Texto de la norma
Dec. núm. 562-24 que declara duelo oficial el día 1 de octubre del presente año, con
motivo del fallecimiento del señor Osvaldo José Virgil Pichardo. G. O. No. 11169 del 15
de octubre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 562-24
CONSIDERANDO: Que Osvaldo Virgil (también conocido como Ozzie Virgil) fue un
destacado jugador de béisbol dominicano, que tuvo el mérito de ser el primero en jugar en
las Ligas Mayores del Béisbol (MLB, por sus siglas en inglés), que es la más importante liga
profesional de este deporte en todo el mundo. Debutó con los Gigantes de New York el 23
de septiembre de 1956 y abrió con ello las puertas a cientos de jugadores dominicanos que
han dado reconocimiento y gloria deportiva a la nación.
CONSIDERANDO: Que Osvaldo José Virgil Pichardo nació el 17 de mayo de 1932 en
Montecristi, República Dominicana, iniciando su camino en el deporte profesional con el
equipo Leones del Escogido en 1955. Jugó también con el equipo Águilas Cibaeñas y ganó
numerosas distinciones durante su carrera local, que se extendió hasta 1970.
CONSIDERANDO: Que en el ámbito internacional, Osvaldo Virgil jugó además con otros
equipos, como los Detroit Tigers (1958, 1960-1961), Kansas City Athletics (1961), Baltimore
Orioles (1962), Pittsburgh Pirates (1965) y San Francisco Giants (1966, 1969).
CONSIDERANDO: Que tras culminar su carrera como jugador activo, en la que destacó
por su habilidad para jugar en las más diversas posiciones, tuvo también una prolongada
carrera como preparador y entrenador, tanto para equipos de las Grandes Liga como para
equipos de las ligas profesionales en República Dominicana y Venezuela.
CONSIDERANDO: Que al momento de su partida, acaecida el día 29 de septiembre de
2024, Osvaldo Virgil tenía 92 años de edad en los cuáles se había destacado siempre por su
comportamiento correcto, su disciplina en el deporte y la impronta de un legado
imperecedero, lo que le hizo merecedor de innumerables reconocimientos durante su vida.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 108, sobre Días Festivos, de Duelo y de Conmemoración, del 21 de
marzo de 1967.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de duelo oficial el día 1 de octubre del presente año con motivo
del fallecimiento de Osvaldo José Virgil Pichardo.
ARTÍCULO 2. Se instruye al Ministerio de Defensa a que rinda los honores militares a este
prominente ciudadano dominicano.
ARTÍCULO 3. La Bandera Nacional deberá ondear a media asta el día señalado en los
recintos militares y edificios públicos en todo el país.
ARTÍCULO 4. Envíese a los ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa e Interior y
Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024);
año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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