Texto de la norma
Dec. núm. 658-23 que declara duelo oficial el día 3 de enero del 2024, con motivo del
fallecimiento del embajador Frank Hans Dannenberg Castellanos. G. O. No. 11138 del
29 de diciembre de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 658-23
CONSIDERANDO: Que ha fallecido Su Excelencia Frank Hans Dannenberg Castellanos,
quien fue un experimentado diplomático dominicano que se desempeñó con dedicación y
esfuerzo continuo como embajador extraordinario y plenipotenciario de la República
Dominicana en la República de la India, la Federación Rusa y Canadá, teniendo
concurrencias en países como Tailandia, Malasia, Vietnam, Sri Lanka, Filipinas, Isla
Mauricio, Kazajstán, Armenia, Bielorrusia, Kirguistán, Uzbekistán, Mongolia, Moldavia y
Tayikistán, dejando a su paso una huella indeleble en las relaciones bilaterales y en la
promoción de la cultura dominicana en el extranjero.
CONSIDERANDO: Que, además de en el ámbito diplomático, el embajador Dannenberg
Castellanos es recordado por su notorio interés en las áreas de turismo, aviación comercial y
relaciones internacionales. En este sentido, dirigió proyectos estratégicos relacionados con
cruceros, líneas aéreas y marketing internacional, enfocando esfuerzos hacia Rusia, Asia
Central y América del Norte.
CONSIDERANDO: Que el embajador Dannenberg Castellanos ostentó cargos públicos y
privados, entre los cuales se destacan viceministro de Turismo de la República Dominicana,
director ejecutivo de la Asociación de Hoteles de Puerto Plata, director comercial de APA
International Airlines, entre otros, fortaleciendo las relaciones intergubernamentales y
comerciales de la República Dominicana.
CONSIDERANDO: Que su trascendental carrera diplomática siempre estuvo caracterizada
por su carisma, proactividad y un desinteresado trato humano, garantizando así que cada
dominicano se sintiera bienvenido tanto en las embajadas que dirigió como en su propia
residencia personal.
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado dominicano reconocer destacadas figuras
como el embajador Frank Hans Dannenberg Castellanos quien, guiado por sus valores
humanos y su compromiso al servicio, ha enaltecido la Patria dominicana en el plano
internacional.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 108, del 21 de marzo de 1967, sobre Días Festivos, de Duelo y de
Conmemoración.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de duelo oficial el día tres (3) de enero de 2024, por el
fallecimiento del embajador Frank Hans Dannenberg Castellanos.
ARTÍCULO 2. Se instruye al Ministerio de Defensa a que rinda los honores militares a este
destacado y honorable ciudadano dominicano.
ARTÍCULO 3. En el día señalado, la Bandera Nacional deberá ondear a media asta en los
recintos militares y edificios públicos en todo el país.
ARTÍCULO 4. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés
(2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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