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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 379-24

que concede la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria a 17 personas. Modifica los numerales 3,11,14 y 21 del artículo 1 del Decreto núm. 145-24, los numerales 22 y 33 del artículo 1 del Decreto núm. 295-24 y modifica además el numeral 30 del artículo 1 del Decreto núm. 2136 de 1980

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 jul de 2024fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 11156Gaceta Oficial del 15 jul de 2024
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 379-24 que concede la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria a 17 personas. Modifica los numerales 3,11,14 y 21 del artículo 1 del Decreto núm. 145-24, los numerales 22 y 33 del artículo 1 del Decreto núm. 295-24 y modifica además el numeral 30 del artículo 1 del Decreto núm. 2136 de 1980. G. O. No. 11156 del 15 de julio de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 379-24 VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones. VISTAS: Las instancias números 3199, 3200, 3201, 3202, 3203, 3204, 3205, 3206, del 29 de mayo del 2024 y 3444, 3445, 3446, 3447, 3448, 3449, y 3610, 3611, 3612, 3613, 3614, 3615, 3616, 3617, 3618, 3619, del 11 de junio de 2024; y 3705 del 4 de julio de 2024; que, por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación: 1. Niurka Barbara Ginarte Gato, de nacionalidad cubana. 2. Daniel Antonio García Santos, de nacionalidad cubana. 3. Gonzaga Tabares Velásquez, de nacionalidad colombiana. 4. Arnaud Alain Jacky Brichet de nacionalidad francesa, su esposa Viviana Andrea Calderón Lozano de nacionalidad colombiana, su hijo mayor Pablo Thomas Brichet Calderón, y sus hijos menores Enzo Brichet Calderón y Sofia Brichet Calderón, de nacionalidad francesa. 5. Gabriela María García Fernández, de nacionalidad cubana. 6. Jean Deni Saint-Hilaire, su esposa Venia Saint-Hilaire Mondesir, ambos de nacionalidad haitiana. 7. José Luis Vega Miguel, de nacionalidad española. 8. Massimo Guglielmi, su esposa Miriam Bazzano ambos de nacionalidad italiana. 9. Pamela Stefani, de nacionalidad italiana. 10. Aldo Burzatta, de nacionalidad italiana. 11. Cliff Solaiman, de nacionalidad haitiana. 12. Georges Farah, y su esposa Lyska Farah Fanini Lemoine, ambos de nacionalidad haitiana. 13. Ivan Monreal Alonso y su esposa Leydi Caridad Villalobos Valdes, ambos de nacionalidad cubana. 14. Timothy Gene Rhoades, y su esposa Joanna Elizabeth Rhoades, ambos de nacionalidad estadounidense. 15. Safdar Nadeem, de nacionalidad pakistaní. 16. Sergey Yurievich Evseev, de nacionalidad rusa. 17. Víctor Gabriel Pérez Oceda, y su hijo menor Nicolas Francisco Pérez Rojas, ambos de nacionalidad peruana. ARTÍCULO 2. Se modifican los numerales 3, 11, 14 y 21 del artículo 1 del Decreto núm. 145-24, del 14 de marzo de 2024, para que en adelante se lea de la manera siguiente: 3. Bob Joseph Anthony Squires, de nacionalidad canadiense. 11. Milena Zivkovic, de nacionalidad serbia. 14. Jui-fu Hsu, de nacionalidad taiwanesa. 21. Luis Corrales Rodríguez, de nacionalidad cubana ARTÍCULO 3. Se modifican los numerales 22 y 33 del artículo 1 del Decreto núm. 295-24, del 21 de mayo de 2024, para que en adelante se lea de la manera siguiente: 22. Youdelie Augustin, de nacionalidad haitiana. 33. Ángel Sartorius Carvajal, de nacionalidad española. ARTÍCULO 4. Se modifica el numeral 30 del artículo 1 del Decreto núm. 2136, del 9 de diciembre de 1980, para que en adelante se lea de la manera siguiente: 30. Glosub Hanna Elias Melgen, de nacionalidad libanesa. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona