miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 572-23

que concede el beneficio de la jubilación y otorga una pensión del Estado por antigüedad en el servicio a varios ex empleados públicos y aumenta las pensiones concedidas a 5 personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 nov de 2023fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11128Gaceta Oficial del 20 nov de 2023
Poder Ejecutivoórgano
164personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Abraham de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Adalgisa Antonia QuezadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,800.00
Adalgiza Altagracia Salomon RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$58,888.89
Alba Reyes SosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$17,131.25
Alcibiades Castillo RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$13,200.00
Alejo SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Alexi Alejandro Ferreras BelloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Amelia Medina de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
America Antonia Jimenez RojasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$80,000.00
Ana Joaquina Mora RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$80,000.00
Ana Mercedes Duran VictorianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$11,840.40
Ana Silvia Maria de HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$25,023.68
Ana Ysidra de Jesus FañaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Andres Julio Guzman PichardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Angel Augusto Suero PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Angela Balentina Portorreal CapellanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$22,366.67
Angela Maria Rodriguez GrullartEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,890.00
Angela Rodriguez PayanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Antonio UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Armando Antonio Almanzar BotelloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$80,000.00
Basilia Batista Perdomo de GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Belkis Amarilis Sabatel SantiagoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$27,889.31
Benito Arias SuazoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Berquis Magalis Moreno Mateo de FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$24,000.00
Bethania Elizabeth del Socorro Viñas AraujoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$54,000.00
Bienvenido Vasquez GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$26,312.30
Carlos Laureano MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$22,584.85
Carlos Manuel ContrerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Carmen Alvarez RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Carmen ReynosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Cecilio Joaquin MendezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Constancio Miguel Angel Tejeda AraujoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$38,500.00
Cristino Diaz RivasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Damian Gonzalez CornielleEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$16,496.87
Dario Zozimo Mendez JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$11,704.34
Dionicio VillarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,193.04
Eduviges Vasquez ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Eladia Altagracia Rodriguez MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$33,254.09
Elba Maritza Corniel de RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,500.02
Elena Medina de de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Eloy Antonio Tineo CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Emiliano RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Enercida Lucia Abreu Jerez de RojasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Esequiel Benitez BautistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Esmeralda Maria AvelardaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Esmeraldo Garcia PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Estela Alejandrina Bloise de LiranzoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Esterbina de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Estervina OrtizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Eusebia Jiminian RoqueEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Facundo PeraltaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Fatima Mercedes de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$15,382.85
Felicia Reyes del Rosario de BritoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Fernando TrinidadEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,498.18
