Texto de la norma
Dec. núm. 381-24 que autoriza a los ayuntamientos de Mao, Monte Plata, Bayaguana y
Santiago de los Caballeros, a vender y permutar a diferentes personas varias porciones
de terrenos de sus respectivas propiedades. G. O. No. 11156 del 15 de julio de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 381-24
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
municipios.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTO: El literal d), numeral 3, del artículo 128 de la Constitución de la República, el cual
establece como atribución del presidente de la República, en tanto Jefe de Estado y de
Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los
contratos que hagan, cuando constituyan garantías inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La Certificación núm. 16-2023, del 21 de agosto de 2023, de la secretaria municipal
del Ayuntamiento de Mao, provincia Valverde, que aprueba la permuta solicitada a favor de
Antonio Manuel Frías Madera.
VISTA: La certificación de la secretaría municipal del Ayuntamiento del municipio Monte
Plata, provincia Monte Plata, del 20 de septiembre de 2021, del acta ordinaria núm. 12/2021
del 29 de julio de 2021.
VISTA: La certificación de la secretaría municipal del Ayuntamiento del municipio de
Bayaguana, provincia Monte Plata, del 16 de mayo de 2022, del acta ordinaria núm. 008 del
27 de noviembre de 2020.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio de
Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 22 de octubre de 2018, del acta núm. 12-
18 del 18 de octubre de 2018.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 12 de diciembre de 2022, del acta núm. 18-22 del
8 de diciembre de 2022.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 3 de noviembre de 2022, del acta núm. 13-22 del
27 de octubre de 2022.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 10 de junio de 2021, del acta núm. 10-21 del 8 de
junio de 2021.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Mao, provincia Valverde, a permutar
a favor de Antonio Manuel Frías Madera, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], el solar que mide 1,885.60 m2, dentro del ámbito de la parcela catastral núm.
158, designación catastral núm. [cédula], matrícula núm. 0800007286, del distrito
catastral núm. 151, ubicado en el sector Villa Olímpica de la ciudad de Mao, propiedad del
municipio de Mao, provincia Valverde. A cambio de este solar el Ayuntamiento recibirá una
porción de terreno que mide 3,347.21 m2, ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral
núm. 182 del distrito catastral núm. 02, matrícula núm. 0800018487, ubicado en el sector
Pueblo Nuevo, municipio de Mao, propiedad de Antonio Manuel Frías Madera, con la
finalidad de que el inmueble que recibirá el Ayuntamiento será utilizado para la construcción
del matadero municipal de Mao, provincia Valverde.
Artículo 2. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Monte Plata, provincia Monte Plata,
a vender a Dania Aguilera Riverón, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de un millón ochocientos setenta y un mil ochocientos sesenta y
cuatro pesos dominicanos con 68/100 (RD$1,871,864.68), una porción de terreno con un área
superficial de doscientos veintiocho mil doscientos setenta y seis punto dieciocho metros
cuadrados (228,276.18 m2), ubicada dentro de la Parcela núm. 41 (Parte), D. C. núm. 64-B,
matrícula núm. 1200001822, ubicada en el Mamey, municipio Monte Plata, provincia Monte
Plata, con los siguientes linderos:
1. Al norte, Josefa Santana.
2. Al sur, Nasario Santana.
3. Al este, Ramón Marte.
4. Al oeste, José Merchón.
Artículo 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana, provincia Monte Plata,
a vender a Ana Carolina Polania Gutiérrez, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula] y Rafael Fernández, portador del pasaporte núm. [omitido], por la suma de
doscientos setenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$270,000.00), una porción de
terreno con un área superficial de doscientos setenta metros cuadrados (270.00 m2), ubicada
dentro de la parcela catastral núm. 125 (Parte), D. C. núm. 2, matrícula núm. 1200014238,
ubicada en el sector La Esperanza, municipio Bayaguana, provincia Monte Plata, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, Agricultura.
2. Al sur, calle teniente Amado García.
3. Al este, Solar arrendado, parcela núm. 125 (resto).
4. Al oeste, Solar arrendado, parcela núm. 125 (resto).
Artículo 4. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a Enércida Gertrudis Liriano Tavárez, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], por la suma de trescientos ochenta y cinco mil setecientos
pesos dominicanos con 00/100 (RD$385,700.00), el solar municipal núm. 5, manzana
municipal núm. 9-A, dentro de la parcela catastral núm. 6-B-26 (Parte), del distrito catastral
núm. 08, con una extensión superficial de ciento noventa y dos punto ochenta y cinco metros
cuadrados (192.85 m2), ubicada en la calle Aurora, próxima a Av. 27 de Febrero, del sector
Hoya del Caimito, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los
siguientes linderos:
1. Al norte, solar núm. 4.
2. Al sur, solar núm. 6.
3. Al este, calle La Aurora.
4. Al oeste, terreno propio.
Artículo 5. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a Carmen Ferreira Báez de Osoria, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], por la suma de sesenta y siete mil cuatrocientos veinticuatro
pesos dominicanos con 00/100 (RD$67,424.00), el solar municipal núm. 8, manzana
municipal núm. 12-A, dentro de la parcela catastral núm. 127-A-2 Ref. (Parte) del distrito
catastral núm. 06, con una extensión superficial de cuarenta y ocho punto dieciséis metros
cuadrados (48.16 m2), ubicado en la calle 5 del sector Ensanche Libertad, municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, terreno propio.
2. Al sur, calle núm. 5.
3. Al este, solar núm. 7.
4. Al oeste, solar núm. 9.
Artículo 6. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a José Antonio Reyes Lao y Francisco Martín Reyes Lao, titulares de las
cédulas de identidad y electoral números [cédula] y [cédula], por la suma un
millón trescientos treinta y nueve mil seiscientos veinticinco pesos dominicanos con 00/100
(RD$1,339,625.00), el solar municipal núm. 4-B, manzana municipal núm. 34-Sur, dentro
de la parcela catastral núm. 127-A-2 (Parte) del distrito catastral núm. 06, con una extensión
superficial de ciento siete punto diecisiete metros cuadrados (107.17 m2), ubicado en la calle
A, esquina Av. Salvador Estrella Sádhala, del sector Ensanche Libertad, municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
1. Al norte, Av. Estrella Sadhala.
2. Al sur, solar núm. 5.
3. Al este, calle A.
4. Al oeste, solar núm. 4-A.
Artículo 7. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a Catalina Toribio Toribio, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], por la suma de cincuenta y tres mil quinientos noventa y dos pesos
dominicanos con 00/100 (RD$53,592.00), el solar municipal núm. 6, manzana municipal U,
dentro de la parcela catastral núm. 2-B-2-A porción B, del distrito catastral núm. 01, con una
extensión superficial de sesenta y seis punto noventa y nueve metros cuadrados (66.99 m2),
ubicado en el sector El Ejido, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con
los siguientes linderos:
1. Al norte, calle X.
2. Al sur, camino El Ejido.
3. Al este, solar municipal núm. 7.
4. Al oeste, solar municipal núm. 5.
Artículo 8. Envíese a los Ayuntamientos de los municipios de Mao, Monte Plata, Bayaguana,
Santiago de los Caballeros, a los registradores de títulos correspondiente, a la Liga Municipal
Dominicana (LMD) y al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); año
181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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