director generalInstituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL)
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Seguimiento Por nombre
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 25 ago de 2024 · presentada el 27 sept de 2024 Coincidencia 99.7 %
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Texto
Texto de la norma
Dec. núm. 404-24 que designa a Néstor Julio Matos Ureña, director general del Instituto
Dominicano para la Calidad. Deroga el artículo 1 del Decreto núm. 500-20. G. O. No.
11158 del 31 de julio de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 404-24
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 43 de la Ley núm. 166-12, del Sistema
Dominicano para la Calidad (SIDOCAL), el director general del Instituto Dominicano para
la Calidad (INDOCAL) será designado por el Poder Ejecutivo de las ternas propuestas por
los miembros de los sectores privado y gubernamental del Consejo Directivo del Consejo
Dominicano para la Calidad (CODOCA).
CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la disposición citada, tanto los miembros del
sector privado del Consejo Directivo del Consejo Dominicano para la Calidad (CODOCA),
como los miembros del sector gubernamental propusieron temas de candidatos para ocupar
la posición de director general del Instituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL).
CONSIDERANDO: Que de la terna de referencia el Poder Ejecutivo elegirá al director
general del Instituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL) con base en sus competencias
y trayectoria profesional.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 166-12, del Sistema Dominicano para la Calidad (SIDOCAL), del 12
de julio de 2012.
VISTA: La terna de candidatos para ocupar la posición de director general del Instituto
Dominicano para la Calidad (INDOCAL) propuesta por los miembros de ambos sectores del
Consejo Directivo del Consejo Dominicano para la Calidad (CODOCA) durante su reunión
del 12 de junio de 2024, la cual fue remitida al Poder Ejecutivo por el ministro de Industria,
Comercio y Mipymes, en calidad de presidente del Consejo Directivo del Consejo
Dominicano para la Calidad (CODOCA), mediante su comunicación del 4 de julio de 2024.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Néstor Julio Matos Ureña queda designado director general del Instituto
Dominicano para la Calidad (INDOCAL).
ARTÍCULO 2. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 500-20, del 23 de septiembre de
2020,
ARTÍCULO 3. Envíese el presente decreto a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General
de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones
correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024),
año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona