Texto de la norma
Dec. núm. 537-24 que confirma al señor Mario Lama Olivero como Director Ejecutivo
del Servicio Nacional de Salud, por un período de 4 años. G. O. No. 11167 del 23 de
septiembre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 537-24
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Ley núm. 123-15, del 16 de julio de 2015, el
Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Salud será designado por un período de cuatro
años, y podrá ser prorrogado sólo por un período adicional, previa evaluación favorable del
Consejo Directivo.
CONSIDERANDO: Que, en fecha 21 de agosto de 2020, tras el agotamiento del
procedimiento legal establecido, el presidente de la República designó al Dr. Mario Lama
Olivero como Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Salud por un periodo de cuatro
años, mediante el Decreto núm. 378-20, del 21 de agosto de 2020.
CONSIDERANDO: Que, tras el vencimiento del período de cuatro años, mediante Acta
núm. CDSNS-SE202401 de la sesión extraordinaria del Consejo Directivo del Servicio
Nacional de Salud (CDSNS), celebrada el miércoles 14 de agosto de 2024, recibió voto
favorable para prorrogado por un período adicional, de conformidad con la ley.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 123-15, que crea el Servicio Nacional de Salud, del 16 de julio del año
2015.
VISTO: El Decreto núm. 378-20, del 21 de agosto de 2020.
VISTA: El Acta núm. CDSNS-SE202401 de la sesión extraordinaria del Consejo Directivo
del Servicio Nacional de Salud (CDSNS), celebrada el miércoles 14 de agosto de 2024.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Mario Lama Olivero queda confirmado Director Ejecutivo del Servicio
Nacional de Salud por un periodo de 4 años.
ARTICULO 2. Envíese al Ministerio de Salud Pública, al Servicio Nacional de Salud, a la
Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de
Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento
y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro
(2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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