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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 82-24

que concede pensiones del Estado por antigüedad en el servicio a 165 servidores del ministerio de Relaciones Exteriores, y reajusta las pensiones de que disfrutan 7 ex empleados de dicho ministerio. Asigna una pensión del Estado de RD$20,397.63 mensuales a la señora Francisca del Rosario Espinal García

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 feb de 2024fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11142Gaceta Oficial del 16 feb de 2024
Poder Ejecutivoórgano
177personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Abricio Ferreras CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Adelaida del Carmen CespedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Agustin Gil GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Agustina Martinez GondresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Agustina Piron AquinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Bernarda Cornelio AbreuEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alvaro Arturo Pujols TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Amantina Monegro MorrobelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Isabel Camasta DalmasiEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Josefa ZacariasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Licelot Feliz SuarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Maria Galvan ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Matilde Perez de Feliz

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Texto

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Dec. núm. 82-24 que concede pensiones del Estado por antigüedad en el servicio a 165 servidores del ministerio de Relaciones Exteriores, y reajusta las pensiones de que disfrutan 7 ex empleados de dicho ministerio. Asigna una pensión del Estado de RD$20,397.63 mensuales a la señora Francisca del Rosario Espinal García. G. O. No. 11142 del 16 de febrero de 2024. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 82-24 CONSIDERANDO: Que el artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana, establece: “Derecho a la seguridad social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez”. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), es una dependencia del Ministerio de Hacienda, que tiene como propósito administrar el sistema de reparto amparado en la Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, que crea un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para Funcionarios y Empleados Públicos, y que la Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda), la cual se encarga de administrar los fondos públicos generados por las cotizaciones de los ciudadanos en su vida laboral activa y del presupuesto que le es asignado conforme a la ley, destinado a hacer efectivo el pago de las pensiones que indican las leyes y planes correspondientes a tales fines. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, que establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones Civiles del Estado dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos. VISTA: La Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda. VISTA: La Ley núm. 630-16, del 28 de julio de 2016, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior. VISTOS: Los oficios DGJP-2024-00827, DGJP-2024-00834, DGJP-2024-00837 y DGJP-2024- 00889, del 2 y 6 de febrero de 2024, del director general de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano por antigüedad en el servicio a los siguientes servidores públicos: Monto Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y RD$ electoral ABRICIO FERRERAS CABRERA [cédula] 10,000.00 ADELAIDA DEL CARMEN CESPEDES [cédula] 10,000.00 AGUSTIN GIL GONZALEZ [cédula] 10,000.00 AGUSTINA MARTINEZ GONDRES [cédula] 10,000.00 AGUSTINA PIRON AQUINO [cédula] 10,000.00 ALTAGRACIA BERNARDA CORNELIO ABREU [cédula] 24,000.00 ALVARO ARTURO PUJOLS TAVERAS [cédula] 36,000.00 ANA AMANTINA MONEGRO MORROBEL [cédula] 10,000.00 ANA ISABEL CAMASTA DALMASI [cédula] 61,666.67 ANA JOSEFA ZACARIAS [cédula] 10,000.00 ANA LICELOT FELIZ SUAREZ [cédula] 43,952.14 ANA MARIA GALVAN REYES [cédula] 10,000.00 ANA MATILDE PEREZ DE FELIZ [cédula] 22,495.60 ANDREA MORALES MERCEDES [cédula] 62,308.62 ANTONIA LOPEZ SANCHEZ [cédula] 10,000.00 ARELIS ANTONIA LIRIANO CANELA [cédula] 27,768.30 ARTEMIO ALTAGRACIA GERMAN AVALO [cédula] 10,000.00 BARBARA RAMONA ROSA ESCOTO [cédula] 25,709.28 BEATRIZ CANARIO [cédula] 19,281.94 BELGICA TEODORA VILLAMAN HEREDIA [cédula] 11,104.50 BELKIS DEOMARES PEÑA OLAVERRIA [cédula] 10,410.67 BENIGNO GARCIA [cédula] 10,000.00 BERNARDA ALTAGRACIA MODESTO ABREU [cédula] 10,000.00 BERQUIS LILIANA HERNANDEZ MENA [cédula] 17,109.38 BRUNILDA ALTAGRACIA MARTE PEREZ [cédula] 17,584.89 BRUNILDA JIMENEZ RODRIGUEZ [cédula] 10,000.00 CARLOS MANUEL MENDEZ [cédula] 10,000.00 CARMELINA LEYBA LIRIANO [cédula] 10,000.00 CARMEN LOURDES BATISTA CASTILLO DE MENDEZ [cédula] 28,352.13 CARMEN MICHEL [cédula] 10,000.00 CASILDA ALTAGRACIA SOÑE DEL MONTE DE DIAZ [cédula] 28,000.00 CATALINA SANCHEZ [cédula] 20,073.42 CECILIA URANIA RAMONA PAULINO DE FEDERO [cédula] 10,944.48 CELESTE MIREYA JIMENEZ VARGAS [cédula] 10,000.00 CENELIA ALTAGRACIA GOMEZ BUENO DE PEÑA [cédula] 10,000.00 CLARA YSABEL MARTE CRUZ [cédula] 64,000.00 CRUZ ALTAGRACIA TORIBIO DRULLARD DE FADA [cédula] 10,000.00 DEYANIRA ALTAGRACIA VARGAS DE LA CRUZ [cédula] 10,000.00 DILIA ARGENTINA CANDELIER MALLI [cédula] 10,000.00 DINILIO FAMILIA AQUINO [cédula] 15,205.02 DOLORES GRECIA NAVARRO MONTILLA DE MATOS [cédula] 17,584.89 DOMINGO ANTONIO VENTURA CRUZ [cédula] 10,000.00 DULCE MA SELESTE SILVERIO QUEZADA [cédula] 20,000.00 ELIEZER SANCHEZ MATOS [cédula] 21,000.00 EMILIO ANTONIO MARTINEZ UREÑA [cédula] 10,000.00 ERNESTO LUIS DULUC MAÑON [cédula] 19,035.50 ESPERANZA ORTIZ DIAZ [cédula] 10,000.00 ESTELA MONTILLA GARCIA [cédula] 10,000.00 EULOGIA AURELINA DIAZ CIPRIAN DE RUIZ [cédula] 10,000.00 FAUSTINA ALTAGRACIA REYNOSO ORTEGA DE ROSADO [cédula] 43,750.00 FAUSTINO GUILLEN ALCANTARA [cédula] 10,000.00 FELICIA CARRAZCO RODRIGUEZ [cédula] 10,000.00 FELICIA DISHMEY MILLER [cédula] 25,709.25 FLAVIA MARIA MENDEZ [cédula] 22,495.60 FLOR FLORENTINA SIERRA BAUTISTA [cédula] 10,000.00 FRANCISCO ECOLASTICOS CARPIO PAULINO [cédula] 35,000.00 FREDDY TAPIA HERNANDEZ [cédula] 70,971.95 GENARO FRANCISCO RODRIGUEZ [cédula] 18,456.67 GREGORIO VICTORINO ROSARIO [cédula] 27,508.00 GUARIONEX OGANDO CALDERON [cédula] 10,000.00 GUSTAVO ADOLFO MORETA FAJARDO [cédula] 17,695.06 HECTOR BIENVENIDO PEREZ [cédula] 10,000.00 JANNET MARIA CUELLO PEREZ [cédula] 10,000.00 JOSE ANTONIO CHONG CONTRERAS [cédula] 30,933.33 JOSE ANTONIO HERNANDEZ [cédula] 13,200.00 JOSE FRANCISCO MAÑON HENRIQUEZ [cédula] 40,000.00 JOSE RAMON SANTOS CARABALLO [cédula] 20,973.67 JUAN ALEXIS PEPEN RIVERA [cédula] 36,000.00 JUAN BAUTISTA DE LA CRUZ CANELA [cédula] 28,706.70 JUAN DE JESUS COLON ABREU [cédula] 12,979.36 JUANA MARIA ARIZA [cédula] 10,000.00 JUANA MARIA CHAVEZ [cédula] 10,000.00 JUANA MARTHA DE LA CRUZ CASTILLO [cédula] 25,709.28 JULIA ALTAGRACIA BLANCO ROSARIO [cédula] 26,841.15 LIDIA CASTILLO SEVERINO [cédula] 25,537.86 LILIAN MERCEDES SABATER CASTILLO [cédula] 10,000.00 LUCIA ADALGIZA ARIAS GRULLON DE VELEZ [cédula] 30,439.50 LUCIA ARGENTINA NINA DE LA ROSA [cédula] 26,917.04 LUIS ALBERTO PEÑA GONZALEZ [cédula] 10,000.00 MARCELINA PALEN LANTIGUA [cédula] 10,000.00 MARIA DEL CARMEN LORA MOREL [cédula] 25,709.28 MARIA DEL ROSARIO DE FATIMA SIERRA DE ACOSTA [cédula] 10,000.00 MARIA FERMINA CANARIO [cédula] 10,000.00 MARIA GARCIA ARIA DE CASTILLO [cédula] 10,000.00 MARIA LUISA CRUZ NUÑEZ [cédula] 26,708.33 MARIA MINERVA ROSARIO [cédula] 10,000.00 MARIANA CASTILLO [cédula] 10,000.00 MARIO ENRIQUE CALDERON MEDINA [cédula] 29,839.89 MARITZA SALVADOR DOMINGUEZ [cédula] 21,111.11 MARITZA TEJEDA [cédula] 25,709.25 MARTINA MAÑON CRUZ [cédula] 10,000.00 MAURA MERCEDES MERAN SANTANA [cédula] 22,495.60 MERCEDES AROSTEGUI VIDAL [cédula] 31,500.00 MERCEDES DEL CARMEN REYNOSO REGALADO [cédula] 26,841.15 MIGUEL ANGEL ADAMES ESTRELLA [cédula] 38,045.56 MIGUEL VINICIO MELLA BURGOS [cédula] 36,111.11 MILADYS JIMENEZ DE LOS SANTOS [cédula] 10,000.00 NESTOR EMILIO PEÑA CASADO [cédula] 10,477.50 ODIL MARIA ROSARIO CAMINERO [cédula] 25,709.25 100 ORQUIDIA MARGARITA JIMENEZ DE DURAN [cédula] 25,709.25 101 PASTOR SANTANA [cédula] 22,928.96 102 PEDRO GIRON GIRON [cédula] 10,000.00 103 RAFAEL ANTONIO FERNANDEZ SANTANA [cédula] 53,622.17 104 RAFAEL JORGE NICOLAS RAMIREZ [cédula] 66,488.89 105 RAFAEL LEONARDO JIMENEZ VARGAS [cédula] 10,000.00 106 RAFAEL ORIGENES CIPRIAN [cédula] 29,545.02 107 RAFAELA JOSEFINA MIESES VASQUEZ [cédula] 20,805.56 108 RAMON TAVERAS AMPARO [cédula] 39,155.76 109 RAMONA DEL CARMEN VARGAS [cédula] 25,709.25 110 RAQUEL EUNICE GARCIA [cédula] 25,709.28 111 ROSA AMARIS PEREZ MATOS DE PEREZ [cédula] 25,709.25 112 ROSA ELENA RAMOS HERNANDEZ [cédula] 32,822.22 113 ROSA YLMA LIRANZO HIDALGO [cédula] 38,422.50 114 RUBEN PEREZ GARABITO [cédula] 14,221.13 115 RUFINA DOMINGUEZ CRUZ [cédula] 25,709.25 116 SAGRADA DEL JESUS PEREZ MENDEZ DE PAULA [cédula] 10,000.00 117 SIXTA MOSQUEA [cédula] 52,550.41 118 SONIA GERMAN DE URIBE [cédula] 10,000.00 119 TEOFILO APOLINAR TAVAREZ VALERIO [cédula] 19,524.70 120 TERESA NICOLASA BALBINA GARCIA BLANCO [cédula] 32,283.33 121 TIMOTEO VENTURA FRANCISCO [cédula] 53,167.13 122 TONIS ANTONIO GONZALEZ PEREZ [cédula] 40,000.00 123 VENECIA RAMONA HERNANDEZ CASTILLO [cédula] 10,000.00 124 VICTOR MANUEL CUEVAS [cédula] 10,000.00 125 VICTORIA DE LA CRUZ LA PAZ [cédula] 10,000.00 126 WILLIAM SOTO CASTILLO [cédula] 10,000.00 127 YOLANDA ALTAGRACIA NATIVIDAD OVALLE NUÑEZ [cédula] 11,616.00 128 YUDELKA CONSUELO ALTAGRACIA ALBA SIMO [cédula] 24,032.32 129 ZACARIAS ALMONTE DE LEON [cédula] 10,000.00 130 AMERICO UBRI VALDEZ [cédula] 10,000.00 131 ANA CELESTE CASTILLO [cédula] 10,193.04 132 AWILDA DEL ROSARIO SCHOTBORGH AMOR [cédula] 12,733.38 133 CARLOS PAULA REYNOSO [cédula] 10,000.00 134 CARMEN ARELIS MARIÑEZ MARTINEZ [cédula] 10,000.00 135 CATALINO NUÑEZ ESCOBOSA [cédula] 10,000.00 136 CRISIAN LUNDI LUIS [cédula] 10,000.00 137 CRISTIAN FRANCISCA GOMEZ COLLADO DE MUÑOZ [cédula] 63,300.25 138 EMILIA SANTANA MELO DE MEJIA [cédula] 10,000.00 139 FRANCISCA CERRANO PARRA [cédula] 10,193.04 140 GEORGINA RIVERA TIMAT [cédula] 10,000.00 141 HECTOR JOSE RUIZ CAMACHO [cédula] 26,179.24 142 IVELISSE ANTONIA MATOS SOLANO [cédula] 32,341.34 143 JOSE AGUSTIN LOPEZ HENRIQUEZ [cédula] 30,000.00 144 JOSE ANTONIO PEÑA [cédula] 10,000.00 145 JOSE DE LOS REYES MATOS INFANTE [cédula] 16,692.72 146 JOSE DELIO GARCIA AMEZQUITA [cédula] 10,000.00 147 JULIA DIAZ [cédula] 10,000.00 148 LUIS ROQUE ESTRELLA SANCHEZ [cédula] 10,000.00 149 MARIA DE LOS ANGELES GARCIA DE ZORRILLA [cédula] 18,954.73 150 MARIA FELIZ DIAZ [cédula] 12,623.73 151 MARIA FRANCISCA RODRIGUEZ DE ROSARIO [cédula] 10,000.00 152 MARIA ZUNILDA NUÑEZ ESPINAL [cédula] 10,360.58 153 MARIO EMILIO CARBUCIA PIMENTEL [cédula] 10,000.00 154 MARISOL ALTAGRACIA FELIX JAQUEZ [cédula] 10,000.00 155 MARTIN FERRERAS TERRERO [cédula] 10,000.00 156 MERIDANIA MARTINEZ ABREU [cédula] 13,200.00 157 MIGUEL FRANCISCO MATOS CARRASCO [cédula] 10,000.00 158 MIREYA YLUMINADA PATIÑO FERNANDEZ DE PEÑA [cédula] 10,000.00 159 NURIS ARGENTINA MERCEDES DE RAMOS [cédula] 10,000.00 160 PEDRO JULIO AVILEZ FELIZ [cédula] 10,000.00 161 PEDRO ROJAS PEREZ [cédula] 10,000.00 162 RAFAEL MERIÑO FELIZ [cédula] 80,000.00 163 RAMON EMILIO NIVAR [cédula] 10,000.00 164 RICARDO ANTONIO SANCHEZ TERRERO [cédula] 10,000.00 165 SANTIAGO CABA ENCARNACION [cédula] 44,000.00 ARTÍCULO 2. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano por antigüedad en el servicio en el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), a Francisca del Rosario Espinal García, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por un monto de veinte mil trescientos noventa y siete pesos dominicanos con 63/100 (RD$20,397.63) mensuales. ARTÍCULO 3. Se reajustan las pensiones que les fueron asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: Monto Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y RD$ electoral ANA ANTONIA AUSTRALIA COLLADO VERAS [cédula] 31,500.00 ANA MARIA ROSA GARCIA POZO DE GERMAN [cédula] 24,941.60 LEOCADIA MARIA DE JESUS REYES [cédula] 24,941.60 LEONARDO MARTE PEREZ [cédula] 17,406.72 RAQUEL MERCEDES MOTA DE MOTA [cédula] 14,086.27 ROSA HERMINIA ROSARIO MENDOZA [cédula] 30,071.20 SINTIA MENDEZ CUEVAS [cédula] 15,056.28 ARTÍCULO 4. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más les favorezca. ARTÍCULO 5. Si los beneficiarios del presente decreto hubiesen cotizado en el Sistema de Capitalización Individual previsto por la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, deberán agotar el proceso de traspaso de fondos del Sistema de Capitalización Individual al Sistema de Reparto, siempre y cuando cumplan con las disposiciones de la Resolución núm. 437-20, del 18 de noviembre de 2020 y sus modificaciones, aprobada por la Superintendencia de Pensiones, sobre Procesos Operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Fondos y Planes Sustitutivos, y en consecuencia, su afiliación también deberá pasar al Sistema de Reparto. ARTÍCULO 6. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19, del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 7. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

El decreto trae su cédula (no se publica)
Pensión
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Andrea Morales MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Antonia Lopez SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Arelis Antonia Liriano CanelaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Artemio Altagracia German AvaloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Barbara Ramona Rosa EscotoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Beatriz CanarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Belgica Teodora Villaman HerediaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Belkis Deomares Peña OlaverriaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Benigno GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bernarda Altagracia Modesto AbreuEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Berquis Liliana Hernandez MenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Brunilda Altagracia Marte PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Brunilda Jimenez RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Manuel MendezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmelina Leyba LirianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Lourdes Batista Castillo de MendezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen MichelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Casilda Altagracia Soñe del Monte de DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
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Cecilia Urania Ramona Paulino de FederoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Celeste Mireya Jimenez VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cenelia Altagracia Gomez Bueno de PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Clara Ysabel Marte CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cruz Altagracia Toribio Drullard de FadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Deyanira Altagracia Vargas de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dilia Argentina Candelier MalliEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
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Juana Martha de la Cruz CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
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Lidia Castillo SeverinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
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Lucia Adalgiza Arias Grullon de VelezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
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Luis Alberto Peña GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marcelina Palen LantiguaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria del Carmen Lora MorelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria del Rosario de Fatima Sierra de AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Fermina CanarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Garcia Aria de CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Luisa Cruz NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Minerva RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mariana CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mario Enrique Calderon MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maritza Salvador DominguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maritza TejedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Martina Mañon CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maura Mercedes Meran SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Arostegui VidalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes del Carmen Reynoso RegaladoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Angel Adames EstrellaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Vinicio Mella BurgosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miladys Jimenez de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nestor Emilio Peña CasadoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Odil Maria Rosario CamineroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Orquidia Margarita Jimenez de DuranEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pastor SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Giron GironEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio Fernandez SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Jorge Nicolas RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Leonardo Jimenez VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Origenes CiprianEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafaela Josefina Mieses VasquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Taveras AmparoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona del Carmen VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Raquel Eunice GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Amaris Perez Matos de PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Ylma Liranzo HidalgoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ruben Perez GarabitoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rufina Dominguez CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sagrada del Jesus Perez Mendez de PaulaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sixta MosqueaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sonia German de UribeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teofilo Apolinar Tavarez ValerioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teresa Nicolasa Balbina Garcia BlancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Timoteo Ventura FranciscoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Tonis Antonio Gonzalez PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Venecia Ramona Hernandez CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Victor Manuel CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Victoria de la Cruz la PazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
William Soto CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yolanda Altagracia Natividad Ovalle NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yudelka Consuelo Altagracia Alba SimoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Zacarias Almonte de LeonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Americo Ubri ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Celeste CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Awilda del Rosario Schotborgh AmorEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Paula ReynosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Arelis Mariñez MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Catalino Nuñez EscobosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Crisian Lundi LuisEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cristian Francisca Gomez Collado de MuñozEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Emilia Santana Melo de MejiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Cerrano ParraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Georgina Rivera TimatEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Jose Ruiz CamachoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ivelisse Antonia Matos SolanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Agustin Lopez HenriquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Antonio PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose de los Reyes Matos InfanteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Delio Garcia AmezquitaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julia DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Roque Estrella SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria de los Angeles Garcia de ZorrillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Feliz DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Francisca Rodriguez de RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Zunilda Nuñez EspinalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mario Emilio Carbucia PimentelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marisol Altagracia Felix JaquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Martin Ferreras TerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Meridania Martinez AbreuEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Francisco Matos CarrascoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mireya Yluminada Patiño Fernandez de PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Julio Avilez FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Rojas PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Meriño FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Emilio NivarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ricardo Antonio Sanchez TerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santiago Caba EncarnacionEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Antonia Australia Collado VerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Maria Rosa Garcia Pozo de GermanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leocadia Maria de Jesus ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leonardo Marte PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Raquel Mercedes Mota de MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Herminia Rosario MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sintia Mendez CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sagrada del Jesus Perez MendezPensión—
Teresa Nicolasa Balbina GarciaPensión—
Yolanda Altagracia NatividadPensión—
Yudelka Consuelo Altagracia AlbaPensión—
Cristian Francisca Gomez ColladoPensión—
Maria de los Angeles GarciaPensión—
Mireya Yluminada Patiño FernandezPensión—

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.