Texto de la norma
Dec. núm. 500-24 que dispone la entrega en extradición al Reino de España, del nacional
ruso Sergei Berezin. G. O. No. 11165 del 13 de septiembre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 500-24
CONSIDERANDO: Que el Reino de España, mediante la nota verbal núm. 93/24, del 13
de mayo de 2024, de su Embajada en la República Dominicana, solicitó al Gobierno
dominicano la entrega en extradición del nacional ruso Sergei Berezin, en virtud de la
solicitud internacional dictada por el juzgado de instrucción núm. 6 de Madrid, audiencia
nacional, en virtud de las diligencias previas 57/2022 por los siguientes delitos:
Estafa, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal, con regulación en
los artículos 248, 301 y 570 bis del Código Penal español.
CONSIDERANDO: Que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fue apoderada de
la solicitud formal de extradición del nacional ruso Sergei Berezin, el 17 de mayo de 2024,
de la Procuraduría General de la República.
CONSIDERANDO: Que, mediante la sentencia núm. SCJ-SS-24-0967, del 31 de julio de
2024, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia falló la solicitud de extradición del
nacional ruso Sergei Berezin, de la siguiente manera:
Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma la solicitud de extradición
formulada por el Reino de España contra del nacional ruso Sergei Berezin, por haber
sido incoada de conformidad con la normativa nacional y los instrumentos jurídicos
internacionales vinculantes de ambos países.
Segundo: En cuanto al fondo, declara con lugar la extradición del nacional ruso Sergei
Berezin hacia el país requirente, Reino de España.
Tercero: Pone a cargo de la Procuradora General de la República la tramitación y
ejecución de la presente decisión, para que sea comunicada a la autoridad
administrativa correspondiente para la emisión del decreto de entrega del solicitado en
extradición al país requirente, de conformidad con los términos de la Constitución de la
República y las leyes que rigen la materia.
Cuarto: Mantiene la medida de coerción impuesta al solicitado en extradición Sergei
Berezin mediante la Resolución núm. 001-022-2024-SRES-00769, de fecha 9 de mayo de
2024, dictada por esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, consistente en
prisión preventiva.
Quinto: Ordena que la presente decisión sea comunicada a las partes envueltas en el
presente proceso y publicada en el Boletín Judicial.
CONSIDERANDO: Que, en virtud del artículo 1 del Tratado de Extradición y Asistencia
Judicial en Materia Penal, suscrito entre la República Dominicana y el Gobierno del Reino
de España, promulgado mediante Resolución núm. 189 del 10 de enero de 1984, las Partes
convienen en entregar a la justicia aquellos individuos contra los cuales se haya iniciado un
procedimiento penal o sean requeridos para la ejecución de una pena privativa de libertad
impuesta judicialmente como consecuencia de un hecho punible cometido en su territorio o
sobre el que el Estado requirente tenga jurisdicción.
CONSIDERANDO: Que, por su lado, el artículo 3 del Tratado establece que también darán
lugar a extradición los hechos punibles previstos en convenios multilaterales en los que
ambos países sean Parte.
CONSIDERANDO: Que la asistencia internacional para la extradición del nacional ruso
Sergei Berezin, fue solicitada en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 160 y
siguientes de la Ley núm. 76-02, del 19 de julio de 2002, que establece el Código Procesal
Penal.
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTOS: Los artículos 160 y siguientes de la Ley núm. 76-02, del 19 de julio de 2002, que
establece el Código Procesal Penal.
VISTA: La Resolución núm. 189, del 10 de enero de 1984, que aprueba el Tratado de
Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal, suscrito entre la República Dominicana
y el Gobierno del Reino de España.
VISTA: La nota verbal núm. 93/24, del 13 de mayo de 2024 de la Embajada de España en
República Dominicana al Gobierno dominicano.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se dispone la entrega en extradición al Reino de España del nacional ruso
Sergei Berezin, en virtud de la solicitud internacional dictada por el juzgado de instrucción
núm. 6 de Madrid, audiencia nacional, en virtud de las diligencias previas 57/2022 por los
siguientes delitos:
Estafa, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal, con regulación en
los artículos 248, 301 y 570 bis del Código Penal español.
PÁRRAFO. Dicha entrega en extradición se dispone bajo la condición de que al nacional
ruso Sergei Berezin bajo ninguna circunstancia se le juzgará por infracciones diferentes a
las que motivan su extradición.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Procuraduría General
de la República y a la Dirección General de Migración, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año dos mil
veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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