Texto de la norma
Dec. núm. 122-24 que coloca en situación de retiro y les concede la pensión
correspondiente, a tres (3) generales y cinco (5) coroneles de la Policía Nacional. G. O.
No. 11143 del 3 de marzo de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 122-24
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 590-16, de! 15 de julio de 2016, Orgánica de la Policía
Nacional, establece el sistema para un retiro digno de tos miembros del cuerpo policial.
CONSIDERANDO: Que el artículo 115 de la referida ley le atribuye al presidente de la
República, previa recomendación del Consejo Superior Policial, la facultad de otorgar
pensiones a los miembros de la Policía Nacional puestos en condición de retiro por
antigüedad en el servicio, voluntarios y por discapacidad.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 590-16, del 15 de julio de 2016, Orgánica de la Policía Nacional.
VISTO: El Decreto núm. 20-22, del 14 de enero de 2022, que establece el Reglamento de
Aplicación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.
VISTOS: Los oficios números 6555 y 6556, del 26 de febrero de 2023, del director general
de la Policía Nacional, al presidente de la República, mediante los cuales remite las
resoluciones del Consejo Superior Policial CSP-2024-02-002 y CSP-2024-02-003 del 23 de
febrero de 2024.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se colocan en honrosa condición de retiro por antigüedad, con ascenso al
rango superior inmediato y se les otorga una pensión del Estado dominicano a los siguientes
miembros de la Policía Nacional:
NOMBRES Y APELLIDOS
CÉDULA DE
NÚM.
RANGO
ACTUAL
IDENTIDAD
1.
GENERAL, P.N. PABLO ARTURO PUJOLS
[cédula]
2.
GENERAL, P.N. JACINTO MINA Y A HERRERA
[cédula]
3.
CORONEL, P.N. EUSEBIO ANT. JIMÉNEZ BERIGUETE
[cédula]
ARTÍCULO 2. Se colocan en honrosa condición de retiro voluntario, con ascenso al rango
superior inmediato y se les otorga una pensión del Estado dominicano a los siguientes
miembros de la Policía Nacional:
IDENTIDAD
NÚM.
RANGO
ACTUAL
NOMBRES Y APELLIDOS
CÉDULA DE
1.
CORONEL. P.N.
MODESTO ANTONIO DE LA CRUZ
CARMONA
[cédula]
2.
CORONEL, P.N. JOSÉ RENÉ GARCÍA DÍAZ
[cédula]
3.
CORONEL, P.N. LEÓNIDAS MATOS Y MATOS
[cédula]
4.
CORONEL. P.N. RAMÓN MORILLO ORTEGA
[cédula]
ARTÍCULO 3. Se coloca en honrosa condición de retiro por antigüedad y se le otorga una
pensión del Estado dominicano al siguiente miembro de la Policía Nacional:
NÚM.
RANGO
ACTUAL
NOMBRES Y APELLIDOS
CEDULA DE
IDENTIDAD
1.
GENERAL. P.N. JOSÉ ANTONIO CEBALLO
[cédula]
ARTÍCULO 4 El pago de las indicadas pensiones se hará conforme a los procedimientos
establecidos en la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, del 15 de julio de 2016.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Interior y Policía y a la Dirección General de la
Policía Nacional para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, al primer (1er.) día del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024), año
181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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