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Decreto

Decreto 335-24

que autoriza al Ayuntamiento del municipio Moca, provincia Espaillat, a vender terrenos de su propiedad a varias personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jun de 2024fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 11154Gaceta Oficial del 28 jun de 2024
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 335-24 que autoriza al Ayuntamiento del municipio Moca, provincia Espaillat, a vender terrenos de su propiedad a varias personas. G. O. No. 11154 del 28 de junio de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 335-24 VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios. VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional. VISTO: El literal d) numeral 3, del artículo 128 de la Constitución de la República, el cual establece como atribución del presidente de la República, en tanto jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan garantías inmuebles o rentas municipales. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento municipal de Moca, provincia Espaillat, expedida el 4 de abril de 2024, aprobada en la sesión ordinaria núm. 06-2024, del 27 de marzo de 2024, que aprueba la venta de una porción de terreno con un área de 295.00 m2, a favor de Lourdes Zoraida Altagracia Domínguez de León de Pérez, Lucas Rafael Pérez Domínguez y Francisco Rafael Pérez Domínguez. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento municipal de Moca, provincia Espaillat, expedida el 9 de septiembre de 2023, aprobada en la sesión ordinaria núm. 06-2024, del 27 de marzo de 2024, que aprueba la venta de una porción de terreno con un área de 802.11 m2, a favor de Lourdes Zoraida Altagracia Domínguez de León de Pérez, Lucas Rafael Pérez Domínguez y Francisco Rafael Pérez Domínguez. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento municipal de Moca, provincia Espaillat, expedida el 4 de abril de 2024, aprobada en la sesión ordinaria núm. 13-2023, del 31 de agosto de 2023, que aprueba la venta de una porción de terreno con un área de 802.11 m2, a favor de José Francisco Tejada Morel. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender a Lourdes Zoraida Altagracia Domínguez de León de Pérez, Lucas Rafael Pérez Domínguez y Francisco Rafael Pérez Domínguez, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula]1483-9 y [cédula], respectivamente, por la suma de un millón trescientos veintisiete mil quinientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,327,500.00), una porción de terreno con un área superficial de doscientos noventa y cinco metros cuadrados (295.00 m2), ubicada dentro de la Parcela núm. 2-B, D. C. núm. 02, matrícula núm. 1100022757, sector Urbanización del Este, municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes colindantes: 1. Al norte, calle Activo 20-30. 2. Al sur, Camilo Cota. 3. Al este, Lourdes Domínguez. 4. Al oeste, Fernando Alba. Artículo 2. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender a Lourdes Zoraida Altagracia Domínguez de León de Pérez, Lucas Rafael Pérez Domínguez y Francisco Rafael Pérez Domínguez, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula]1483-9 y [cédula], respectivamente, por la suma de tres millones seiscientos nueve mil cuatrocientos noventa y cinco pesos dominicanos con 00/100 (RD$3,609,495.00), una porción de terreno con un área superficial de ochocientos dos punto once metros cuadrados (802.11 m2), ubicada dentro de la Parcela núm. 2-B, D. C. núm. 02, matrícula núm. 1100022757, sector Urbanización del Este, municipio de Moca, provincia Espaillat. Artículo 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender a José Francisco Tejada Morel, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de un millón de pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,000,000.00), una porción de terreno con un área superficial de cuatrocientos metros cuadrados (400.00 m2), ubicada dentro de la designación catastral núm. [cédula], D. C. núm. 12, matrícula núm. 1100027985, sector Urbanización Yenny María II, municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes colindantes: 1. Al norte, calle I. 2. Al sur, Ayuntamiento Municipal P. núm. [cédula] (resto). 3. Al este, calle O. 4. Al oeste, Ayuntamiento Municipal P. núm. [cédula] (resto). Artículo 4. Envíese al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat. a la Liga Municipal Dominicana (LMD), al registrador de título correspondiente y al Ministerio de Interior y Policía para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona