miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 696-24

que concede el beneficio de una pensión del Estado por el monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales a 226 afiliados del antiguo Instituto Dominicano de Seguros Sociales que se encuentran dentro de un rango de 300 a 399 cotizaciones

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 dic de 2024fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11182Gaceta Oficial del 31 dic de 2024
Poder Ejecutivoórgano
214personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Arcenio Guzman JavierEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Arturo Antonio Peralta BourdierEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aurelina Reyes SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aurora Mercedes Martinez MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Basilia Celia Rosa Tavarez de VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Belkis Mirian Alcala SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Benita Pichardo MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Betanea Paredes CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Betty Basilia Altagracia Martinez Villoria de CeballosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Blanca Ceferina Ruiz Ramirez de GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Blasina Henriquez AlbertoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Buenaventura Martinez DiloneEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Buenaventura RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Candida SolanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Caridad Encarnacion ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Encarnacion RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Guillermo Bautista GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Inocencio Urbaez SeverinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmelina Suriel RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Bianela Lluberes del JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Bocio RuizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Celenia BerroaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Minerva Espinal SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Teresa Lopez VerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Celeste VillavicencioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Celio de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cesar de Jesus Cabrera RicartEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cipriano CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Clara Luz Paulino Guzman de VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cornelia Rodriguez BerroaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Crispin Mendez SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cristian Milciades Gomez RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cristina de SendaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Deisi Altagracia Ortiz CepedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Digna Guzman CiprianEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Diogenes Francisco Antonio Rodriguez JiminianEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dionicia GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dionisia Valenzuela GeronimoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dolores Jose BaezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dominga Confesora de la Cruz LeonardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Antonio Cruz CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Medina CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dorca Esther Taveras AngomasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dorotea Santana Payano de HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dulce Elena Medina BiEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dulce Maria Belkis Beras EscorborgEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dulce Maria Mejia MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eddy ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elsa Altagracia Meran MorilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elso Antonio Gomez CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elvira Polanco CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Emerenciano Clemente Severino ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Engracia Mercedes SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Escolastica Altagracia Lora de JorgeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eurquidis Francsica Peña LantiguaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Evinardo Felip Easencio BonillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fabio Sanchez MercadoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Faustino Peña MorlaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Feliciano FerrerEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felipe Garcia EliasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Antonio Rondon AdonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Antonio Sosa InfanteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Filgia Marlene Fournier TavarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fior D Aliza Martinez PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Salazar CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Antonio de los Santos LinaresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Antonio DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Madrigal de PaulaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Freddy Enrique Ureña PozoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Freddy Javier BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fredis Roman SalvadorEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fredys Manuel Marquez LorenzoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gerardo Rafael Moreno SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gil Antonio Perez PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Guido Alejandro Cedano GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Guillermo Antonio Lopez MontalvoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector de la Cruz Mercado FernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Jose ValerioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Leonidas Perdomo FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Manuel BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Henry Franklyn Amarante MaderaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hilda Silverio de LugoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ignacio Radhames Reynoso SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jasinto Antonio Nolasco VasquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Benigno Aybar RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Dolores MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Heriberto Garcia RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Lucia PeraltaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Luis Taveras BonillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Miguel Rodriguez HerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Miguel Rojas GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Osiris SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Santana BastardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose TejedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefina Ynmaculada Guzman MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Almonte CidEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan David Santana RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Esteban Ravelo FebrilletEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Francisco Lopez MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Ramon DuranEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Ramon Suero LanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julia Alvarez Pinales de ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julian Antonio Delgado NovaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juliana Marte RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Cesar Berroa SilvestreEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Corniel PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Rhadame GrullonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Justina Nuñez MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucia Dely Morales MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Adriano Lorenzo AybarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Antonio Moscat GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Aristides Parra AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Enrique Perez AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Manuel Rodriguez FerminEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Ney Piña RuizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis PimentelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luz Amanda MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luz Maria Hernandez RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luz Maria Santos EstevezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Magaly Beras FilomenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Magalys del RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Magdalena Ventura RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Antonio Taveras LanfrancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel de Jesus Acosta TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel de Jesus Terrero CabralEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel de Js Espinal TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Margarita BautistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Margarita Betania Pou ChevalierEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Margarita Linares del PozoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Margaro Heredia ManzuetaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria del Carmen Estela RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Elena Espinosa de RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Elsa Quezada de VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Estela Garcia de VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Figueroa RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Francisca Garcia JiminianEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Magdalena Feliciano de de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Virgen Valdez SepulvedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marino Enrique Martinez LugoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mario Valverde RinconEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marisol AlcantaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maritza del Carmen EspinalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Martha RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Martin Disla GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Martina VasquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maxima Estrella Hidalgo de MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maximo Valdez MartesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Melvyn Andres Martinez SobetEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Angel Suzaña GeraldoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Antonio Peralta MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miledis Polanco PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Minerva Margarita Montezuna SotoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mirciades Rosario ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mirquella Altagracia Solis de CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Monica Antonia Silvestre HerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nercida de Jesus Collado HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nieves GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Onidio Meran GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Oscar BritoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Antonio Tavera RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Figueroa RafaelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Paula Antonia Baez Cedeño de MorelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro LuisEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Nuñez de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Pascual GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Petronila RomeroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Porfirio CotesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Porfirio Medrano MercadoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Candelario Hernandez ReynosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Fernandez CorreaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Lorenzo DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Perez HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Rivera CandelarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafaela Beras RoblesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafaela Martinez MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Antonio Fabian ColonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon de Jesus Alvarez MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Epifaneo Infante LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Jimenez MejiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon MatiasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Altagracia TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Rodriguez Dolores de FriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Taveras TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rene Buenaventura de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ricardo Almonte DevoraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Peguero RojasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa de Leon BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosendo RoblesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ruben Dario MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ruperto ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santiago Rosario BerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santo AmparoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Secundino Jimenez MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sergio Antonio AlmonteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sergio Tavares ReynosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sunilda Polanco RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Susana Concepcion MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Telma de Jesus Rivera DuranEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teodoro Caba MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teofilo Metivier MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teresa VelezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Urda Maria Jimenez PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Valentin AngustiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Veronica Altagracia Diaz TejeraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Victor de Jesus GutierrezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Vinicia Quiselda GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Virgilio Antonio Aquino AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Virgilio de Jesus Fernandez RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Virgilio Matos TerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Zacarias Doñe RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (15,717 caracteres)
Dec. núm. 696-24 que concede el beneficio de una pensión del Estado por el monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales a 226 afiliados del antiguo Instituto Dominicano de Seguros Sociales que se encuentran dentro de un rango de 300 a 399 cotizaciones. G. O. No. 11182 del 31 de diciembre de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 696-24 CONSIDERANDO: Que en el artículo 60 de la Constitución dominicana se establece: “Derecho a la seguridad social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez”. CONSIDERANDO: Que el artículo 42 de la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, establece: “La deuda actuarial del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), sobre los derechos adquiridos y en proceso de adquisición de sus asegurados, será asumida por el Estado dominicano en la forma y condiciones que establece la presente ley y sus normas complementarias (...)”. CONSIDERANDO: Que el artículo 43 de la Ley núm. 87-01, respecto al reconocimiento de los derechos adquiridos, establece que todos los ciudadanos conservarán los años acumulados y los derechos adquiridos en sus respectivos planes de pensiones, como sigue: a) Los actuales pensionados y jubilados por las leyes 1896, del 30 de diciembre de 1948 y 379, del 11 de diciembre de 1981, y de los otros planes existentes continuarán disfrutando de su pensión actual, con derecho a actualizarla periódicamente de acuerdo al índice de precios al consumidor; b) Los afiliados amparados por las leyes 1896, del 30 de diciembre de 1948 y 379, del 11 de diciembre de 1981, con más de 45 años de edad recibirán una pensión de acuerdo a las mismas, con derecho a actualizarla periódicamente de acuerdo al índice de precios al consumidor (…). CONSIDERANDO: Que el artículo 38 de la Ley núm. 397-19, que creó el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), dispuso la disolución del IDSS, y estableció que: "Las pensiones por vejez que se encuentren en trámite ante el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), o pendientes de solicitud por las y los interesados y que correspondan a derechos adquiridos al amparo de la Ley núm. 1896, del 30 de diciembre de 1948, sobre Seguros Sociales, serán solicitadas ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), del Ministerio de Hacienda, quien estará en la obligación de crear los instrumentos necesarios para reconocer dichos beneficios". CONSIDERANDO: Que el artículo 43 de la citada Ley núm. 397-19, dispone que: "El Poder Ejecutivo adoptará las medidas correspondientes para asegurar la continuidad de los derechos de las y los afiliados, así como para garantizar que los derechos de los trabajadores sean adecuadamente protegidos y conservados, a partir de la entrada en vigencia de esta ley. CONSIDERANDO: Que el artículo 16, numeral 2, de la Ley núm. 494-06, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda), cita entre las funciones y atribuciones de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), la siguiente: "Recibir, evaluar y proponer la aprobación de las solicitudes y modificaciones de jubilaciones y pensiones correspondientes a los sistemas de las leyes números 1896 del 30 de diciembre de 1948 y 379 del 11 de diciembre de 1981". CONSIDERANDO: Que es facultad del presidente de la República Dominicana otorgar pensiones y jubilaciones a los extrabajadores que hayan cotizados al antiguo Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS). CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), por medio a su Comité Administrativo de Pensiones (CAP), ha recomendado al Poder Ejecutivo otorgar el beneficio de una pensión a doscientos veintiséis (226), trabajadores amparados por la misma normativa y validadas por la DGJP. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 1896, del 30 de diciembre de 1948, sobre Seguros Sociales. VISTA: La Ley núm. 87-01, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. VISTA: La Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, sobre Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda). VISTA: La Ley núm. 397-19, que crea el Instituto de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), del 30 de septiembre de 2019, y deroga entre otras leyes la Ley núm. 1896 del 30 de diciembre de 1948, sobre Seguros Sociales. VISTA: La Resolución DGJP-CAP-010-2024 del Comité Administrativo de Pensiones (CAP), del 15 de octubre de 2024, mediante la cual se aprobó la recomendación al Poder Ejecutivo el otorgamiento de pensiones del IDSS a beneficiarios que se encuentran dentro de un rango de 300 a 399 cotizaciones, luego de ser evaluadas y validadas conforme a los procedimientos internos de dicha Dirección General. VISTO: El oficio DGJP-2024-09443, del 4 de diciembre de 2024, del Director General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión con cargo al Estado por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00), a los afiliados del antiguo Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), que se encuentran dentro de un rango de 300 a 399 cotizaciones, que se detallan a continuación: Núm. | Nombres y apellidos | Cédula de identidad y electoral 1 | AGUSTIN BAUTISTA MONTERO | [cédula] 2 | ALEXIS DE LA CRUZ PAULINO | [cédula] 3 | ALEXIS NOEL | [cédula] 4 | ALICIO DE JESUS GUZMAN HICIANO | [cédula] 5 | ANA ARGENTINA RAMOS | [cédula] 6 | ANA CASILDA NOVA | [cédula] 7 | ANA ROSA BETANCES RODRIGUEZ | [cédula] 8 | ANGEL DE LOS SANTOS | [cédula] 9 | ANGEL MARIA JAQUEZ MARCELO | [cédula] 10 | ANGELA MERCEDES NUÑEZ | [cédula] 11 | ANTERO MOLA MOTA | [cédula] 12 | ANTONIA PERALTA VASQUEZ | [cédula] 13 ARCENIO GUZMAN JAVIER [cédula] 14 ARTURO ANTONIO PERALTA BOURDIER [cédula] 15 AURELINA REYES SANCHEZ [cédula] 16 AURORA MERCEDES MARTINEZ MARTE [cédula] 17 BASILIA CELIA ROSA TAVAREZ DE VARGAS [cédula] 18 BELKIS MIRIAN ALCALA SANTANA [cédula] 19 BENITA PICHARDO MARTINEZ [cédula] 20 BETANEA PAREDES CUEVAS [cédula] 21 BETTY BASILIA ALTAGRACIA MARTINEZ VILLORIA DE CEBALLOS [cédula] 22 BLANCA CEFERINA RUIZ RAMIREZ DE GOMEZ [cédula] 23 BLASINA HENRIQUEZ ALBERTO [cédula] 24 BUENAVENTURA MARTINEZ DILONE [cédula] 25 BUENAVENTURA ROSARIO [cédula] 26 CANDIDA SOLANO [cédula] 27 CARIDAD ENCARNACION REYES [cédula] 28 CARLOS ENCARNACION RODRIGUEZ [cédula] 29 CARLOS GUILLERMO BAUTISTA GARCIA [cédula] 30 CARLOS INOCENCIO URBAEZ SEVERINO [cédula] 31 CARMELINA SURIEL RAMIREZ [cédula] 32 CARMEN BIANELA LLUBERES DEL JESUS [cédula] 33 CARMEN BOCIO RUIZ [cédula] 34 CARMEN CELENIA BERROA [cédula] 35 CARMEN MINERVA ESPINAL SANTANA [cédula] 36 CARMEN TERESA LOPEZ VERAS [cédula] 37 CELESTE VILLAVICENCIO [cédula] 38 CELIO DE LA CRUZ [cédula] 39 CESAR DE JESUS CABRERA RICART [cédula] 40 CIPRIANO CASTILLO [cédula] 41 CLARA LUZ PAULINO GUZMAN DE VARGAS [cédula] 42 CORNELIA RODRIGUEZ BERROA [cédula] 43 CRISPIN MENDEZ SANCHEZ [cédula] 44 CRISTIAN MILCIADES GOMEZ RAMIREZ [cédula] 45 CRISTINA DE SENDA [cédula] 46 DEISI ALTAGRACIA ORTIZ CEPEDA [cédula] 47 DIGNA GUZMAN CIPRIAN [cédula] 48 DIOGENES FRANCISCO ANTONIO RODRIGUEZ JIMINIAN [cédula] 49 DIONICIA GARCIA [cédula] 50 DIONISIA VALENZUELA GERONIMO [cédula] 51 DOLORES JOSE BAEZ [cédula] 52 DOMINGA CONFESORA DE LA CRUZ LEONARDO [cédula] 53 DOMINGO ANTONIO CRUZ CABRERA [cédula] 54 DOMINGO DE LOS SANTOS [cédula] 55 DOMINGO MEDINA CUEVAS [cédula] 56 DORCA ESTHER TAVERAS ANGOMAS [cédula] 57 DOROTEA SANTANA PAYANO DE HERNANDEZ [cédula] 58 DULCE ELENA MEDINA BIERD [cédula] 59 DULCE MARIA BELKIS BERAS ESCORBORG [cédula] 60 DULCE MARIA MEJIA MOTA [cédula] 61 EDDY REYES [cédula] 62 ELSA ALTAGRACIA MERAN MORILLO [cédula] 63 ELSO ANTONIO GOMEZ CRUZ [cédula] 64 ELVIRA POLANCO CUEVAS [cédula] 65 EMERENCIANO CLEMENTE SEVERINO VALDEZ [cédula] 66 ENGRACIA MERCEDES SANCHEZ [cédula] 67 ESCOLASTICA ALTAGRACIA LORA DE JORGE [cédula] 68 EURQUIDIS FRANCSICA PEÑA LANTIGUA [cédula] 69 EVINARDO FELIP EASENCIO BONILLA [cédula] 70 FABIO SANCHEZ MERCADO [cédula] 71 FAUSTINO PEÑA MORLA [cédula] 72 FELICIANO FERRER [cédula] 73 FELIPE GARCIA ELIAS [cédula] 74 FELIX ANTONIO RONDON ADON [cédula] 75 FELIX ANTONIO SOSA INFANTE [cédula] 76 FILGIA MARLENE FOURNIER TAVAREZ [cédula] 77 FIOR D ALIZA MARTINEZ PEREZ [cédula] 78 FRANCISCA SALAZAR CRUZ [cédula] 79 FRANCISCO ANTONIO DE LOS SANTOS LINARES [cédula] 80 FRANCISCO ANTONIO DIAZ [cédula] 81 FRANCISCO MADRIGAL DE PAULA [cédula] 82 FREDDY ENRIQUE UREÑA POZO [cédula] 83 FREDDY JAVIER BATISTA [cédula] 84 FREDIS ROMAN SALVADOR [cédula] 85 FREDYS MANUEL MARQUEZ LORENZO [cédula] 86 GERARDO RAFAEL MORENO SANTOS [cédula] 87 GIL ANTONIO PEREZ PEREZ [cédula] 88 GUIDO ALEJANDRO CEDANO GARCIA [cédula] 89 GUILLERMO ANTONIO LOPEZ MONTALVO [cédula] 90 HECTOR DE LA CRUZ MERCADO FERNANDEZ [cédula] 91 HECTOR JOSE VALERIO [cédula] 92 HECTOR LEONIDAS PERDOMO FELIZ [cédula] 93 HECTOR MANUEL BATISTA [cédula] 94 HENRY FRANKLYN AMARANTE MADERA [cédula] 95 HILDA SILVERIO DE LUGO [cédula] 96 IGNACIO RADHAMES REYNOSO SANTANA [cédula] 97 JASINTO ANTONIO NOLASCO VASQUEZ [cédula] 98 JOSE BENIGNO AYBAR RODRIGUEZ [cédula] 99 JOSE DOLORES MATOS [cédula] 100 JOSE HERIBERTO GARCIA ROSA [cédula] 101 JOSE LUCIA PERALTA [cédula] 102 JOSE LUIS TAVERAS BONILLA [cédula] 103 JOSE MIGUEL RODRIGUEZ HERRERA [cédula] 104 JOSE MIGUEL ROJAS GARCIA [cédula] 105 JOSE OSIRIS SANTOS [cédula] 106 JOSE SANTANA BASTARDO [cédula] 107 JOSE TEJEDA [cédula] 108 JOSEFINA YNMACULADA GUZMAN MARTINEZ [cédula] 109 JUAN ALMONTE CID [cédula] 110 JUAN DAVID SANTANA ROSA [cédula] 111 JUAN ESTEBAN RAVELO FEBRILLET [cédula] 112 JUAN FRANCISCO LOPEZ MATOS [cédula] 113 JUAN RAMON DURAN [cédula] 114 JUAN RAMON SUERO LANA [cédula] 115 JULIA ALVAREZ PINALES DE REYES [cédula] 116 JULIAN ANTONIO DELGADO NOVA [cédula] 117 JULIANA MARTE RAMIREZ [cédula] 118 JULIO CESAR BERROA SILVESTRE [cédula] 119 JULIO CORNIEL PEÑA [cédula] 120 JULIO RHADAME GRULLON [cédula] 121 JUSTINA NUÑEZ MERCEDES [cédula] 122 LUCIA DELY MORALES MERCEDES [cédula] 123 LUIS ADRIANO LORENZO AYBAR [cédula] 124 LUIS ANTONIO MOSCAT GUERRERO [cédula] 125 LUIS ARISTIDES PARRA ARIAS [cédula] 126 LUIS ENRIQUE PEREZ ACOSTA [cédula] 127 LUIS MANUEL RODRIGUEZ FERMIN [cédula] 128 LUIS NEY PIÑA RUIZ [cédula] 129 LUIS PIMENTEL [cédula] 130 LUZ AMANDA MONTERO [cédula] 131 LUZ MARIA HERNANDEZ ROSARIO [cédula] 132 LUZ MARIA SANTOS ESTEVEZ [cédula] 133 MAGALY BERAS FILOMENA [cédula] 134 MAGALYS DEL ROSARIO [cédula] 135 MAGDALENA VENTURA ROSARIO [cédula] 136 MANUEL ANTONIO TAVERAS LANFRANCO [cédula] 137 MANUEL DE JESUS ACOSTA TAVERAS [cédula] 138 MANUEL DE JESUS TERRERO CABRAL [cédula] 139 MANUEL DE JS ESPINAL TAVERAS [cédula] 140 MARGARITA BAUTISTA [cédula] 141 MARGARITA BETANIA POU CHEVALIER [cédula] 142 MARGARITA LINARES DEL POZO [cédula] 143 MARGARO HEREDIA MANZUETA [cédula] 144 MARIA DEL CARMEN ESTELA RAMIREZ [cédula] 145 MARIA ELENA ESPINOSA DE RAMIREZ [cédula] 146 MARIA ELSA QUEZADA DE VARGAS [cédula] 147 MARIA ESTELA GARCIA DE VARGAS [cédula] 148 MARIA FIGUEROA RAMIREZ [cédula] 149 MARIA FRANCISCA GARCIA JIMINIAN [cédula] 150 MARIA MAGDALENA FELICIANO DE DE LA CRUZ [cédula] 151 MARIA VIRGEN VALDEZ SEPULVEDA [cédula] 152 MARINO ENRIQUE MARTINEZ LUGO [cédula] 153 MARIO VALVERDE RINCON [cédula] 154 MARISOL ALCANTARA [cédula] 155 MARITZA DEL CARMEN ESPINAL [cédula] 156 MARTHA ROSARIO [cédula] 157 MARTIN DISLA GOMEZ [cédula] 158 MARTINA VASQUEZ [cédula] 159 MAXIMA ESTRELLA HIDALGO DE MARTINEZ [cédula] 160 MAXIMO VALDEZ MARTES [cédula] 161 MELVYN ANDRES MARTINEZ SOBET [cédula] 162 MIGUEL ANGEL SUZAÑA GERALDO [cédula] 163 MIGUEL ANTONIO PERALTA MARTINEZ [cédula] 164 MILEDIS POLANCO PEREZ [cédula] 165 MINERVA MARGARITA MONTEZUNA SOTO [cédula] 166 MIRCIADES ROSARIO REYES [cédula] 167 MIRQUELLA ALTAGRACIA SOLIS DE CASTILLO [cédula] 168 MONICA ANTONIA SILVESTRE HERRERA [cédula] 169 NERCIDA DE JESUS COLLADO HERNANDEZ [cédula] 170 NIEVES GONZALEZ [cédula] 171 ONIDIO MERAN GARCIA [cédula] 172 OSCAR BRITO [cédula] 173 PABLO ANTONIO TAVERA ROSARIO [cédula] 174 PABLO FIGUEROA RAFAEL [cédula] 175 PAULA ANTONIA BAEZ CEDEÑO DE MOREL [cédula] 176 PEDRO LUIS [cédula] 177 PEDRO NUÑEZ [cédula] 178 PEDRO NUÑEZ DE LA CRUZ [cédula] 179 PEDRO PASCUAL GONZALEZ [cédula] 180 PETRONILA ROMERO [cédula] 181 PORFIRIO COTES [cédula] 182 PORFIRIO MEDRANO MERCADO [cédula] 183 RAFAEL CANDELARIO HERNANDEZ REYNOSO [cédula] 184 RAFAEL DIAZ [cédula] 185 RAFAEL FERNANDEZ CORREA [cédula] 186 RAFAEL LORENZO DIAZ [cédula] 187 RAFAEL PEREZ HERNANDEZ [cédula] 188 RAFAEL RIVERA CANDELARIO [cédula] 189 RAFAELA BERAS ROBLES [cédula] 190 RAFAELA MARTINEZ MARTINEZ [cédula] 191 RAMON ANTONIO FABIAN COLON [cédula] 192 RAMON DE JESUS ALVAREZ MARTINEZ [cédula] 193 RAMON EPIFANEO INFANTE LOPEZ [cédula] 194 RAMON JIMENEZ MEJIA [cédula] 195 RAMON MATIAS [cédula] 196 RAMONA ALTAGRACIA TAVERAS [cédula] 197 RAMONA MARTE [cédula] 198 RAMONA RODRIGUEZ DOLORES DE FRIAS [cédula] 199 RAMONA TAVERAS TAVERAS [cédula] 200 RENE BUENAVENTURA DE JESUS [cédula] 201 RICARDO ALMONTE DEVORA [cédula] 202 ROBERTO PEGUERO ROJAS [cédula] 203 ROSA DE LEON BATISTA [cédula] 204 ROSENDO ROBLES [cédula] 205 RUBEN DARIO MARTINEZ [cédula] 206 RUPERTO REYES [cédula] 207 SANTIAGO ROSARIO BERAS [cédula] 208 SANTO AMPARO [cédula] 209 SECUNDINO JIMENEZ MEDINA [cédula] 210 SERGIO ANTONIO ALMONTE [cédula] 211 SERGIO TAVARES REYNOSO [cédula] 212 SUNILDA POLANCO ROSARIO [cédula] 213 SUSANA CONCEPCION MOTA [cédula] 214 TELMA DE JESUS RIVERA DURAN [cédula] 215 TEODORO CABA MARTINEZ [cédula] 216 TEOFILO METIVIER MEDINA [cédula] 217 TERESA VELEZ [cédula] 218 URDA MARIA JIMENEZ PEREZ [cédula] 219 VALENTIN ANGUSTIA [cédula] 220 VERONICA ALTAGRACIA DIAZ TEJERA [cédula] 221 VICTOR DE JESUS GUTIERREZ [cédula] 222 VINICIA QUISELDA GUERRERO [cédula] 223 VIRGILIO ANTONIO AQUINO ACOSTA [cédula] 224 VIRGILIO DE JESUS FERNANDEZ RODRIGUEZ [cédula] 225 VIRGILIO MATOS TERRERO [cédula] 226 ZACARIAS DOÑE RAMIREZ [cédula] ARTÍCULO 2. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19 del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado, ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la Nómina de Pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo. ARTICULO 3. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.