Texto de la norma
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 531-24
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, establece que constituyen deberes
del Estado prevenir la contaminación, proteger y mantener el medio ambiente en provecho
de las presentes y futuras generaciones. Por ende, toda persona tiene derecho, tanto de modo
individual como colectivo, al uso y goce sostenible de los recursos naturales, a habitar en un
ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de
las distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza.
CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto núm. 260-24, del 2 de mayo de 2024, fue
creado e integrado el consejo consultivo para la coordinación y examen del proceso de
discusión del instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por
plásticos, incluido en el medio marino, del Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente.
CONSIDERANDO: Que, el mencionado decreto dispone en su artículo 2, párrafo I, como
parte del consejo consultivo a un representante de las universidades, de Organizaciones No
Gubernamentales (ONGs) del sector de Medio Ambiente, los Recursos Naturales y el
Cambio Climático y de la sociedad civil que deberán ser designados mediante decreto.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTO: El Decreto núm. 260-24, del 2 de mayo de 2024, que crea e integra el consejo
consultivo para la coordinación y examen del proceso de discusión del instrumento
internacional jurídicamente vinculante sobre la contaminación por plásticos, incluido en el
medio marino, del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 2, párrafo I, del Decreto
núm. 260-24, se designan como miembros del consejo consultivo las siguientes personas:
1) Alvin Rodríguez Cuevas, presidente de la Red Ambiental de Universidades
Dominicanas (RAUDO), en calidad de representante de las universidades de la
República Dominicana.
2) Mariely Ponciano Pichardo de Cabrera, directora ejecutiva de Nueva Vida para
los Residuos (NUVI), en calidad de representante de las Organizaciones No
Gubernamentales (ONG) del sector de Medio Ambiente, los Recursos Naturales y el
Cambio Climático.
3) Robinson García Silfa, coordinador general del Movimiento de Recicladores de la
República Dominicana, en calidad de representante de la sociedad civil.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a
la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás
instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro
(2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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