Texto de la norma
Dec. núm. 117-24 que deroga los decretos núms. 86-06, 476-06, 55-07, 119-07, 402-07,
824-08, 331-11 y el artículo 1 del Decreto núm. 308-23, que designaron a Frank Hans
Dannenberg Castellanos, embajador extraordinario y plenipotenciario y concurrente,
de la República en varios países. G. O. No. 11143 del 3 de marzo de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 117-24
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se derogan el Decreto núm. 86-06 del 7 de marzo de 2006; el Decreto núm.
476-06 del 17 de octubre de 2006; el Decreto núm. 55-07 del 26 de febrero de 2007; el
Decreto núm. 119-07 del 6 de marzo de 2007; el Decreto núm. 402-07 del 17 de agosto de
2007; el Decreto núm. 824-08 del 12 de diciembre de 2008; el Decreto núm. 331-11 del 27
de mayo de 2011 y el artículo 1 del Decreto núm. 30823, del 12 de julio de 2023, que
designaron a Frank Hans Dannenberg Castellanos, embajador extraordinario y
plenipotenciario de la República Dominicana ante el Gobierno de la India; embajador
extraordinario y plenipotenciario, concurrente, en la República Socialista de Vietnam, en el
Reino de Tailandia, en Malasia, en la República de Filipinas, en la República de Mauricio y
en Sri Lanka, con sede en la India, y embajador extraordinario y plenipotenciario de la
República Dominicana en Canadá, respectivamente, fallecido.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024);
año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS AB'INADER
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