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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 193-24

que designa a las señoras María Minerva Navarro, Migdaly Antonia de los Santos Jiménez, Ivelisse Mercedes Méndez y Ana María Castillo Mateo, gobernadoras civiles de las provincias Azua, Elías Piña, La Romana y San Juan de la Maguana, respectivamente. Las gobernadoras civiles de La Romana y San Juan de la Maguana asumirán sus funciones a partir del día 24 de abril del año 2024

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 abr de 2024fecha
Designacióntipo
G. O. 11146Gaceta Oficial del 15 abr de 2024
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
María Minerva NavarroDesignacióngobernadora de la provincia Azua
Migdaly Antonia de los Santos JiménezDesignacióngobernadora de la provincia Elias Pina
Ivelisse Mercedes MéndezDesignacióngobernadora de la provincia La Romana
Ana María Castillo MateoDesignacióngobernadora de la provincia San Juan de la Maguana

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • María Minerva Navarro · gobernadora de la provincia Azua

    Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 18 jun de 2024 · presentada el 19 dic de 2024 Coincidencia 99.7 %

  • Migdaly Antonia de los Santos Jiménez · gobernadora de la provincia Elias Pina

    Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 9 jul de 2024 · presentada el 15 nov de 2024 Coincidencia 99.7 %

  • Ivelisse Mercedes Méndez · gobernadora de la provincia La Romana

    Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 24 may de 2024 · presentada el 30 jul de 2024 Coincidencia 99.7 %

  • Ana María Castillo Mateo · gobernadora de la provincia San Juan de la Maguana

    Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 24 may de 2024 · presentada el 9 oct de 2024 Coincidencia 99.7 %

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 193-24 que designa a las señoras María Minerva Navarro, Migdaly Antonia de los Santos Jiménez, Ivelisse Mercedes Méndez y Ana María Castillo Mateo, gobernadoras civiles de las provincias Azua, Elías Piña, La Romana y San Juan de la Maguana, respectivamente. Las gobernadoras civiles de La Romana y San Juan de la Maguana asumirán sus funciones a partir del día 24 de abril del año 2024. G. O. No. 11146 del 15 de abril de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 193-24 VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio del 2015. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1. María Minerva Navarro queda designada gobernadora de la provincia Azua. ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 25 del Decreto núm. 340-20, del 16 de agosto de 2020. ARTÍCULO 3. Migdaly Antonia de los Santos Jiménez queda designada gobernadora de la provincia Elias Pina. ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 6 del Decreto núm. 340-20. del 16 de agosto de 2020. ARTÍCULO 5. Ivelisse Mercedes Méndez queda designada gobernadora de la provincia La Romana. Su designación surtirá efecto a partir del día 24 de abril del año 2024. ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 8 del Decreto núm. 340-20, del 16 de agosto de 2020. Esta derogación surtirá efecto a partir del día 24 de abril del año 2024. ARTÍCULO 7. Ana María Castillo Mateo queda designada gobernadora de la provincia San Juan de la Maguana. Su designación surtirá efecto a partir del día 24 de abril del año 2024. ARTÍCULO 8. Queda derogado el artículo 13 del Decreto núm. 388-20, del 23 de agosto de 2020. Esta derogación surtirá efecto a partir del día 24 de abril del año 2024. ARTÍCULO 9. Remisión. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona