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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 370-24

que crea una comisión especial de carácter honorifico, con el propósito de revisar, en coordinación con la Dirección General de la Policía Nacional, la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional. Dicha comisión estará bajo dependencia del Ministerio de Interior y Policía, coordinada por el señor Servio Tulio Castaños Guzmán e integrada por varias personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 jul de 2024fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 11156Gaceta Oficial del 15 jul de 2024
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 370-24 que crea una comisión especial de carácter honorifico, con el propósito de revisar, en coordinación con la Dirección General de la Policía Nacional, la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional. Dicha comisión estará bajo dependencia del Ministerio de Interior y Policía, coordinada por el señor Servio Tulio Castaños Guzmán e integrada por varias personas. G. O. No. 11156 del 15 de julio de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 370-24 CONSIDERANDO: Que el artículo 255 de la Constitución dispone que la Policía Nacional es un cuerpo armado, técnico, profesional, de naturaleza policial, bajo la autoridad del presidente de la República, con la misión de salvaguardar la seguridad ciudadana, prevenir y controlar los delitos, perseguir e investigar las infracciones penales y mantener el orden público. CONSIDERANDO: Que el artículo 128 de la Constitución establece que al presidente de la República le corresponde disponer, con arreglo a la ley, cuanto concierna a la Policía Nacional. CONSIDERANDO: Que la Policía Nacional se encuentra en un proceso de reforma y transformación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, su reglamento de aplicación y otros decretos emitidos a tales efectos por la presente administración. CONSIDERANDO: Que, llegada esta etapa del proceso de reforma y transformación policial, se hace necesario adecuar el marco legal que regula la Policía Nacional, principalmente la propia Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional. VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, del 15 de julio de 2016. VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 9 de agosto de 2012. VISTO: El Decreto núm. 149-21, que aprueba el Plan General de Reforma y Modernización de la Administración Pública, del 11 de marzo de 2021. VISTO: El Decreto núm. 211-21, que crea e integra el Grupo de Trabajo para la Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional, del 6 de abril de 2021. VISTO: El Decreto núm. 2-22, que crea la Comisión Ejecutiva para la implementación de los planes, estrategias y políticas de transformación y profesionalización de la Policía Nacional, presidida por el presidente de la República, del 17 de enero de 2022. VISTO: El Decreto núm. 20-22, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, del 14 de enero de 2022. VISTO: El Decreto núm. 371-22, que establece dos procesos complementarios a fines de la ejecución del Plan de Transformación y Modernización de la Policía Nacional, del 8 de julio de 2022. VISTO: El Decreto núm. 52-24, que designa al comisionado ejecutivo para la implementación de los planes, estrategias y políticas de transformación y profesionalización de la Policía Nacional, del 24 de enero de 2022. VISTO: El Decreto núm. 353-24, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 25 de junio de 2024. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se crea una comisión especial, con carácter honorífico, bajo la dependencia del Ministerio de Interior y Policía, con el propósito de revisar, en coordinación con la Dirección General de la Policía Nacional, la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional y proponer su adecuación mediante un anteproyecto de ley. ARTÍCULO 2. La comisión especial creada en el artículo 1 del presente decreto queda integrada por las siguientes personas: a) Servio Tulio Castaños Guzmán, en calidad de coordinador. b) Luis Ernesto García Hernández. c) Elena Viyella de Paliza. d) Jorge López Hilario. e) Víctor Benavides Valerio. ARTÍCULO 3. La comisión especial creada en el artículo 1 del presente decreto deberá presentar al Poder Ejecutivo el anteproyecto de ley que modifique la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional en un plazo máximo de 120 días, contado a partir de la fecha del presente decreto. ARTÍCULO 4. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República, a los nueve (9) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024), año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona