Texto de la norma
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 218-24
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación en
diferentes lugares del país, así como la ampliación de las ya existentes, ha contribuido
eficazmente a la rehabilitación de la economía de las demarcaciones donde funcionan.
CONSIDERANDO: Que es una tarea prioritaria del Estado dominicano continuar
impulsando el desarrollo y crecimiento sostenido de los sectores industriales y de zonas
francas en el país.
CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación
conocer las diferentes solicitudes de las empresas autorizadas a operar bajo el régimen de
incentivos de la Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de
zonas francas nuevas y el crecimiento de las existentes.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 8-90, en su artículo 19, literal a), establece como
funciones del Consejo conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación de
zonas francas de exportación.
CONSIDERANDO: Que el 15 de diciembre de 2023, la compañía BHL FREE ZONE,
S.R.L., presentó ante la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de
Exportación, una solicitud para desarrollar y operar un parque de zonas francas que se
denominará BHL ECO FREE ZONE.
CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución núm. 02-24-P, del 1 de febrero de 2024,
el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación aprobó recomendar al Poder Ejecutivo
la instalación del parque de zona franca denominada BHL ECO FREE ZONE, a ser
desarrollado y operado por la compañía BHL FREE ZONE, S.R.L., en el municipio de
Montecristi, provincia Montecristi, República Dominicana.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, sobre Fomento de Zonas Francas.
VISTA: La solicitud formulada por la compañía BHL FREE ZONE, S.R.L., del 15 de
diciembre de 2023.
VISTA: La Resolución núm. 02-24-P, emitida por el Consejo Nacional de Zonas Francas de
Exportación, del 1 de febrero de 2024.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se crea el parque de zonas francas que se denominará BHL ECO FREE
ZONE, bajo la administración técnica y operativa de la compañía BHL FREE ZONE,
S.R.L., el cual se beneficiará del régimen de incentivos y obligaciones contenidos en la Ley
núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, sobre Zonas Francas de Exportación.
ARTÍCULO 2. El parque BHL ECO FREE ZONE funcionará en una (1) porción de terreno
con un área de trescientos dos mil seiscientos veintiséis punto cuarenta y cinco metros
cuadrados (302,626.45 m²), dentro del ámbito del inmueble identificado como Parcela núm.
1 del Distrito Catastral núm. 20, ubicado en el municipio de Montecristi, provincia
Montecristi, República Dominicana.
ARTÍCULO 3. Las empresas que se establezcan en el parque BHL ECO FREE ZONE, una
vez aprobadas por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, se beneficiarán de los
incentivos y exenciones contenidas en las leyes, decretos y reglamentos vigentes, y de aquellos
que pudiesen decretarse en el futuro.
ARTÍCULO 4. Se le otorga poder especial al ministro de Industria, Comercio y Mipymes
para que, en nombre y representación del Estado dominicano, suscriba con la compañía BHL
FREE ZONE, S.R.L., el contrato correspondiente que establezca las condiciones bajo las
cuales se desarrollará, operará y regulará las relaciones y manejo de este parque industrial de
zona franca de exportación.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y al Consejo
Nacional de Zonas Francas de Exportación, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro (2024);
año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.