Texto de la norma
Dec. núm. 623-24 que autoriza al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros, a vender
a la Constructora Luba, S.R.L., una porción de terreno ubicada en el sector Rincón
Largo, municipio Santiago de los Caballeros. Modifica el artículo 9 del Decreto núm.
281-22. Autoriza a dicho ayuntamiento a vender un solar a la Cooperativa La
Altagracia., Inc. G. O. No. 11171 del 1 de noviembre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 623-24
VISTO: La Constitución de la República, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
Municipios.
VISTA: La certificación del secretario del consejo municipal del Ayuntamiento del
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 17 de mayo de 2024, del acta
núm. 09-24 del 14 de mayo de 2024.
VISTA: La certificación del secretario del consejo municipal del Ayuntamiento del
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 24 de mayo de 2023 y del acta
núm. 10-23, del 23 de mayo de 2023, que aprueba la corrección del artículo 9 del Decreto
núm. 281-22, del 30 de mayo de 2022.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a la Constructora Luba, S. R. L., debidamente representada por Luis
Arturo Hidalgo Muñoz, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
la suma de tres millones ciento setenta y dos mil cincuenta pesos dominicanos con 00/100
(RD$3,172,050.00), el solar municipal núm. 16-A-1, manzana municipal núm. 2, dentro de
la parcela núm. 7-C-7-B-2, D.C. núm. 08, con una extensión superficial de trescientos treinta
y tres punto noventa metros cuadrados (333.90 m2), ubicado en el sector Rincón Largo,
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 16-A-2.
2. Al sur, Play Rincón Largo.
3. Al este, solares municipales núms. 9 y 10.
4. Al oeste, solares municipales núms. 15 y 16.
Artículo 2. Queda modificado el artículo 9 del Decreto núm. 281-22, del 31 de mayo de
2022, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
‟Artículo 9. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a la Cooperativa La Altagracia, Inc., representada por Rafael
Narciso Vargas Rodríguez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula],
por la suma de ciento un mil seiscientos setenta y dos pesos dominicanos con 00/100
(RD$101,672.00), el solar municipal núm. 167, manzana núm. 10, correspondiente a la
parcela catastral núm. 1-C-1, porción D, D. C. núm. 1, con una extensión superficial de ciento
veintisiete punto noventa y tres metros cuadrados (127.93 m2), ubicado en el sector El Ejido,
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 168.
2. Al sur, calle núm. 2.
3. Al este, calle núm. 9.
4. Al oeste, calle núm. 11.
Artículo 3. Envíese al Ayuntamiento del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a la Liga Municipal Dominicana (LMD), al Registrador de Títulos de Santiago y
al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro
(2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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