Filgia Ramona Segura SeguraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$13,884.58
Florentino Polanco GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$12,673.78
Franklin Delano Soto PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Gertrudiz de Jesus FlorentinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Gilda Gisela VenturaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$44,844.04
Haydee Juliana Marcelo CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$19,174.39
Hector Gonzalez VallejoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Herminia Martinez SolanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Isabel Altagracia Castillo CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Jacobo Hernandez LeonardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$16,266.15
Jorge Antonio Nina RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$20,160.00
Jose Altagracia Rodriguez MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$79,920.00
Jose Arturo Ubiera LoraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$35,521.20
Jose Francisco Jimenez DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$14,636.45
Jose Marcelino Baez MorelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$49,801.47
Jose Miguel Castillo RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$26,312.30
Jose Zacarias Blanco PuelloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$11,550.00
Juan Alvaro Gonzalez LirianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$39,001.32
Juan Bautista de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Juan Bautista Mateo PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Juan Francisco Fernandez FernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Juan Jose Polanco JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,094.00
Juan ManzuetaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Juan MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Juan Rafael Dilone GutierrezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Juana Cecilia Salcedo de AzaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Juana Margarita CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,120.00
Juliana de la Cruz de CampusanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$68,103.67
Julio Suarez MejiasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$80,000.00
Justo German Guerrero AmadorEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Leonte Tineo RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$26,525.68
Leopoldo Jimenez LeguisamoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$16,527.97
Leyda Modesta Vasquez de BadiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$49,171.12
Lilian Mercedes Heredia PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$25,244.45
Lorenzo Jorge GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$49,000.00
Lorenzo MateoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Lucila Holguin de de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$27,193.90
Luis Antonio MariñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$13,459.99
Luis Caonabo Peña CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$18,329.50
Luis ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Manuel Enrique Peña CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$80,000.00
Marcelina Diaz LorenzoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$11,616.00
Marcelino Rodriguez MoraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$14,697.75
Marcelino Valdez HerediaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$38,500.00
Margarita Morillo MorilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$48,000.00
Maria Amalia Martinez Bobier de VaronaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Maria Benita Diaz FerreiraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Maria de la Cruz AbreuEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Maria de la Cruz Oleaga HilarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$28,112.61
Maria de los Angeles Maldonado SilvestreEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Maria Estela Valdez SepulvedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$42,000.00
Maria Gertrudis Martinez BurgosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,193.04
Maria Lucrecia Diaz Turbi de GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$25,195.07
Maria Teresa Tejada MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Martha Yrene del Carmen Espaillat EspaillatEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$25,975.20
Martin Collado TorresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Mercedes Germania Nuñez ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$23,309.10
Mercedes Vargas PaulinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Migdalia Gertrudis BonillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Miguel Ramon Neris EsqueaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$48,000.00
Mildred Antonia Guzman PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$51,384.42
Mirtha Gonzalez RuizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$29,411.56
Nidia Perez de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$15,882.11
Olga Vianela Rodriguez TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$19,177.93
Oscar Fredy Martin Duarte MiñosoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$76,475.00
Pablo ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$23,166.67
Pacuala Altagracia Rodriguez RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Pedro Julio PegueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$12,127.50
Pedro Leonardo HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$14,062.92
Pedro Quezada ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Porfirio NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Rafael Emilio Suarez BidoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$11,203.20
Rafael Orlando Reynoso VenturaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$17,600.00
Rafael William Baez FiguereoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$34,650.00
Ramon Antonio GermanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Ramon Antonio Vargas TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Ramon Enrique Torres de TorresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$12,273.60
Ramon Santo Mercedes ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$24,500.00
Ramona Altagracia Vargas VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$27,360.00
Robinson Bernabe AybarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$77,555.56
Rosa Ana Antonia Castro CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Rosa de los Santos ManzuetaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$25,195.07
Rosa Perez de OleoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Rosario Altagracia Ruiz de BisonoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$19,261.67
Sandra Elizabeth Pinales de ValenzuelaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$38,500.00
Sandy Altagracia Hernandez RoblesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Santos Eleuterio Vasquez CompresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$11,550.00
Sergio Augusto SencionEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Sergio Celestino Polanco PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$40,000.00
Teresita de Jesus Cepeda JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Valeriano Plasencia CanelaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Victor FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Victor Militon Martinez CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$18,081.49
Vilma Maria Lugo de EspinalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$47,216.67
Ynocencio Manzueta BelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Ysabel Encarnacion CaparrosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Zoilo Concepcion PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$10,000.00
Luisa Adelaida Perez GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$31,500.00
Lucio de los Santos ChalasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$21,000.00
Genara Lopez AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$24,338.25
Candia Marilys Matos MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$23,995.30
Viviana Rosina Castillo PichardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—RD$36,000.00
Maria Amalia Martinez BobierPensión—
Maria de los Angeles MaldonadoPensión—
Maria Lucrecia Diaz TurbiPensión—
Martha Yrene del CarmPensión—
Pacuala Altagracia RodriguezPensión—
Ramona Altagracia VargasPensión—
Sandra Elizabeth PinalesPensión—
Sandy Altagracia HernandezPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (12,248 caracteres)
Dec. núm. 572-23 que concede el beneficio de la jubilación y otorga una pensión del Estado por antigüedad en el servicio a varios ex empleados públicos y aumenta las pensiones concedidas a 5 personas. G. O. No. 11128 del 20 de noviembre de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 572-23 CONSIDERANDO: Que el artículo 60 de la Constitución de la República, establece: “Derecho a la seguridad social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez”. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), es una dependencia del Ministerio de Hacienda, que tiene como propósito administrar el sistema de reparto amparado en la Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, la cual crea un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para Funcionarios y Empleados Públicos. CONSIDERANDO: que la Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda), se encarga de administrar los fondos públicos, generados por las cotizaciones de los ciudadanos en su vida laboral activa y del presupuesto que le es asignado conforme a la ley, destinado a hacer efectivo el pago de las pensiones que indican las leyes y planes correspondientes a tales fines. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, que establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones Civiles del Estado dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos. VISTA: La Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda). VISTOS: Los oficios DGJP-2023-07542, del 17 de octubre de 2023 y DGJP-2023-07577, del 19 de octubre de 2023, del director general de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano por antigüedad en el servicio a las siguientes personas: Monto Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y RD$ electoral ABRAHAM DE LA ROSA [cédula] 10,000.00 ADALGISA ANTONIA QUEZADA [cédula] 10,800.00 ADALGIZA ALTAGRACIA SALOMON RODRIGUEZ [cédula] 58,888.89 ALBA REYES SOSA [cédula] 17,131.25 ALCIBIADES CASTILLO ROSARIO [cédula] 13,200.00 ALEJO SANCHEZ [cédula] 10,000.00 ALEXI ALEJANDRO FERRERAS BELLO [cédula] 10,000.00 AMELIA MEDINA DE LA CRUZ [cédula] 10,000.00 AMERICA ANTONIA JIMENEZ ROJAS [cédula] 80,000.00 ANA JOAQUINA MORA RODRIGUEZ [cédula] 80,000.00 ANA MERCEDES DURAN VICTORIANO [cédula] 11,840.40 ANA SILVIA MARIA DE HERNANDEZ [cédula] 25,023.68 ANA YSIDRA DE JESUS FAÑA [cédula] 10,000.00 ANDRES JULIO GUZMAN PICHARDO [cédula] 10,000.00 ANGEL AUGUSTO SUERO PEÑA [cédula] 10,000.00 ANGELA BALENTINA PORTORREAL CAPELLAN [cédula] 22,366.67 ANGELA MARIA RODRIGUEZ GRULLART [cédula] 10,890.00 ANGELA RODRIGUEZ PAYANO [cédula] 10,000.00 ANTONIO UREÑA [cédula] 10,000.00 ARMANDO ANTONIO ALMANZAR BOTELLO [cédula] 80,000.00 BASILIA BATISTA PERDOMO DE GUZMAN [cédula] 10,000.00 BELKIS AMARILIS SABATEL SANTIAGO [cédula] 27,889.31 BENITO ARIAS SUAZO [cédula] 10,000.00 BERQUIS MAGALIS MORENO MATEO DE FELIZ [cédula] 24,000.00 BETHANIA ELIZABETH DEL SOCORRO VIÑAS ARAUJO [cédula] 54,000.00 BIENVENIDO VASQUEZ GUERRERO [cédula] 26,312.30 CARLITA CAMACHO HILARIO DE RAMOS [cédula] 80,000.00 CARLOS LAUREANO MARTINEZ [cédula] 22,584.85 CARLOS MANUEL CONTRERAS [cédula] 10,000.00 CARMEN ALVAREZ RODRIGUEZ [cédula] 10,000.00 CARMEN REYNOSO [cédula] 10,000.00 CECILIO JOAQUIN MENDEZ [cédula] 10,000.00 CONSTANCIO MIGUEL ANGEL TEJEDA ARAUJO [cédula] 38,500.00 CRISTINO DIAZ RIVAS [cédula] 10,000.00 DAMIAN GONZALEZ CORNIELLE [cédula] 16,496.87 DARIO ZOZIMO MENDEZ JIMENEZ [cédula] 11,704.34 DIONICIO VILLAR [cédula] 10,193.04 EDUVIGES VASQUEZ VALDEZ [cédula] 10,000.00 ELADIA ALTAGRACIA RODRIGUEZ MEDINA [cédula] 33,254.09 ELBA MARITZA CORNIEL DE RODRIGUEZ [cédula] 10,500.02 ELENA MEDINA DE DE LA ROSA [cédula] 10,000.00 ELOY ANTONIO TINEO CRUZ [cédula] 10,000.00 EMILIANO RAMIREZ [cédula] 10,000.00 ENERCIDA LUCIA ABREU JEREZ DE ROJAS [cédula] 10,000.00 ESEQUIEL BENITEZ BAUTISTA [cédula] 10,000.00 ESMERALDA MARIA AVELARDA [cédula] 10,000.00 ESMERALDO GARCIA PEÑA [cédula] 10,000.00 ESTELA ALEJANDRINA BLOISE DE LIRANZO [cédula] 10,000.00 ESTERBINA DE LA ROSA [cédula] 10,000.00 ESTERVINA ORTIZ [cédula] 10,000.00 EUSEBIA JIMINIAN ROQUE [cédula] 10,000.00 FACUNDO PERALTA [cédula] 10,000.00 FATIMA MERCEDES DE LA ROSA [cédula] 15,382.85 FELICIA REYES DEL ROSARIO DE BRITO [cédula] 10,000.00 FERNANDO TRINIDAD [cédula] 10,498.18 FILGIA RAMONA SEGURA SEGURA [cédula] 13,884.58 FLORENTINO POLANCO GARCIA [cédula] 12,673.78 FRANKLIN DELANO SOTO PEREZ [cédula] 10,000.00 GERTRUDIZ DE JESUS FLORENTINO [cédula] 10,000.00 GILDA GISELA VENTURA [cédula] 44,844.04 HAYDEE JULIANA MARCELO CABRERA [cédula] 19,174.39 HECTOR GONZALEZ VALLEJO [cédula] 10,000.00 HERMINIA MARTINEZ SOLANO [cédula] 10,000.00 ISABEL ALTAGRACIA CASTILLO CASTILLO [cédula] 10,000.00 JACOBO HERNANDEZ LEONARDO [cédula] 16,266.15 JORGE ANTONIO NINA RODRIGUEZ [cédula] 20,160.00 JOSE ALTAGRACIA RODRIGUEZ MEDINA [cédula] 79,920.00 JOSE ARTURO UBIERA LORA [cédula] 35,521.20 JOSE FRANCISCO JIMENEZ DIAZ [cédula] 14,636.45 JOSE MARCELINO BAEZ MOREL [cédula] 49,801.47 JOSE MIGUEL CASTILLO ROSARIO [cédula] 26,312.30 JOSE ZACARIAS BLANCO PUELLO [cédula] 11,550.00 JUAN ALVARO GONZALEZ LIRIANO [cédula] 39,001.32 JUAN BAUTISTA DE LA CRUZ [cédula] 10,000.00 JUAN BAUTISTA MATEO PEÑA [cédula] 10,000.00 JUAN FRANCISCO FERNANDEZ FERNANDEZ [cédula] 10,000.00 JUAN JOSE POLANCO JIMENEZ [cédula] 10,094.00 JUAN MANZUETA [cédula] 10,000.00 JUAN MARTINEZ [cédula] 10,000.00 JUAN RAFAEL DILONE GUTIERREZ [cédula] 10,000.00 JUANA CECILIA SALCEDO DE AZA [cédula] 10,000.00 JUANA MARGARITA CASTILLO [cédula] 10,120.00 JULIANA DE LA CRUZ DE CAMPUSANO [cédula] 68,103.67 JULIO SUAREZ MEJIAS [cédula] 80,000.00 JUSTO GERMAN GUERRERO AMADOR [cédula] 10,000.00 LEONTE TINEO ROSARIO [cédula] 26,525.68 LEOPOLDO JIMENEZ LEGUISAMO [cédula] 16,527.97 LEYDA MODESTA VASQUEZ DE BADIA [cédula] 49,171.12 LILIAN MERCEDES HEREDIA PEREZ [cédula] 25,244.45 LORENZO JORGE GOMEZ [cédula] 49,000.00 LORENZO MATEO [cédula] 10,000.00 LUCILA HOLGUIN DE DE JESUS [cédula] 27,193.90 LUIS ANTONIO MARIÑEZ [cédula] 13,459.99 LUIS CAONABO PEÑA CUEVAS [cédula] 18,329.50 LUIS REYES [cédula] 10,000.00 MANUEL ENRIQUE PEÑA CABRERA [cédula] 80,000.00 MARCELINA DIAZ LORENZO [cédula] 11,616.00 MARCELINO RODRIGUEZ MORA [cédula] 14,697.75 MARCELINO VALDEZ HEREDIA [cédula] 38,500.00 100 MARGARITA MORILLO MORILLO [cédula] 48,000.00 101 MARIA AMALIA MARTINEZ BOBIER DE VARONA [cédula] 10,000.00 102 MARIA BENITA DIAZ FERREIRA [cédula] 10,000.00 103 MARIA DE LA CRUZ ABREU [cédula] 10,000.00 104 MARIA DE LA CRUZ OLEAGA HILARIO [cédula] 28,112.61 105 MARIA DE LOS ANGELES MALDONADO SILVESTRE [cédula] 10,000.00 106 MARIA ESTELA VALDEZ SEPULVEDA [cédula] 42,000.00 107 MARIA GERTRUDIS MARTINEZ BURGOS [cédula] 10,193.04 108 MARIA LUCRECIA DIAZ TURBI DE GUZMAN [cédula] 25,195.07 109 MARIA TERESA TEJADA MARTINEZ [cédula] 10,000.00 110 MARINA FRANCISCO JORGE [cédula] 10,000.00 111 MARTHA YRENE DEL CARMEN ESPAILLAT ESPAILLAT [cédula] 25,975.20 112 MARTIN COLLADO TORRES [cédula] 10,000.00 113 MERCEDES GERMANIA NUÑEZ REYES [cédula] 23,309.10 114 MERCEDES VARGAS PAULINO [cédula] 10,000.00 115 MIGDALIA GERTRUDIS BONILLA [cédula] 10,000.00 116 MIGUEL RAMON NERIS ESQUEA [cédula] 48,000.00 117 MILDRED ANTONIA GUZMAN PEREZ [cédula] 51,384.42 118 MIRTHA GONZALEZ RUIZ [cédula] 29,411.56 119 NIDIA PEREZ DE LA ROSA [cédula] 15,882.11 120 OLGA VIANELA RODRIGUEZ TAVERAS [cédula] 19,177.93 121 OSCAR FREDY MARTIN DUARTE MIÑOSO [cédula] 76,475.00 122 PABLO REYES [cédula] 23,166.67 123 PACUALA ALTAGRACIA RODRIGUEZ ROSARIO [cédula] 10,000.00 124 PEDRO JULIO PEGUERO [cédula] 12,127.50 125 PEDRO LEONARDO HERNANDEZ [cédula] 14,062.92 126 PEDRO QUEZADA REYES [cédula] 10,000.00 127 PORFIRIO NUÑEZ [cédula] 10,000.00 128 RAFAEL EMILIO SUAREZ BIDO [cédula] 11,203.20 129 RAFAEL ORLANDO REYNOSO VENTURA [cédula] 17,600.00 130 RAFAEL WILLIAM BAEZ FIGUEREO [cédula] 34,650.00 131 RAMON ANTONIO GERMAN [cédula] 10,000.00 132 RAMON ANTONIO VARGAS TAVERAS [cédula] 10,000.00 133 RAMON ENRIQUE TORRES DE TORRES [cédula] 12,273.60 134 RAMON SANTO MERCEDES REYES [cédula] 24,500.00 135 RAMONA ALTAGRACIA VARGAS VARGAS [cédula] 27,360.00 136 ROBINSON BERNABE AYBAR [cédula] 77,555.56 137 ROSA ANA ANTONIA CASTRO CRUZ [cédula] 10,000.00 138 ROSA DE LOS SANTOS MANZUETA [cédula] 25,195.07 139 ROSA PEREZ DE OLEO [cédula] 10,000.00 140 ROSARIO ALTAGRACIA RUIZ DE BISONO [cédula] 19,261.67 141 SANDRA ELIZABETH PINALES DE VALENZUELA [cédula] 38,500.00 142 SANDY ALTAGRACIA HERNANDEZ ROBLES [cédula] 10,000.00 143 SANTOS ELEUTERIO VASQUEZ COMPRES [cédula] 11,550.00 144 SERGIO AUGUSTO SENCION [cédula] 10,000.00 145 SERGIO CELESTINO POLANCO PEREZ [cédula] 40,000.00 146 TERESITA DE JESUS CEPEDA JIMENEZ [cédula] 10,000.00 147 VALERIANO PLASENCIA CANELA [cédula] 10,000.00 148 VICTOR FELIZ [cédula] 10,000.00 149 VICTOR MILITON MARTINEZ CRUZ [cédula] 18,081.49 150 VILMA MARIA LUGO DE ESPINAL [cédula] 47,216.67 151 YNOCENCIO MANZUETA BELEN [cédula] 10,000.00 152 YSABEL ENCARNACION CAPARROSA [cédula] 10,000.00 153 ZOILO CONCEPCION PEÑA [cédula] 10,000.00 ARTÍCULO 2. Se aumentan las pensiones que les fueron asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: Monto Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y RD$ electoral LUISA ADELAIDA PEREZ GUZMAN [cédula] 31,500.00 LUCIO DE LOS SANTOS CHALAS [cédula] 21,000.00 GENARA LOPEZ ACOSTA [cédula] 24,338.25 CANDIA MARILYS MATOS MATOS [cédula] 23,995.30 VIVIANA ROSINA CASTILLO PICHARDO [cédula] 36,000.00 ARTÍCULO 3. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más les favorezca. ARTÍCULO 4. Si los beneficiarios del presente decreto hubiesen cotizado en el Sistema de Capitalización Individual previsto por la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, deberán agotar el proceso de traspaso de fondos del Sistema de Capitalización Individual al Sistema de Reparto, siempre y cuando cumplan con las disposiciones de la Resolución núm. 437-20, del 18 de noviembre de 2020 y sus modificaciones, aprobada por la Superintendencia de Pensiones, sobre Procesos Operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Fondos y Planes Sustitutivos, y en consecuencia, su afiliación también deberá pasar al Sistema de Reparto. ARTÍCULO 5. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19, del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.