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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 117-24

que deroga los decretos núms. 86-06, 476-06, 55-07, 119-07, 402-07, 824-08, 331-11 y el artículo 1 del Decreto núm. 308-23, que designaron a Frank Hans Dannenberg Castellanos, embajador extraordinario y plenipotenciario y concurrente, de la República en varios países

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 feb de 2024fecha
Cese, renuncia o revocacióntipo
G. O. 11143Gaceta Oficial del 3 mar de 2024
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 117-24 que deroga los decretos núms. 86-06, 476-06, 55-07, 119-07, 402-07, 824-08, 331-11 y el artículo 1 del Decreto núm. 308-23, que designaron a Frank Hans Dannenberg Castellanos, embajador extraordinario y plenipotenciario y concurrente, de la República en varios países. G. O. No. 11143 del 3 de marzo de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 117-24 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se derogan el Decreto núm. 86-06 del 7 de marzo de 2006; el Decreto núm. 476-06 del 17 de octubre de 2006; el Decreto núm. 55-07 del 26 de febrero de 2007; el Decreto núm. 119-07 del 6 de marzo de 2007; el Decreto núm. 402-07 del 17 de agosto de 2007; el Decreto núm. 824-08 del 12 de diciembre de 2008; el Decreto núm. 331-11 del 27 de mayo de 2011 y el artículo 1 del Decreto núm. 30823, del 12 de julio de 2023, que designaron a Frank Hans Dannenberg Castellanos, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana ante el Gobierno de la India; embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, en la República Socialista de Vietnam, en el Reino de Tailandia, en Malasia, en la República de Filipinas, en la República de Mauricio y en Sri Lanka, con sede en la India, y embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en Canadá, respectivamente, fallecido. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS AB'INADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona