Mostrar el texto (15,367 caracteres)
Dec. núm. 451-23 que autoriza a los ayuntamientos de Santiago de los Caballeros,
Monte Plata, Distrito Nacional y Bayaguana, a vender terrenos de sus respectivas
propiedades. Modifica varios decretos que autorizaron a éstos a vender dichos terrenos.
G. O. No. 11122 del 29 de septiembre de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 451-23
VISTA: La Ley núm. 176-07, sobre el Distrito Nacional y los Municipios, del 17 de julio de
2007.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del
Distrito Nacional.
VISTO: El literal d) del numeral 3 del artículo 128 de la Constitución de la República,
proclamada el 13 de junio de 2015, el cual establece como atribución del presidente de la
República, en tanto jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a
enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan en garantía
inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 18 de febrero de 2022 y del acta núm. 02-22, del
17 de febrero de 2022, que aprueba la corrección del Decreto núm. 221-08 del 30 de mayo
de 2008.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 15 de diciembre de 2021 y del acta núm. 12-21,
del 15 de julio de 2021, que aprueba la corrección del Decreto núm. 678-20 del 27 de
noviembre de 2020.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 20 de agosto de 2021 y del acta núm. 14-21, del
12 de agosto de 2021, que aprueba la corrección de lo Decreto núm. 303-05 del 7 de mayo
de 2005.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 14 de enero de 2021 y del acta núm. 01-21, del 12
de enero de 2021, que aprueba la corrección del Decreto núm. 571-06 del 21 de noviembre
de 2006.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 15 de noviembre de 2021 y del acta núm. 19-21,
del 11 de noviembre de 2021, que aprueba la corrección del Decreto núm. 473-19 del 13 de
diciembre de 2019.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 10 de junio de 2021 y del acta núm. 10-21, del 8
de junio de 2021, que aprueba la corrección del Decreto núm. 159-10 del 19 de marzo de
2010.
VISTA: La Resolución núm. 51-2022, del 29 de septiembre de 2022, del presidente del
Consejo municipal del Ayuntamiento del Distrito Nacional, que autoriza la corrección del
artículo 15 del Decreto núm. 471-19 del 13 de diciembre de 2019.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio
Bayaguana, provincia Monte Plata, del 30 de junio de 2019 y del acta núm. 005-2019, del 10
de mayo de 2019, que aprueba la corrección del Decreto núm. 200-11 del 24 de marzo de
2010.
VISTAS: Las certificaciones del secretario del Consejo Municipal del Ayuntamiento del
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 20 de junio de 2016, del acta
núm. 05-02 del 7 de febrero de 2002.
VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, del 20 de mayo de 2022 y del acta núm. 07-22, del 12
de mayo de 2022, que aprueba la corrección del Decreto núm. 236-06 del 2 de junio de 2006.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Queda modificado el artículo 11 del Decreto núm. 221-08, del 30 de mayo de
2008, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 11. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a favor de María Ramona Vargas, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 16-norte, manzana
municipal núm. 6-norte, correspondiente a la parcela catastral núm. 127-A-2, D. C. núm.
06, con un área que mide doscientos treinta y seis metros cuadrados punto sesenta y
nueve decímetros cuadrados (236.69 m2), sector Ensanche Libertad, municipio Santiago
de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de cincuenta y un mil novecientos
veintiséis pesos dominicanos con 00/100 (RD$51,926.00), con los siguientes linderos:
1. Al norte, solares municipales números 72 y 262.
2. Al este, solares municipales números 17 y 22.
3. Al sur, solares municipales números 10 y 22.
4. Al oeste, calle 12.
Artículo 2. Queda modificado el artículo 8 del Decreto núm. 678-20, del 27 de noviembre
de 2020, que modifica el numeral 4 del artículo 2 del Decreto núm. 270-90, del 6 de octubre
de 1990, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 8. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a favor de Alberto Concepción Reinoso y Ana Mercedes
Fernández Tavárez, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula] y [cédula], respectivamente, el solar municipal núm. 90-B-7-A-1-B-
1, manzana municipal núm. 2, correspondiente a la parcela catastral núm. 213-B-21-A,
D. C. núm. 06, con un área que mide trescientos dieciséis metros cuadrados punto
cincuenta y siete decímetros cuadrados (316.57 m2), ubicado en el sector Cerros de
Gurabo, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de
dieciocho mil novecientos noventa y cuatro pesos dominicanos con 20/100
(RD$18,994.20), con los siguientes linderos:
1. Al norte, parcela núm. [cédula].
2. Al este, parcela núm. [cédula], propiedad privada.
3. Al sur, calle Proyecto.
4. Al oeste, solar municipal núm. 90-B-7-A-1-B-2.
Artículo 3. Queda modificado el numeral 3 del artículo 1 del Decreto núm. 303-05, del 7 de
mayo de 2005, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, a vender a favor de Juan Rafael Céspedes Céspedes, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 34, manzana
municipal núm. 4, dentro de la parcela catastral núm. 1-porción B, D. C. núm. 01, con
un área que mide ciento veinticinco metros cuadrados punto sesenta y ocho decímetros
cuadrados (125.68 m2), sector Ensanche Bolívar, municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, por la suma de veinte mil ochocientos cuatro pesos dominicanos con
60/100 (RD$20,804.60), con los siguientes linderos:
1. Al norte, solares números 35 y 36.
2. Al este, solares municipales números 37 y 32
3. Al sur, solares municipales números 33-B y 33-A.
4. Al oeste, calle Máximo Grullón.
Artículo 4. Queda modificado el artículo 7 del Decreto núm. 571-06, del 21 de noviembre
de 2008, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 7. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a favor de Olivia Mercedes Henríquez Ferreira, titular de
la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 2,
manzana municipal núm. 55, correspondiente a la parcela catastral núm. 154-A, D. C.
núm. 06, con un área que mide ciento noventa y seis metros cuadrados punto noventa y
ocho decímetros cuadrados (196.98 m2), ubicado en el sector Francis Caamaño,
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de veintiséis mil
cuatrocientos sesenta y cinco pesos dominicanos con 18/100 (RD$26,465.18), con los
siguientes linderos:
1. Al norte, calle núm. 10.
2. Al este, solar municipal núm. 3.
3. Al sur, solares municipales números 6 y 16.
4. Al oeste, solar núm. 1.
Artículo 5. Queda modificado el artículo 19 del Decreto núm. 473-19, del 13 de diciembre
de 2019, que modifica el artículo 8 del Decreto núm. 126-04, del 24 de febrero de 2004, para
que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 19. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a favor de Eridania del Rosario de León de Abreu, titular
de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], heredera del fallecido Elpidio
Manuel de León, el solar municipal núm. 24, manzana núm. 2-Sur, ubicado dentro de la
parcela catastral núm. 127-A-3, D. C. núm. 06, con un área que mide ciento veinte metros
cuadrados punto cincuenta y un decímetros cuadrados (120.51 m2), sector Ensanche
Libertad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de
dieciocho mil novecientos veinte pesos dominicanos con 00/100 (RD$18,920.00), con
los siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 2.
2. Al este, solar municipal núm. 23.
3. Al sur, calle núm. 2.
4. Al oeste, solar municipal núm. 25.
Artículo 6. Queda modificado el artículo 23 del Decreto núm. 159-10, del 19 de marzo de
2010, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 23. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a favor de José Radhamés Rodríguez Tejada, titular de la
cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 8, manzana
municipal núm. 119-3, dentro de la parcela catastral núm. 219, D. C. núm. 06, con un
área que mide doscientos dieciocho metros cuadrados punto treinta y tres decímetros
cuadrados (218.33 m2), ubicado en el sector Los Cerritos, municipio Santiago de los
Caballeros, provincia Santiago, por la suma de ciento nueve mil doscientos diez pesos
dominicanos con 00/100 (RD$109,210.00), con los siguientes linderos:
1. Al norte, solar municipal núm. 31-B-8.
2. Al este, solar municipal núm. 7.
3. Al sur, calle Penetración 1.
4. Al oeste, solar núm. 9.
Artículo 7. Queda modificado el artículo 15 del Decreto núm. 677-20, del 27 de noviembre
de 2020, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 15. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Monte Plata, provincia Monte
Plata, a vender a favor de Gloria María Hernández Contreras, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], una porción de terreno con un área superficial
de ciento doce mil cuatrocientos dieciocho metros cuadrados punto dieciocho decímetros
cuadrados (112,418.18 m2), equivalente a ciento setenta y ocho punto setenta y seis
(178.76) tareas, dentro del ámbito de la parcela catastral núm. 41, D. C. 64-B, ubicada
en el municipio Monte Plata, provincia Monte Plata, por la suma de ciento nueve mil
doscientos diez pesos dominicanos con 00/100 (RD$109,210.00), con los siguientes
linderos:
1. Al norte, parcela núm. 41 (resto).
2. Al este, Sres. Pura Mieses.
3. Al sur, río Congo.
4. Al oeste, carretera Monte Plata-Boyá.
Artículo 8. Queda modificado el artículo 15 del Decreto núm. 471-19, del 13 de diciembre
de 2019, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 15. Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender a favor de la
sociedad comercial Cole, S. R.L., titular del RNC, representada por
Federico Guillermo Pagés Díaz-Valdés, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], una porción de terreno con un área superficial de ciento cincuenta
metros cuadrados punto setenta y seis decímetros cuadrados (150.76 m2), dentro del
ámbito de la parcela núm. 96-A-1-J, D. C. 3, ubicada en el Distrito Nacional, por la suma
de tres millones cuatrocientos ochenta y dos mil pesos dominicanos con 00/100
(RD$3,482,000.00), con los siguientes linderos:
1. Al norte, parcela núm. 96-A-1-1, D. C. núm. 3, propiedad de Dragón Capital, L.T.D.
2. Al este, resto de la peatonal.
3. Al sur, solar núm. 1, manzana núm. 1762, D. C. núm. 1.
4. Al oeste, Av. Abraham Lincoln.
Artículo 9. Queda modificado el artículo 6 del Decreto núm. 200-11, del 24 de marzo de
2011, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 6. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana, provincia Monte
Plata, a vender a favor de Damián Hilario Reyes Durán, titular de la cédula de identidad
y electoral núm. [cédula], un solar que se encuentra dentro del ámbito de la
parcela catastral núm. 125, D. C. núm. 2, con una designación municipal de porción núm.
028/04, con un área corregida de ciento cuarenta punto diez (140.10) tareas, ubicado en
el municipio Bayaguana, provincia Monte Plata, por la suma de doscientos ochenta mil
doscientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$280,200.00), con los siguientes linderos:
1. Al norte, Rosita Melo.
2. Al este, camino vecinal.
3. Al sur, camino.
4. Al oeste, antigua camaronera.
Artículo 10. Queda modificado el artículo 20 del Decreto núm. 471-19, del 13 de diciembre
de 2019, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera:
Artículo 20. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a la sociedad comercial Complejo Industrial Cibao, C. por
A., RNC, representada por Ernesto Juan Aróstegui Berner, titular de
la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de tres millones
quinientos ochenta y seis mil ochocientos pesos dominicanos 00/100 (3,586,800.00), el
solar municipal núm. 286-A-2-A, manzana núm. 4, en la siguiente porciones:
a) Setecientos ochenta y cinco punto veintiocho metros cuadrados (785.28 m2)
dentro de la parcela núm. 7-C-7-B-27, D. C. núm. 8.
b) Trescientos setenta y un punto treinta y tres metros cuadrados (371.33 m2)
dentro de la parcela núm. 7-C-7-B-34, D. C. núm. 8.
1. Al norte, Víctor Franco Santoni.
2. Al este, Víctor Franco Santoni, solar municipal núm. 286-A-12 y calle Genaro Pérez.
3. Al sur, Víctor Franco Santoni y solar municipal núm. 286-A-1-13-A-3.
4. Al oeste, Víctor Santoni.
Artículo 11. Queda modificado el artículo 35 del Decreto núm. 236-06, del 2 de junio de
2006, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
Artículo 35. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, a vender a favor de José Ysmael Núñez Núñez, titular de la cédula
de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 1400, manzana
municipal núm. 95, con la designación catastral del solar núm. 1, manzana núm. 158,
D. C. núm. 01, con un área que mide noventa y tres metros cuadrados punto cuarenta
decímetros cuadrados (93.40 m2), ubicado en el sector La Joya, municipio Santiago de
los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de cincuenta mil quinientos sesenta pesos
dominicanos con 00/100 (RD$50,560.00), con los siguientes linderos:
1. Al norte, calle Eladio Victoria.
2. Al este, propiedad privada.
3. Al sur, solar municipal núm. 1399.
4. Al oeste, calle Pedro M. Hungría.
Artículo 12. Envíese a los ayuntamientos de los municipios Santiago de los Caballeros,
Bayaguana, Monte Plata, Distrito Nacional, a los registradores de títulos correspondientes y
al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés
(2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.