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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 623-24

que autoriza al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros, a vender a la Constructora Luba, S.R.L., una porción de terreno ubicada en el sector Rincón Largo, municipio Santiago de los Caballeros. Modifica el artículo 9 del Decreto núm

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 oct de 2024fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 11171Gaceta Oficial del 1 nov de 2024
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 623-24 que autoriza al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros, a vender a la Constructora Luba, S.R.L., una porción de terreno ubicada en el sector Rincón Largo, municipio Santiago de los Caballeros. Modifica el artículo 9 del Decreto núm. 281-22. Autoriza a dicho ayuntamiento a vender un solar a la Cooperativa La Altagracia., Inc. G. O. No. 11171 del 1 de noviembre de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 623-24 VISTO: La Constitución de la República, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional. VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios. VISTA: La certificación del secretario del consejo municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 17 de mayo de 2024, del acta núm. 09-24 del 14 de mayo de 2024. VISTA: La certificación del secretario del consejo municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 24 de mayo de 2023 y del acta núm. 10-23, del 23 de mayo de 2023, que aprueba la corrección del artículo 9 del Decreto núm. 281-22, del 30 de mayo de 2022. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a la Constructora Luba, S. R. L., debidamente representada por Luis Arturo Hidalgo Muñoz, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de tres millones ciento setenta y dos mil cincuenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$3,172,050.00), el solar municipal núm. 16-A-1, manzana municipal núm. 2, dentro de la parcela núm. 7-C-7-B-2, D.C. núm. 08, con una extensión superficial de trescientos treinta y tres punto noventa metros cuadrados (333.90 m2), ubicado en el sector Rincón Largo, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 16-A-2. 2. Al sur, Play Rincón Largo. 3. Al este, solares municipales núms. 9 y 10. 4. Al oeste, solares municipales núms. 15 y 16. Artículo 2. Queda modificado el artículo 9 del Decreto núm. 281-22, del 31 de mayo de 2022, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: ‟Artículo 9. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a la Cooperativa La Altagracia, Inc., representada por Rafael Narciso Vargas Rodríguez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de ciento un mil seiscientos setenta y dos pesos dominicanos con 00/100 (RD$101,672.00), el solar municipal núm. 167, manzana núm. 10, correspondiente a la parcela catastral núm. 1-C-1, porción D, D. C. núm. 1, con una extensión superficial de ciento veintisiete punto noventa y tres metros cuadrados (127.93 m2), ubicado en el sector El Ejido, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 168. 2. Al sur, calle núm. 2. 3. Al este, calle núm. 9. 4. Al oeste, calle núm. 11. Artículo 3. Envíese al Ayuntamiento del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a la Liga Municipal Dominicana (LMD), al Registrador de Títulos de Santiago y al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona