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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 465-23

que concede pensiones especiales del Estado a 121 personas pertenecientes al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 sept de 2023fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11122Gaceta Oficial del 29 sept de 2023
Poder Ejecutivoórgano
121personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Adolfo Antonio Solis UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Amable Ulises Montas RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Amancio Pedro Lopez DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Consuelo Henriquez de SeguraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Enma AracenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Maria Corsino y DipresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Andres Rivera LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Antolin del Orbe PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bernardo Perez CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bienvenido Manuel A Geraldo ZapataEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlita Filomena Ramirez PolonioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Andres Rivera SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Jesus Perez ValentinEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Maria Melo LebronEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cesar Antonio Santana SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cristino Escolastico LunaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cruz Antonio Tavarez UbieraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Daniel Araujo MontasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Darquis Mercedes Cadena SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
David Esteban Medrano AguiloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Antonio Fajardo HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Augusto Tavera UlloaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Muñoz PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Sosa MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ector Casimiro Almonte MejiasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eddy Americo Matos CuriEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Epifanio Rojas CorderoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ernesto Norberto Libert RichardsonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Esther Juanita Morillo CorcinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Federico de Jesus Pellerano CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felipe Augusto Rodriguez AguiloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felipe Roman Espinal SorianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Amador Zorrilla ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Antonio Fajardo SabasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fernando Azor ShephEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fernando Oscar Lopez RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fernando Sanchez CornielEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Florencia Mercedes Gonzalez de MendezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francis Nestaly Subero PimentelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Freddy Elpidio MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
German Feliz FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gilberto MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hamlet Minaya FlorencioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Jose de Leon MendezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Leonidas Sencion LucianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Antonio Rojas ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hilario MorlaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hilda Isabel Marte Alvarez de AcevedoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ivan Francisco Morales SeverinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jacinto Jose Fernandez MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jhony Fernando Mendez LedesmaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Joaquin Enrique Apolito FernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jordi de Jesus Hernandez FuerteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jorge Quezada ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Amado AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Antonio Espinal OrtegaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Arcenio Echavarria TavarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Dolores Espinosa FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Fantino Rijo GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Fidencio Hernadez GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Luis Guillermo Nazario LoraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Miguel Mendez CabralEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefina Almonte CandamoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Joubert Amado MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Bernardo Vasquez GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Maria Mercedes Santana HidalgoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Tomas HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Rafael Damiron TrinidadEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Rafael Medina CedanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leoncio Manuel Ernesto Peguero GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lidi Altagracia Florentino de de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luca Juvenal Valenzuela AbreuEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucas Bolívar Aquino SalcedoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Antonio Sanchez CornielEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Manuel Alejo MejiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Osbaldo Araujo SotoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luisa Maria de la Concepcion Wiese GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luz Maria Guerrero EncarnacionEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Antonio Ramirez ZayasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Emilio Nina MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Roberto Martinez CepedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marino Antonio Estrella VasquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marino Enrique Sanchez NinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mayobanex Sanchez MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Elvira Ledesma WellsEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Miguelina Dietsch RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Angel Gonzalez ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Angel Reyes RomanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Enrique Paniagua RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Minerva Baez Feliz de TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nelson Rafael Nuñez GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nelson Well AdamesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Noemi Fernandez Nin de BetancesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Onesimo Vasquez UrbaezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Celestino Martinez MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Maria Gross FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Ramon Peña LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Prospero Antonio Borrero AraujoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio del Rosario CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Emilio Perez RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón Hipolito Rivas MorelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Orlando Mesa RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Raúl Bravo EscarramánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rodolfo Antonio Feliz AlbaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Maria Rodriguez SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosalina Nin Sanchez de LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Samuel Augusto Peña SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Samuel Prado ParedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santiago Valentin Rosario SosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sergio de los Santos Lopez LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Simon Bolivar Jimenez RijoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Socrates Jose Lopez CalderonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Tammy Cecilia de los Angeles Franco CandelarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teofilo de la Cruz JavierEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Tomas Dionisio Sepulveda MotaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Valentin Guerrero RomeroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Victor Julio SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Xiomara Vargas CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yngrid Lucitanea del Carmen Lockward CarbucciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 465-23 que concede pensiones especiales del Estado a 121 personas pertenecientes al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores. G. O. No. 11122 del 29 de septiembre de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 465-23 CONSIDERANDO: Que el artículo 60 de la Constitución dominicana, establece: “Derecho a la Seguridad Social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez”. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), es una dependencia del Ministerio de Hacienda, que tiene como propósito administrar el sistema de reparto amparado en la Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, que crea un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para Funcionarios y Empleados Públicos, y que la Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda), la cual se encarga de administrar los fondos públicos generados por las cotizaciones de los ciudadanos en su vida laboral activa y del presupuesto que le es asignado conforme a la ley, destinado a hacer efectivo el pago de las pensiones que indican las leyes y planes correspondientes a tales fines. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 6160, del 11 de enero de 1963, que crea el Colegio Dominicano de Ingenieros, y Arquitectos (CODIA), la cual en su artículo 6 establece: Que dicho Colegio tendrá dentro de sus funciones principales, servir como guardián del interés público y actuar como asesor del Estado en los asuntos de su competencia. