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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 452-24

que designa a las señoras Patricia María Muñoz Salcedo, Maribel Guadalupe Simón Vargas de Reyes, María López Polanco, Lucrecia Santana Leyba, María de Jesús Collado Ozoria de López y Severina Gil Carreras, gobernadoras civiles de las provincias Espaillat, Hato Mayor, María Trinidad Sánchez, Santo Domingo, Valverde y Dajabón, respectivamente. Deroga los decretos que nombraron las gobernadoras civiles en dichas provincias

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 ago de 2024fecha
Designacióntipo
G. O. 11162Gaceta Oficial del 20 ago de 2024
Poder Ejecutivoórgano
6personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Patricia María Muñoz SalcedoDesignacióngobernadora civil de la provincia Espaillat
Maribel Guadalupe Simón Vargas de ReyesDesignacióngobernadora civil de la provincia Hato Mayor
María López PolancoDesignacióngobernadora civil de la provincia María Trinidad Sánchez
Lucrecia Santana LeybaDesignacióngobernadora civil de la provincia Santo Domingo
Marta de Jesús Collado Ozoria de LópezDesignacióngobernadora civil de la provincia Valverde
Severina Gil CarrerasDesignacióngobernadora civil de la provincia Dajabón

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Patricia María Muñoz Salcedo · gobernadora civil de la provincia Espaillat

    Declaración jurada: Presentada a tiempo · plazo hasta el 1 dic de 2024 · presentada el 28 oct de 2024 Coincidencia 99.7 %

    Otro decreto con este nombre →

  • Maribel Guadalupe Simón Vargas de Reyes · gobernadora civil de la provincia Hato Mayor

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 18 sept de 2024. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • María López Polanco · gobernadora civil de la provincia María Trinidad Sánchez

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 18 sept de 2024. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 2 decretos con este nombre →

  • Lucrecia Santana Leyba · gobernadora civil de la provincia Santo Domingo

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 18 sept de 2024. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Marta de Jesús Collado Ozoria de López · gobernadora civil de la provincia Valverde

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 18 sept de 2024. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Severina Gil Carreras

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 452-24 que designa a las señoras Patricia María Muñoz Salcedo, Maribel Guadalupe Simón Vargas de Reyes, María López Polanco, Lucrecia Santana Leyba, María de Jesús Collado Ozoria de López y Severina Gil Carreras, gobernadoras civiles de las provincias Espaillat, Hato Mayor, María Trinidad Sánchez, Santo Domingo, Valverde y Dajabón, respectivamente. Deroga los decretos que nombraron las gobernadoras civiles en dichas provincias. G. O. No. 11162 del 20 de agosto de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 452-24 VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública. VISTA: Ley núm. 345-22, del 22 de julio de 2022, Orgánica de Regiones Únicas de Planificación de la República Dominicana. VISTO: El Decreto núm. 340-20, del 16 de agosto de 2020. VISTO: Decreto núm. 436-20 del 1 de septiembre de 2020. VISTO: El Decreto núm. 508-20, del 28 de septiembre de 2020. VISTO: El Decreto núm. 193-24, del 11 de abril de 2024. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Patricia María Muñoz Salcedo queda designada gobernadora civil de la provincia Espaillat. ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 7 del Decreto núm. 340-20 del 16 de agosto de 2020. ARTÍCULO 3. Maribel Guadalupe Simón Vargas de Reyes queda designada gobernadora civil de la provincia Hato Mayor. ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 9 del Decreto núm. 340-20 del 16 de agosto de 2020. ARTÍCULO 5. María López Polanco queda designada gobernadora civil de la provincia María Trinidad Sánchez. ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 508-20 del 28 de septiembre de 2020. ARTÍCULO 7. Lucrecia Santana Leyba queda designada gobernadora civil de la provincia Santo Domingo. ARTÍCULO 8. Queda derogado el artículo 23 del Decreto núm. 340-20 del 16 de agosto de 2020. ARTICULO 9. Marta de Jesús Collado Ozoria de López queda designada gobernadora civil de la provincia Valverde. ARTÍCULO 10. Queda derogado el artículo 24 del Decreto núm. 340-20 del 16 de agosto de 2020. ARTÍCULO 11. Severina Gil Carreras queda designada gobernadora civil de la provincia Dajabón. ARTÍCULO 12. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 436-20 del 1 de septiembre de 2020. ARTÍCULO 13. Envíese al Ministerio de Administración Pública, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán. Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

· gobernadora civil de la provincia Dajabón

Declaración jurada: el plazo estimado venció el 18 sept de 2024. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.