Texto de la norma
Dec. núm. 58-24 que concede la naturalización dominicana a veintitrés (23) personas
extranjeras. Modifica el numeral 9 del artículo 1 del Decreto núm. 230-23, el numeral
12 del artículo 1 del Decreto núm. 331-23 y los numerales 5, 8, 10, 13 y 18 del artículo 1
del Decreto núm. 478-23. G. O. No. 11141 del 31 de enero de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 58-24
VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias números 6269 y 6270, del 28 de septiembre 2023; y 6852, 6853,
6854, 6855, 6856, 6857, 6858, 3301, 6766, 6767, 6768 6978, 6979, 6980, del 8, 13 y 15 de
noviembre de 2023; y 7686, 7687, 7688, 7689, 7690, 7691, del 19 de diciembre de 2023, y
que, por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las
personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de
naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:
1.
Luz Dary Suárez Buitrago, de nacionalidad colombiana.
2.
Yoanki Jesús Nieves Rodríguez, de nacionalidad cubana.
3.
Ana María Rojas Martínez, de nacionalidad peruana.
4.
Lorenzo Francesco Luppi, de nacionalidad italiana.
5.
Pavlo Anatoliyovych Plotnikov, su esposa Nataliia Serguiyivna Naumova, su hijo
Anatolii Pavlovych Plotnikov y su hijo menor Bohdan Pavlovych Plotnikov, de
nacionalidad ucraniana.
6.
Yoann Pierre Wilfrid Charlier y su esposa, Elsa Adrienne Elisabeth Cardi, ambos de
nacionalidad francesa.
7.
José Francisco Barreto Cabello, de nacionalidad venezolana.
8.
Víctor Noel Bastet, de nacionalidad francesa.
9.
Williams José Pacheco Oliveros, de nacionalidad venezolana.
10. Rosa Victoria Sánchez Caldera, de nacionalidad venezolana.
11. Oscar Manuel Venegas Mendoza y su esposa, Claudia Janeth Fernández Cárdenas,
ambos de nacionalidad colombiano.
12. Noelia Villarroel Arredondo, de nacionalidad venezolana.
13. Nirva Bruny, de nacionalidad haitiana.
14. Mario Enrique Medina Gutiérrez, de nacionalidad peruana.
15. Juan Carlos Araujo Sandoval, de nacionalidad venezolana.
16. Ginna Patricia Sarria Martos, de nacionalidad colombiana.
17. Edwin Cidh Maldonado Tapia, de nacionalidad boliviana.
18. Anatolii Kazymyrovych Linkevych, de nacionalidad ucraniana.
19. Adrián Rafael Morales González y su madre, Ana María González Sigler, ambos de
nacionalidad cubana.
20. Federico Vásquez Tenorio, de nacionalidad peruana.
21. Marina de la Trinidad Barrios Lander, de nacionalidad venezolana.
22. Santiago Beato Sanchís, de nacionalidad española.
23. Giovanni Casella, de nacionalidad italiana.
ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 9 de artículo 1 del Decreto núm. 230-23, del 5 de
junio de 2023, para que en adelante se lea de la manera siguiente:
9.
Odette Susana Armaza Valda, de nacionalidad bolivia.
ARTÍCULO 3. Se modifica el numeral 12 del artículo 1 del Decreto núm. 331-23, del 21 de
julio de 2023, para que en adelante sea lea de la manera siguiente:
12. Yamil Orozco, su esposa, Miryan González Carvajal; y su hijo, José David Orozco
González, y su hija, Diana Carolina Orozco González, de nacionalidad colombiana.
ARTÍCULO 4. Se modifican los numerales 5, 8, 10, 13 y 18 del artículo 1 del Decreto núm.
478-23, del 3 de octubre de 2023, para que en adelante se lea de la manera siguiente:
5. Mario Alberto Milán Martín y su esposa, Edith Lastres Marrero, ambos de
nacionalidad cubana.
8. Ilya Igorevich Kislitsyn y Yulia Gennadievna Maklakona, de nacionalidad rusa.
10. Davorin Kasac, su esposa Renata Dumancic, su hijo Vjera Kasac y su hija Neva
Kasac, de nacionalidad croata.
13. Alexander Vyacheslavovich Karpetskiy, de nacionalidad rusa.
18. Magomed-emin Elievich Dzhabrailov, de nacionalidad rusa.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024); año
180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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