Texto de la norma
Dec. núm. 638-24 que declara de utilidad pública una porción de terreno en el Distrito
Nacional de 494-38 metros cuadrados, la cual será destinada a la construcción de la
Escuela Primaria Cruz Grande. G. O. No. 11172 del 15 de noviembre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 638-24
VISTA: La Constitución Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
VISTO: El oficio núm. MINERD-DESP. 3561, del 28 de octubre de 2024, remitido por el
ministro de Educación a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición, por parte del
Estado dominicano, la parcela núm. 49-REF-B-1-REFD-66, distrito catastral núm. 17, con
una extensión superficial de 494.38 m2, ubicada en el Distrito Nacional, amparada en el
certificado de título matrícula núm. 0100133160, emitido a favor de MARÍA SALOMÉ
JIMÉNEZ GUANTE Y MARÍA EUFEMIA FERRAND DE ENCARNACIÓN, por el
Registrador de Títulos del Distrito Nacional, la cual será utilizada para la construcción de la
Escuela Primaria Cruz Grande.
ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios del
inmueble afectado, para su traspaso al Estado dominicano, el Ministro de Educación realizará
todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo
a las leyes, para obtener la expropiación.
ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión del
indicado inmueble, a través del Ministerio de Educación (MINERD), a fin de que puedan
iniciarse de inmediato los trabajos indicados, luego de ser cumplidos los requisitos exigidos
por la ley.
ARTÍCULO 4. Envíese a1 Director General de Bienes Nacionales, a1 Abogado del Estado,
al Ministerio de Educación (MINERD) y a1 Registrador de Títulos del Distrito Nacional,
para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024);
año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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