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, que establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones Civiles del Estado dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos. VISTA: La Ley núm. 6160, del 11 de enero de 1963, que crea el Colegio Dominicano de Ingenieros y Arquitectos (CODIA), modificada en sus artículos 1, 3 y 4 mediante la Ley núm. 6201 del 22 de febrero de 1963, que crea el Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA). VISTA: La Ley núm. 494-06, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda, de fecha 27 de diciembre de 2006. VISTO: El oficio DGJP-2023-05455, del 7 de agosto de 2023, del Director General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano por un monto de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a las siguientes personas perteneciente al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA): NÚM. NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL ADOLFO ANTONIO SOLIS UREÑA [cédula] AMABLE ULISES MONTAS RODRIGUEZ [cédula] AMANCIO PEDRO LOPEZ DIAZ [cédula] ANA CONSUELO HENRIQUEZ DE SEGURA [cédula] ANA ENMA ARACENA [cédula] ANA MARIA CORSINO Y DIPRES [cédula] ANDRES RIVERA LOPEZ [cédula] ANTOLIN DEL ORBE PEÑA [cédula] BERNARDO PEREZ CASTILLO [cédula] BIENVENIDO MANUEL A GERALDO ZAPATA [cédula] CARLITA FILOMENA RAMIREZ POLONIO [cédula] CARLOS ANDRES RIVERA SANCHEZ [cédula] CARLOS CASTRO [cédula] CARLOS JESUS PEREZ VALENTIN [cédula] CARLOS MARIA MELO LEBRON [cédula] CESAR ANTONIO SANTANA SANTANA [cédula] CRISTINO ESCOLASTICO LUNA [cédula] CRUZ ANTONIO TAVAREZ UBIERA [cédula] DANIEL ARAUJO MONTAS [cédula] DARQUIS MERCEDES CADENA SANTANA [cédula] DAVID ESTEBAN MEDRANO AGUILO [cédula] DOMINGO ANTONIO FAJARDO HERNANDEZ [cédula] DOMINGO AUGUSTO TAVERA ULLOA [cédula] DOMINGO MUÑOZ PEREZ [cédula] DOMINGO SOSA MARTE [cédula] ECTOR CASIMIRO ALMONTE MEJIAS [cédula] EDDY AMERICO MATOS CURI [cédula] EPIFANIO ROJAS CORDERO [cédula] ERNESTO NORBERTO LIBERT RICHARDSON [cédula] ESTHER JUANITA MORILLO CORCINO [cédula] FEDERICO DE JESUS PELLERANO CASTILLO [cédula] FELIPE AUGUSTO RODRIGUEZ AGUILO [cédula] FELIPE ROMAN ESPINAL SORIANO [cédula] FELIX AMADOR ZORRILLA VALDEZ [cédula] FELIX ANTONIO FAJARDO SABAS [cédula] FERNANDO AZOR SHEPHARD [cédula] FERNANDO OSCAR LOPEZ RAMIREZ [cédula] FERNANDO SANCHEZ CORNIEL [cédula] FLORENCIA MERCEDES GONZALEZ DE MENDEZ [cédula] FRANCIS NESTALY SUBERO PIMENTEL [cédula] FREDDY ELPIDIO MEDINA [cédula] GERMAN FELIZ FELIZ [cédula] GILBERTO MARTINEZ [cédula] HAMLET MINAYA FLORENCIO [cédula] HECTOR JOSE DE LEON MENDEZ [cédula] HECTOR LEONIDAS SENCION LUCIANO [cédula] HECTOR ANTONIO ROJAS REYES [cédula] HILARIO MORLA [cédula] HILDA ISABEL MARTE ALVAREZ DE ACEVEDO [cédula] IVAN FRANCISCO MORALES SEVERINO [cédula] JACINTO JOSE FERNANDEZ MATOS [cédula] JHONY FERNANDO MENDEZ LEDESMA [cédula] JOAQUIN ENRIQUE APOLITO FERNANDEZ [cédula] JORDI DE JESUS HERNANDEZ FUERTE [cédula] JORGE QUEZADA VALDEZ [cédula] JOSE AMADO ACOSTA [cédula] JOSE ANTONIO ESPINAL ORTEGA [cédula] JOSE ARCENIO ECHAVARRIA TAVAREZ [cédula] JOSE DOLORES ESPINOSA FELIZ [cédula] JOSE FANTINO RIJO GARCIA [cédula] JOSE FIDENCIO HERNADEZ GARCIA [cédula] JOSE LUIS GUILLERMO NAZARIO LORA [cédula] JOSE MIGUEL MENDEZ CABRAL [cédula] JOSEFINA ALMONTE CANDAMO [cédula] JOUBERT AMADO MERCEDES [cédula] JUAN BERNARDO VASQUEZ GOMEZ [cédula] JUAN MARIA MERCEDES SANTANA HIDALGO [cédula] JUAN TOMAS HERNANDEZ [cédula] JULIO RAFAEL DAMIRON TRINIDAD [cédula] JULIO RAFAEL MEDINA CEDANO [cédula] LEONCIO MANUEL ERNESTO PEGUERO GONZALEZ [cédula] LIDI ALTAGRACIA FLORENTINO DE DE LA ROSA [cédula] LUCA JUVENAL VALENZUELA ABREU [cédula] LUCAS BOLÍVAR AQUINO SALCEDO [cédula] LUIS ANTONIO SANCHEZ CORNIEL [cédula] LUIS MANUEL ALEJO MEJIA [cédula] LUIS OSBALDO ARAUJO SOTO [cédula] LUISA MARIA DE LA CONCEPCION WIESE GARCIA [cédula] LUZ MARIA GUERRERO ENCARNACION [cédula] MANUEL ANTONIO RAMIREZ ZAYAS [cédula] MANUEL EMILIO NINA MOTA [cédula] MANUEL ROBERTO MARTINEZ CEPEDA [cédula] MARINO ANTONIO ESTRELLA VASQUEZ [cédula] MARINO ENRIQUE SANCHEZ NINA [cédula] MAYOBANEX SANCHEZ MERCEDES [cédula] MERCEDES ELVIRA LEDESMA WELLS [cédula] MERCEDES MIGUELINA DIETSCH RAMIREZ [cédula] MIGUEL ANGEL GONZALEZ VALDEZ [cédula] MIGUEL ANGEL REYES ROMAN [cédula] MIGUEL ENRIQUE PANIAGUA RODRIGUEZ [cédula] MINERVA BAEZ FELIZ DE TAVERAS [cédula] NELSON RAFAEL NUÑEZ GARCIA [cédula] NELSON WELL ADAMES [cédula] NOEMI FERNANDEZ NIN DE BETANCES [cédula] ONESIMO VASQUEZ URBAEZ [cédula] PEDRO CELESTINO MARTINEZ MENDOZA [cédula] PEDRO MARIA GROSS FELIZ [cédula] PEDRO RAMON PEÑA LOPEZ [cédula] PROSPERO ANTONIO BORRERO ARAUJO [cédula] RAFAEL ANTONIO DEL ROSARIO CASTRO [cédula] RAFAEL NUÑEZ [cédula] RAMON EMILIO PEREZ RODRIGUEZ [cédula] RAMÓN HIPOLITO RIVAS MOREL [cédula] RAMON ORLANDO MESA RODRIGUEZ [cédula] RAÚL BRAVO ESCARRAMÁN [cédula] RODOLFO ANTONIO FELIZ ALBA [cédula] ROSA MARIA RODRIGUEZ SANTOS [cédula] ROSALINA NIN SANCHEZ DE LOPEZ [cédula] SAMUEL AUGUSTO PEÑA SANTOS [cédula] SAMUEL PRADO PAREDES [cédula] SANTIAGO VALENTIN ROSARIO SOSA [cédula] SERGIO DE LOS SANTOS LOPEZ LOPEZ [cédula] SIMON BOLIVAR JIMENEZ RIJO [cédula] SOCRATES JOSE LOPEZ CALDERON [cédula] TAMMY CECILIA DE LOS ANGELES FRANCO CANDELARIO [cédula] TEOFILO DE LA CRUZ JAVIER [cédula] TOMAS DIONISIO SEPULVEDA MOTA [cédula] VALENTIN GUERRERO ROMERO [cédula] VICTOR JULIO SANTANA [cédula] XIOMARA VARGAS CASTILLO [cédula] YNGRID LUCITANEA DEL CARMEN LOCKWARD CARBUCCIA [cédula] ARTÍCULO 2. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más les favorezca. ARTÍCULO 3. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19, del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado y al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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