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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 190-24

que modifica el artículo 3 del Decreto núm. 660-05, que creó el Patronato de la Casa del General Gregorio Luperón. Dicho Patronato será presidido por el Ministro Administrativo de la Presidencia

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 abr de 2024fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 11146Gaceta Oficial del 15 abr de 2024
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 190-24 que modifica el artículo 3 del Decreto núm. 660-05, que creó el Patronato de la Casa del General Gregorio Luperón. Dicho Patronato será presidido por el Ministro Administrativo de la Presidencia. G. O. No. 11146 del 15 de abril de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 190-24 VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm.41-00, del 28 de junio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura, hoy Ministerio de Cultura. VISTO: El Decreto núm. 660-05, del 12 de diciembre de 2005, que crea e integra el Patronato de la Casa del General Gregorio Luperón. VISTA: La comunicación núm. MINC/DE/121/24, del 6 de febrero de 2024, de la ministra de Cultura al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 3 del Decreto núm. 660-05, del 12 de diciembre de 2005, para que en lo adelante disponga lo siguiente: “ARTÍCULO 3. El Consejo Directivo del referido Patronato estará integrado por los representantes de las siguientes instituciones o personalidades: 1- Ministro Administrativo de la Presidencia, presidente ex oficio 2- Gobernadora Provincial de Puerto Plata, secretaria 3- Ricardo Brugal León, vicepresidente 4- Obispo Diócesis Puerto Plata, Julio César Cornielle, miembro 5- Lic. José Chez Checo, miembro 6- Dr. Juan Ventura, miembro ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro (2024), año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona