Texto de la norma
Dec. núm. 138-24 que declara día de duelo oficial el miércoles 6 de marzo del presente
año, con motivo del fallecimiento del señor José Augusto León Asensio. G. O. No. 11144
del 15 de marzo de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 138-24
CONSIDERANDO: Que, el pasado día 4 de marzo de 2024, falleció el señor José Augusto
León Asensio, quien fue un destacado empresario dominicano, que encabezó uno de los
grupos industriales y comerciales más relevantes del país, habiendo sido presidente de las
empresas Cervecería Nacional Dominicana, Cervecería Bohemia y Grupo León Jimenes.
CONSIDERANDO: Que su gran visión y compromiso con el desarrollo de la República
Dominicana, le permitieron forjar desde sus empresas un modelo ejemplar de
responsabilidad social y corporativa, personificando el espíritu emprendedor y la excelencia
empresarial.
CONSIDERANDO: Que don José Augusto León Asensio también debe ser recordado por
su servicio en el ámbito diplomático, tras haberse desempeñado como embajador alterno en
la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones
Unidas (ONU).
CONSIDERANDO: Que, el Estado dominicano expresa su pesar por el fallecimiento de los
hombres y mujeres que, desde los diferentes ámbitos de su vida, contribuyen al crecimiento
de la nación y a la dignidad de sus ciudadanos.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 108, del 21 de marzo de 1967, sobre Días Festivos, de Duelo y de
Conmemoración.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Se declara de duelo oficial el día miércoles 6 de marzo de 2024, con el
motivo del fallecimiento del señor José Augusto León Asensio.
ARTICULO 2. En el día señalado, la Bandera Nacional deberá ondear a media asta en los
recintos militares y edificios públicos en todo el país.
ARTÍCULO 3. Envíese a los ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa e Interior y
Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024); año
181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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