miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 606-23

que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con las denominaciones Glorias del Deporte de San Carlos y Glorias de la Música de San Carlos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 nov de 2023fecha
Otrostipo
G. O. 11130Gaceta Oficial del 4 dic de 2023
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 606-23 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con las denominaciones Glorias del Deporte de San Carlos y Glorias de la Música de San Carlos. G. O. No. 11130 del 4 de diciembre de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 606-23 CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 2461, del 18 de julio de 1950, sobre especies timbradas, establece que la emisión que la emisión de especies timbradas para el pago de impuesto, derechos, tasas o contribuciones que de acuerdo con las leyes fiscales debe hacerse, en todo o en parte, por ese medio será dispuesta por decreto. CONSIDRANDO: Que el artículo 2 de la citada ley dispone que se requiere un decreto del Poder ejecutivo para toda revaluación de las especies timbradas, así como para su desvalorización e incineración. CONSIDERANDO: Que, asimismo, la referida Ley núm. 2461, en su artículo 3 instituye que los proyectos de decreto para la emisión, revaluación e incineración de especies timbradas serán sometidos al Poder Ejecutivo por el ministro de Hacienda (anteriormente secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público), cada vez que este funcionario lo estime necesario, o a propuesta que le haga el Tesorero de la República, en vista del estado de la existencia de las especies timbradas correspondientes o de la ejecución de leyes fiscales. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 494-06, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda) en su artículo 3, numeral 20, dispone como una de las atribuciones del secretario de Hacienda “registrar y custodiar los valores financieros y los fondos públicos, emitir y custodiar las especies timbradas, así como administrar las fianzas y garantías recibidas”. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 2461, del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas. VISTO: El oficio MH-2023-035010, del 8 de noviembre de 2023, dirigido al presidente de la República por el ministro de Hacienda, en el que solicita la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes: a) Denominación: “Glorias del Deporte de San Carlos” Valor: RD$35.00 cada uno Cantidad: 10,500 ejemplares (1,500 hojas de 7 sellos cada una) b) Denominación: “Glorias de la Música de San Carlos” Valor: RD$35.00 cada uno Cantidad: 10,500 ejemplares (1,500 hojas de 7 sellos cada una) ARTÍCULO 2. Los sellos postales referidos en el artículo precedente serán impresos bajo el procedimiento offset multicolor. ARTÍCULO 3. Para las indicadas emisiones se utilizará papel tropicalizado, engomado, de 56 gramos, sustancia 103 GM2. ARTÍCULO 4. El tamaño de cada uno de los sellos postales a que se refiere el presente decreto será determinado por la Comisión Oficial Filatélica. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Tesorería Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona