sábado, 17 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 575-24

que concede el beneficio de una pensión del Estado por el monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales a 199 afiliados del antiguo Instituto Dominicano de Seguros Sociales que se encuentran dentro de un rango de 300 a 399 cotizaciones validadas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 oct de 2024fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11169Gaceta Oficial del 15 oct de 2024
Poder Ejecutivoórgano
199personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Abraham Antonio Sanz FernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Adalgiza Cordero de PaulaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Agustina Martinez PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alejandrina Santana LinarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alejandro Antonio Brito PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alejandro Ramirez SenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alfredo Antonio Quero YnfanteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alfredo Valenzuela PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Sierra Pinales de MundarayEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Amado MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Digna Ovalle Gomez de PlacencioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Mirella Andujar PimentelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Ofelia Patricio Cespedes de PolancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Antonia Joseph TifueEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aquilino SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Arelis Modesta Cruz GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aurelio Florentino AquinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Benita Morillo CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Berqui CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bienvenido Matos FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Blanca Deyanira TatisEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Brigida Gonzalez GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Brigida Paulino CapellanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Candida Altagracia Mercedes Cordero de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Candida Paulina Hernandez CrossEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlita Angulo CalzadoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Jose MoraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Manuel Guzman YorroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Arelis Trinidad LaureanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Josefina Aquino DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Rosa Rodriguez PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carolina Ydalia Perez Firpo de AndujarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cecilia Contreras ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cecilio Valdez ContrerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cesar Aquiles Frias de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cespedes Dionisio Mendez MoqueteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Clara del Carmen Marte de NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cleopatra Josefina Sanchez DominguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Colasa Nuñez LirianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Crescencio Antonio Rodriguez SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Daniel Contreras DislaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
David Antonio TolentinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Delsy Maria Osoria SusanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Demetrio Encarnacion MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dennis Manuel Batista MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Nuñez MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dorkis Guerrero CorreaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dulce Selenia Aquino de EscottoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Efrain Radhames Martinez PinalesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eladia Antonia Espinal ReynosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elba Rosa Scrogin NolascoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eleuteria de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elias Zacarias Feliz IsaacEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Emilio Payano SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ercilia Damian HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ernestina Peña VelozEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Esmeralda Pineda CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eugenia Hiraldo HiraldoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Faustina Frias de CorreaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fausto Emilio Valera UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felicita Jimenez JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felipe Cabral MorilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Antonio Guzman UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Maria Gonzalez de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Rodriguez RinconEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Tavarez AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fernando BasilioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Altagracia Peralta de MorenoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Antonia Salas VictorinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca del Carmen Pichardo SerranoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Albino UribeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Flores ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Freddy David Vasquez MoraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Freddys Carrasco FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Geraldo JoseEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gloria Maria Jimenez GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Guaroa Cuevas SenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Julio Trinidad CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Herminia Moscoso de MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hipolito Arias FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Humberto Antonio Lopez GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ignacia Pichardo del RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Inosencio FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Iris Margarita CorderoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jesus Jorge MinierEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jorge Antonio Pichardo CapellanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Agusto P. Melo CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Altagracia Adames ColderoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Altagracia CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Altagracia Perez RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose de la Cruz Perez PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Francisco TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Miguel Jimenez RiveraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Rafael de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefina Altagracia Diaz PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Cabrera PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Francisco Cabral SueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Fernando Reyes SantiagoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Figuereo de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Genaro Segura PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Luciano TejadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Pablo Moreno ClaudioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana Mercedes de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Alejandro Mercado NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Cesar Beras FilomenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Cesar Curiel PichardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Cesar Gonzalez InirioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Ricardo Ortega CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lestter de Jesus Santana PadillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lino Jose Perez RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lorenzo Beras CrispinEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucas Abreu de CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucia Altagracia Carmona CabaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucia Mendosa ConcepcionEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luciano Hernandez CorderoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Andres Mena CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Eduardo Pereyra FerreiraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Manuel TejedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Manuel Valdez CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Ulloa FranciscoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Magdalena Benso BlancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manolo Rubio FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Armando Mota AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Escobosa SueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marcelino GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marcia Margarita Baez GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Altagracia FeblesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Antonia Melendez CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria AraujoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria del Carmen Martinez ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Magdalena MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Trinidad PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marino Antonio Tineo HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marino MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mario Esteban Baez BernEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maximo MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Carmen Alba TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Selenia Ramirez PolancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Milagro de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miriam Altagracia Jaquez de FeblesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mirian Rodriguez NievesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Narcisa Constanza FigueroaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nelson LebronEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nicolas Reyes CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Noberto SosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Noris Divina Sosa SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Oscar Abad PimentelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Antonio Perez PichardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Paulino Castillo RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Antonio Marte BlancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Encarnacion MacarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Petra Paula de Jesus PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Petra PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Porfirio Paula AlcantaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Priscila Diaz CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Quisqueya Estela Cedeño AmparoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio Quezada CarmonaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael de la Cruz HenriquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Doñe SenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Mateo del RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Perez BatistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Reyes FranciscoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Alberto Valoy BenitezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Antonio Vargas GutierrezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon del Carmen Jaquez GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Emilio Balbuena MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Valerio Mercedes MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Espiritusanto GermanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Garcia Candelario de CesariEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Guzman HerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Reynaldo Antonio Minaya MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ricardo Antonio Lantigua AlmonteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Antonio Lora TejedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Elias Rivera ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Hernandez SosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Vasquez PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rolando Julio Morales SueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roque Antonio Franco EstevezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa ChalasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Francia Guadalupe Rueda GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Maria Espinal MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rudis Paredes de CornelioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santa Herrera de de MorlaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santana Vizcaino DuarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santo Marte AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Saturnino Jimenez AcevedoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Saturnino Rosario PaniaguaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sergio Antonio Martinez AquinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Silveria Sanchez PegueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Tony Batista DuarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Victor Pascual Montero ViciosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Victoriana Garabitos MontasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Vidal Francisco NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Wilian Jimenez RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Zeneida Mercedes RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (13,993 caracteres)
Dec. núm. 575-24 que concede el beneficio de una pensión del Estado por el monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales a 199 afiliados del antiguo Instituto Dominicano de Seguros Sociales que se encuentran dentro de un rango de 300 a 399 cotizaciones validadas. G. O. No. 11169 del 15 de octubre de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 575-24 CONSIDERANDO: Que el artículo 42 de la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, establece: “La deuda actuarial del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), sobre los derechos adquiridos y en proceso de adquisición de sus asegurados, será asumida por el Estado dominicano en la forma y condiciones que establece la presente ley y sus normas complementarias (…)”. CONSIDERANDO: Que el artículo 43 de la Ley núm. 87-01, respecto al reconocimiento de los derechos adquiridos, establece que todos los ciudadanos conservarán los años acumulados y los derechos adquiridos en sus respectivos planes de pensiones, como sigue: a) Los actuales pensionados y jubilados por las leyes 1896, del 30 de diciembre de 1948 y 379, del 11 de diciembre de 1981, y de los otros planes existentes continuarán disfrutando de su pensión actual, con derecho a actualizarla periódicamente de acuerdo al índice de precios al consumidor; b) Los afiliados amparados por las leyes 1896, del 30 de diciembre de 1948 y 379, del 11 de diciembre de 1981, con más de 45 años de edad recibirán una pensión de acuerdo a las mismas, con derecho a actualizarla periódicamente de acuerdo al índice de precios al consumidor (…). CONSIDERANDO: Que el artículo 38 de la Ley núm. 397-19, que creó el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), dispuso la disolución del IDSS, y estableció que: “Las pensiones por vejez que se encuentren en trámite ante el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), o pendientes de solicitud por las y los interesados y que correspondan a derechos adquiridos al amparo de la Ley núm. 1896, serán solicitadas ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP) del Ministerio de Hacienda, quien estará en la obligación de crear los instrumentos necesarios para reconocer dichos beneficios”. CONSIDERANDO: Que el artículo 43 de la citada Ley núm. 397-19, dispone que: “El Poder Ejecutivo adoptará las medidas correspondientes para asegurar la continuidad de los derechos de las y los afiliados, así como para garantizar que los derechos de los trabajadores sean adecuadamente protegidos y conservados, a partir de la entrada en vigencia de esta ley. CONSIDERANDO: Que el artículo 16, numeral 2, de la Ley núm. 494-06, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda, cita entre las funciones y atribuciones de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), la siguiente: “Recibir, evaluar y proponer la aprobación de las solicitudes y modificaciones de jubilaciones y pensiones correspondientes a los sistemas de las leyes números 1896 del 30 de diciembre de 1948 y 379 del 11 de diciembre de 1981”. CONSIDERANDO: Que es facultad del presidente de la República Dominicana otorgar pensiones y jubilaciones a los trabajadores y extrabajadores que hayan cotizados al antiguo Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS). CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), por medio a su Comité Administrativo de Pensiones (CAP), ha recomendado al Poder Ejecutivo otorgar el beneficio de una pensión a ciento cuarenta y cuatro (144), trabajadores amparados por la misma normativa y validadas por la DGJP. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 1896, del 30 de diciembre de 1948, sobre Seguros Sociales. VISTA: La Ley núm. 87-01, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. VISTA: La Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006 sobre Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda). VISTA: La Ley núm. 397-19, que crea el Instituto de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), del 30 de septiembre de 2019, y deroga entre otras leyes la Ley núm. 1896 del 30 de diciembre de 1948, sobre Seguros Sociales. VISTA: La Resolución DGJP-CAP-008-2024 del Comité Administrativo de Pensiones (CAP), del 15 de agosto de 2024, mediante la cual se aprobó la recomendación al Poder Ejecutivo el otorgamiento de pensiones del IDSS a beneficiarios que se encuentran dentro de un rango de 300 a 399 cotizaciones, luego de ser evaluadas y validadas conforme a los procedimientos internos de dicha dirección general; VISTO: El oficio DGJP-2024-07364, del 19 de septiembre de 2024, del Director General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión con cargo al Estado por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00), a los afiliados del antiguo Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), que se encuentran dentro de un rango de 300 a 399 cotizaciones validadas, que se detallan a continuación: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral ABRAHAM ANTONIO SANZ FERNANDEZ [cédula] ADALGIZA CORDERO DE PAULA [cédula] AGUSTINA MARTINEZ PEÑA [cédula] ALEJANDRINA SANTANA LINAREZ [cédula] ALEJANDRO ANTONIO BRITO PEREZ [cédula] ALEJANDRO RAMIREZ SENA [cédula] ALFREDO ANTONIO QUERO YNFANTE [cédula] ALFREDO VALENZUELA PEREZ [cédula] ALTAGRACIA SIERRA PINALES DE MUNDARAY [cédula] AMADO MEDINA [cédula] ANA DIGNA OVALLE GOMEZ DE PLACENCIO [cédula] ANA MIRELLA ANDUJAR PIMENTEL [cédula] ANA OFELIA PATRICIO CESPEDES DE POLANCO [cédula] ANTONIA JOSEPH TIFUE [cédula] AQUILINO SANCHEZ [cédula] ARELIS MODESTA CRUZ GONZALEZ [cédula] AURELIO FLORENTINO AQUINO [cédula] BENITA MORILLO CASTILLO [cédula] BERQUI CASTILLO [cédula] BIENVENIDO MATOS FELIZ [cédula] BLANCA DEYANIRA TATIS [cédula] BRIGIDA GONZALEZ GONZALEZ [cédula] BRIGIDA PAULINO CAPELLAN [cédula] CANDIDA ALTAGRACIA MERCEDES CORDERO DE JESUS [cédula] CANDIDA PAULINA HERNANDEZ CROSS [cédula] CARLITA ANGULO CALZADO [cédula] CARLOS JOSE MORA [cédula] CARLOS MANUEL GUZMAN YORRO [cédula] CARMEN ARELIS TRINIDAD LAUREANO [cédula] CARMEN JOSEFINA AQUINO DIAZ [cédula] CARMEN ROSA RODRIGUEZ PEREZ [cédula] CAROLINA YDALIA PEREZ FIRPO DE ANDUJAR [cédula] CECILIA CONTRERAS VALDEZ [cédula] CECILIO VALDEZ CONTRERAS [cédula] CESAR AQUILES FRIAS DE LOS SANTOS [cédula] CESPEDES DIONISIO MENDEZ MOQUETE [cédula] CLARA DEL CARMEN MARTE DE NUÑEZ [cédula] CLEOPATRA JOSEFINA SANCHEZ DOMINGUEZ [cédula] COLASA NUÑEZ LIRIANO [cédula] CRESCENCIO ANTONIO RODRIGUEZ SANCHEZ [cédula] DANIEL CONTRERAS DISLA [cédula] DAVID ANTONIO TOLENTINO [cédula] DELSY MARIA OSORIA SUSANA [cédula] DEMETRIO ENCARNACION MONTERO [cédula] DENNIS MANUEL BATISTA MOTA [cédula] DOMINGO NUÑEZ MARTE [cédula] DORKIS GUERRERO CORREA [cédula] DULCE SELENIA AQUINO DE ESCOTTO [cédula] EFRAIN RADHAMES MARTINEZ PINALES [cédula] ELADIA ANTONIA ESPINAL REYNOSO [cédula] ELBA ROSA SCROGIN NOLASCO [cédula] ELEUTERIA DE JESUS [cédula] ELIAS ZACARIAS FELIZ ISAAC [cédula] EMILIO PAYANO SANTANA [cédula] ERCILIA DAMIAN HERNANDEZ [cédula] ERNESTINA PEÑA VELOZ [cédula] ESMERALDA PINEDA CRUZ [cédula] EUGENIA HIRALDO HIRALDO [cédula] FAUSTINA FRIAS DE CORREA [cédula] FAUSTO EMILIO VALERA UREÑA [cédula] FELICITA JIMENEZ JIMENEZ [cédula] FELIPE CABRAL MORILLO [cédula] FELIX ANTONIO GUZMAN UREÑA [cédula] FELIX MARIA GONZALEZ DE LA ROSA [cédula] FELIX RODRIGUEZ RINCON [cédula] FELIX TAVAREZ ARIAS [cédula] FERNANDO BASILIO [cédula] FRANCISCA ALTAGRACIA PERALTA DE MORENO [cédula] FRANCISCA ANTONIA SALAS VICTORINO [cédula] FRANCISCA DEL CARMEN PICHARDO SERRANO [cédula] FRANCISCO ALBINO URIBE [cédula] FRANCISCO FLORES VALDEZ [cédula] FRANCISCO MENDOZA [cédula] FREDDY DAVID VASQUEZ MORA [cédula] FREDDYS CARRASCO FELIZ [cédula] GERALDO JOSE [cédula] GLORIA MARIA JIMENEZ GONZALEZ [cédula] GUAROA CUEVAS SENA [cédula] HECTOR JULIO TRINIDAD CABRERA [cédula] HERMINIA MOSCOSO DE MOTA [cédula] HIPOLITO ARIAS FELIZ [cédula] HUMBERTO ANTONIO LOPEZ GUZMAN [cédula] IGNACIA PICHARDO DEL ROSARIO [cédula] INOSENCIO FELIZ [cédula] IRIS MARGARITA CORDERO [cédula] JESUS JORGE MINIER [cédula] JORGE ANTONIO PICHARDO CAPELLAN [cédula] JOSE AGUSTO P. MELO CASTRO [cédula] JOSE ALTAGRACIA ADAMES COLDERO [cédula] JOSE ALTAGRACIA CUEVAS [cédula] JOSE ALTAGRACIA PEREZ RODRIGUEZ [cédula] JOSE DE LA CRUZ PEREZ PEÑA [cédula] JOSE FRANCISCO TAVERAS [cédula] JOSE MIGUEL JIMENEZ RIVERA [cédula] JOSE RAFAEL DE LA ROSA [cédula] JOSEFINA ALTAGRACIA DIAZ PEREZ [cédula] JUAN CABRERA PEÑA [cédula] JUAN FRANCISCO CABRAL SUERO [cédula] JUAN FERNANDO REYES SANTIAGO [cédula] 100 JUAN FIGUEREO DE LOS SANTOS [cédula] 101 JUAN GENARO SEGURA PEREZ [cédula] 102 JUAN LUCIANO TEJADA [cédula] 103 JUAN PABLO MORENO CLAUDIO [cédula] 104 JUAN SANTANA [cédula] 105 JUANA MERCEDES DE LA CRUZ [cédula] 106 JULIO ALEJANDRO MERCADO NUÑEZ [cédula] 107 JULIO CESAR BERAS FILOMENA [cédula] 108 JULIO CESAR CURIEL PICHARDO [cédula] 109 JULIO CESAR GONZALEZ INIRIO [cédula] 110 JULIO RICARDO ORTEGA CRUZ [cédula] 111 LESTTER DE JESUS SANTANA PADILLA [cédula] 112 LINO JOSE PEREZ RODRIGUEZ [cédula] 113 LORENZO BERAS CRISPIN [cédula] 114 LUCAS ABREU DE CASTRO [cédula] 115 LUCIA ALTAGRACIA CARMONA CABA [cédula] 116 LUCIA MENDOSA CONCEPCION [cédula] 117 LUCIANO HERNANDEZ CORDERO [cédula] 118 LUIS ANDRES MENA CUEVAS [cédula] 119 LUIS EDUARDO PEREYRA FERREIRA [cédula] 120 LUIS MANUEL TEJEDA [cédula] 121 LUIS MANUEL VALDEZ CRUZ [cédula] 122 LUIS ULLOA FRANCISCO [cédula] 123 MAGDALENA BENSO BLANCO [cédula] 124 MANOLO RUBIO FELIZ [cédula] 125 MANUEL ARMANDO MOTA ARIAS [cédula] 126 MANUEL ESCOBOSA SUERO [cédula] 127 MARCELINO GARCIA [cédula] 128 MARCIA MARGARITA BAEZ GUERRERO [cédula] 129 MARIA ALTAGRACIA FEBLES [cédula] 130 MARIA ANTONIA MELENDEZ CASTILLO [cédula] 131 MARIA ARAUJO [cédula] 132 MARIA DEL CARMEN MARTINEZ REYES [cédula] 133 MARIA MAGDALENA MARTINEZ [cédula] 134 MARIA TRINIDAD PEÑA [cédula] 135 MARINO ANTONIO TINEO HERNANDEZ [cédula] 136 MARINO MERCEDES [cédula] 137 MARIO ESTEBAN BAEZ BERNARD [cédula] 138 MAXIMO MOTA [cédula] 139 MERCEDES CARMEN ALBA TAVERAS [cédula] 140 MERCEDES SELENIA RAMIREZ POLANCO [cédula] 141 MILAGRO DE JESUS [cédula] 142 MIRIAM ALTAGRACIA JAQUEZ DE FEBLES [cédula] 143 MIRIAN RODRIGUEZ NIEVES [cédula] 144 NARCISA CONSTANZA FIGUEROA [cédula] 145 NELSON LEBRON [cédula] 146 NICOLAS REYES CASTRO [cédula] 147 NOBERTO SOSA [cédula] 148 NORIS DIVINA SOSA SANTANA [cédula] 149 OSCAR ABAD PIMENTEL [cédula] 150 PABLO ANTONIO PEREZ PICHARDO [cédula] 151 PAULINO CASTILLO RAMIREZ [cédula] 152 PEDRO ANTONIO MARTE BLANCO [cédula] 153 PEDRO ENCARNACION MACARIO [cédula] 154 PETRA PAULA DE JESUS PEREZ [cédula] 155 PETRA PEREZ [cédula] 156 PORFIRIO PAULA ALCANTARA [cédula] 157 PRISCILA DIAZ CASTILLO [cédula] 158 QUISQUEYA ESTELA CEDEÑO AMPARO [cédula] 159 RAFAEL ANTONIO QUEZADA CARMONA [cédula] 160 RAFAEL DE LA CRUZ HENRIQUEZ [cédula] 161 RAFAEL DE LA ROSA [cédula] 162 RAFAEL DOÑE SENA [cédula] 163 RAFAEL MATEO DEL ROSARIO [cédula] 164 RAFAEL PEREZ BATISTA [cédula] 165 RAFAEL REYES FRANCISCO [cédula] 166 RAMON ALBERTO VALOY BENITEZ [cédula] 167 RAMON ANTONIO VARGAS GUTIERREZ [cédula] 168 RAMON DEL CARMEN JAQUEZ GOMEZ [cédula] 169 RAMON EMILIO BALBUENA MARTE [cédula] 170 RAMON VALDEZ [cédula] 171 RAMON VALERIO MERCEDES MARTINEZ [cédula] 172 RAMONA ESPIRITUSANTO GERMAN [cédula] 173 RAMONA GARCIA CANDELARIO DE CESARI [cédula] 174 RAMONA GUZMAN HERRERA [cédula] 175 REYNALDO ANTONIO MINAYA MARTE [cédula] 176 RICARDO ANTONIO LANTIGUA ALMONTE [cédula] 177 ROBERTO ANTONIO LORA TEJEDA [cédula] 178 ROBERTO ELIAS RIVERA REYES [cédula] 179 ROBERTO HERNANDEZ SOSA [cédula] 180 ROBERTO VASQUEZ PEREZ [cédula] 181 ROLANDO JULIO MORALES SUERO [cédula] 182 ROQUE ANTONIO FRANCO ESTEVEZ [cédula] 183 ROSA CHALAS [cédula] 184 ROSA FRANCIA GUADALUPE RUEDA GARCIA [cédula] 185 ROSA MARIA ESPINAL MENDOZA [cédula] 186 RUDIS PAREDES DE CORNELIO [cédula] 187 SANTA HERRERA DE DE MORLA [cédula] 188 SANTANA VIZCAINO DUARTE [cédula] 189 SANTO MARTE ACOSTA [cédula] 190 SATURNINO JIMENEZ ACEVEDO [cédula] 191 SATURNINO ROSARIO PANIAGUA [cédula] 192 SERGIO ANTONIO MARTINEZ AQUINO [cédula] 193 SILVERIA SANCHEZ PEGUERO [cédula] 194 TONY BATISTA DUARTE [cédula] 195 VICTOR PASCUAL MONTERO VICIOSO [cédula] 196 VICTORIANA GARABITOS MONTAS [cédula] 197 VIDAL FRANCISCO NUÑEZ [cédula] 198 WILIAN JIMENEZ RODRIGUEZ [cédula] 199 ZENEIDA MERCEDES ROSARIO [cédula] ARTÍCULO 2. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19 del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado, ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la Nómina de Pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo. ARTICULO 3. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.