Texto de la norma
Dec. núm. 335-24 que autoriza al Ayuntamiento del municipio Moca, provincia Espaillat, a
vender terrenos de su propiedad a varias personas. G. O. No. 11154 del 28 de junio de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 335-24
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTO: El literal d) numeral 3, del artículo 128 de la Constitución de la República, el cual
establece como atribución del presidente de la República, en tanto jefe de Estado y de Gobierno,
autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan,
cuando constituyan garantías inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento municipal de Moca, provincia
Espaillat, expedida el 4 de abril de 2024, aprobada en la sesión ordinaria núm. 06-2024, del 27 de
marzo de 2024, que aprueba la venta de una porción de terreno con un área de 295.00 m2, a favor
de Lourdes Zoraida Altagracia Domínguez de León de Pérez, Lucas Rafael Pérez Domínguez y
Francisco Rafael Pérez Domínguez.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento municipal de Moca, provincia
Espaillat, expedida el 9 de septiembre de 2023, aprobada en la sesión ordinaria núm. 06-2024, del
27 de marzo de 2024, que aprueba la venta de una porción de terreno con un área de 802.11 m2, a
favor de Lourdes Zoraida Altagracia Domínguez de León de Pérez, Lucas Rafael Pérez Domínguez
y Francisco Rafael Pérez Domínguez.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento municipal de Moca, provincia
Espaillat, expedida el 4 de abril de 2024, aprobada en la sesión ordinaria núm. 13-2023, del 31 de
agosto de 2023, que aprueba la venta de una porción de terreno con un área de 802.11 m2, a favor
de José Francisco Tejada Morel.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República,
dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender a
Lourdes Zoraida Altagracia Domínguez de León de Pérez, Lucas Rafael Pérez Domínguez y
Francisco Rafael Pérez Domínguez, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula]1483-9 y [cédula], respectivamente, por la suma de un millón
trescientos veintisiete mil quinientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,327,500.00), una
porción de terreno con un área superficial de doscientos noventa y cinco metros cuadrados (295.00
m2), ubicada dentro de la Parcela núm. 2-B, D. C. núm. 02, matrícula núm. 1100022757, sector
Urbanización del Este, municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes colindantes:
1. Al norte, calle Activo 20-30.
2. Al sur, Camilo Cota.
3. Al este, Lourdes Domínguez.
4. Al oeste, Fernando Alba.
Artículo 2. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender a
Lourdes Zoraida Altagracia Domínguez de León de Pérez, Lucas Rafael Pérez Domínguez y
Francisco Rafael Pérez Domínguez, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula]1483-9 y [cédula], respectivamente, por la suma de tres millones
seiscientos nueve mil cuatrocientos noventa y cinco pesos dominicanos con 00/100
(RD$3,609,495.00), una porción de terreno con un área superficial de ochocientos dos punto once
metros cuadrados (802.11 m2), ubicada dentro de la Parcela núm. 2-B, D. C. núm. 02, matrícula
núm. 1100022757, sector Urbanización del Este, municipio de Moca, provincia Espaillat.
Artículo 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender a
José Francisco Tejada Morel, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por
la suma de un millón de pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,000,000.00), una porción de terreno
con un área superficial de cuatrocientos metros cuadrados (400.00 m2), ubicada dentro de la
designación catastral núm. [cédula], D. C. núm. 12, matrícula núm. 1100027985, sector
Urbanización Yenny María II, municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes
colindantes:
1. Al norte, calle I.
2. Al sur, Ayuntamiento Municipal P. núm. [cédula] (resto).
3. Al este, calle O.
4. Al oeste, Ayuntamiento Municipal P. núm. [cédula] (resto).
Artículo 4. Envíese al Ayuntamiento del municipio de Moca, provincia Espaillat. a la Liga
Municipal Dominicana (LMD), al registrador de título correspondiente y al Ministerio de Interior
y Policía para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a
los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la
Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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