Texto de la norma
Dec. núm. 190-24 que modifica el artículo 3 del Decreto núm. 660-05, que creó el
Patronato de la Casa del General Gregorio Luperón. Dicho Patronato será presidido
por el Ministro Administrativo de la Presidencia. G. O. No. 11146 del 15 de abril de
2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 190-24
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm.41-00, del 28 de junio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de
Cultura, hoy Ministerio de Cultura.
VISTO: El Decreto núm. 660-05, del 12 de diciembre de 2005, que crea e integra el
Patronato de la Casa del General Gregorio Luperón.
VISTA: La comunicación núm. MINC/DE/121/24, del 6 de febrero de 2024, de la ministra
de Cultura al presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 3 del Decreto núm. 660-05, del 12 de diciembre de
2005, para que en lo adelante disponga lo siguiente:
“ARTÍCULO 3. El Consejo Directivo del referido Patronato estará integrado por los
representantes de las siguientes instituciones o personalidades:
1- Ministro Administrativo de la Presidencia, presidente ex oficio
2- Gobernadora Provincial de Puerto Plata, secretaria
3- Ricardo Brugal León, vicepresidente
4- Obispo Diócesis Puerto Plata, Julio César Cornielle, miembro
5- Lic. José Chez Checo, miembro
6- Dr. Juan Ventura, miembro
ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro (2024), año 181
de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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