los lineamientos generales y la gobernanza del proceso de reforma modernización y transformación policial. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 9 párrafo 1 del decreto núm. 643-24, del 11 de noviembre de 2024, para que diga de la siguiente forma: Párrafo I. La Comisión Ejecutiva integrará las dos unidades de diseño y monitoreo siguientes, cada una encargada de un eje de modernización; a) La Unidad para la Modernización Educativa y el Desarrollo Humano. b) La Unidad para la Modernización Operativa. ARTÍCULO 2. Se modifica el artículo 10 del decreto núm. 643-24, del 11 de noviembre de 2024, para que diga de la siguiente forma: ARTICULO 10. Codiseño e implementación de proyectos. En coordinación con las unidades de diseño y monitoreo, el codiseño y la implementación de Ios- proyectos de reforma, modernización y transformación policial quedarán bajo el liderazgo de un general de la Policía Nacional y la articulación de las siguientes estructuras: a) Bajo el direccionamiento de la Unidad para la Modernización Educativa y el Desarrollo Humano, se integrarán los equipos dinamizadores siguientes; Educación Policial; Carrera y Bienestar; Doctrina y Cultura Policial; Estándares Profesionales, Desarrollo Organizacional y Nueva Imagen e Identidad Institucional. b) Bajo el direccionamiento de la Unidad para la Modernización Operativa, se integrarán los equipos dinamizadores siguientes; Nuevo Modelo del Servicio de Policía; Integridad y Legitimidad con Enfoque en Derechos Humanos; Investigación Criminal; Inteligencia Policial; Transformación Digital; y Tránsito y Transporte. ARTICULO 3. Se deroga el artículo 16 del Decreto núm. 643-24, del 11 de noviembre de 2024. ARTICULO 4. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán. Distrito Nacional, capital de la República, a los Veintidós (22) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025), año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona