miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 439-23

que autoriza a varios oficiales generales, supervisores, subalternos, alistados y asimilados de las Fuerzas Armadas, a aceptar y usar las condecoraciones otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 sept de 2023fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11121Gaceta Oficial del 20 sept de 2023
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 439-23 que autoriza a varios oficiales generales, supervisores, subalternos, alistados y asimilados de las Fuerzas Armadas, a aceptar y usar las condecoraciones otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas. G. O. No. 11121 del 20 de septiembre de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 439-23 VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos. VISTO: El oficio núm. 54356, del 14 de diciembre de 2021, del teniente general Carlos Luciano Díaz Morfa, ERD, Ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República. VISTO: El oficio núm. 0805, del 21 de agosto de 2023, del general de brigada Jimmy Arias Grullón, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza a aceptar y usar la condecoración “Cruz de Plata”, en segundo grado, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), al oficial general de las Fuerzas Armadas de República Dominicana (FARD): 1. Contralmirante Henry Antonio Guzmán Taveras, ARD. ARTÍCULO 2. Se autoriza a aceptar y usar la “Medalla de Plata”, condecoración en tercer grado, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) al oficial superior de la Fuerzas Armadas de Republica Dominicana (FARD): 1. Coronel Ambiorix de Jesús Cepeda Hernández, ERD (DEM). ARTÍCULO 3. Se autoriza a aceptar y usar la medalla de “Operación Humanitaria de la CFAC”, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) a los siguientes oficiales superiores y subalternos de la Fuerzas Armadas de República Dominicana (FARD): 1. Coronel Pablo Lugo Adames, ERD (MA) 2. Segundo teniente Daniel F. Germosén Vargas, ERD. 3. Segundo teniente Génesis Manuel Gil Rafael, ERD. 4. Subteniente José Miguel López Pérez, ERD. 5. Subteniente Daris González Germán, ERD. 6. Cabo Miguel Ángel Ferreras Batista, ERD. 7. Raso Álizon López Pérez, ERD. ARTÍCULO 4. Se autoriza a aceptar y usar la medalla “Distintivo de la CFAC”, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) a los siguientes oficiales superiores, subalternos y alistados de las Fuerzas Armadas de República Dominicana (FARD): 1. Coronel Juan Manuel Rondón Soler, ERD (DEM). 2. Coronel Historiador Sócrates Danilo Suazo Ruiz, ERD. 3. Coronel médico epidemiólogo José Manuel Puello Montero, ERD. 4. Capitán de navío Mcdonal Belliard González, ARD (DEMN). 5. Capitán de navío Juan Arias Arriaga ARD (DEMN). 6. Teniente coronel abogado Pedro Sosa Peguero, ERD. 7. Capitán de fragata José Elías Vargas Herrera, ARD. 8. Mayor piloto Angélica W. Rosa Durán, ERD (DEM). 9. Mayor Argelis del Jesús Rosario Maceo, ERD (DEM). 10. Mayor Francisco A. Acosta Hernández, ERD. 11. Mayor Juan de Jesús Echevarría, ERD. 12. Capitán de corbeta Diógenes Asmed Fulcar de los Santos, ARD. 13. Mayor Wather A. Burgos Almánzar, FARD (DEM). 14. Mayor Raudy Méndez Corniel, FARD. 15. Capitán Emilia Sánchez Díaz, ERD. 16. Teniente de navío Julio Ramón Hernández Valdez, ARD. 17. Primer teniente José Bienvenido Cohén Castillo, ERD. 18. Teniente de fragata Edwar Evaristo Estrella Calzado, ARD. 19. Segundo teniente Yerilin Ramírez Moreta, ERD. 20. Segundo teniente Reyki Agustín Reyes Figuereo, ERD. 21. Segundo teniente Ángel Miguel Toribio Castro, ERD. 22. Segundo teniente Margarita Montero Cabrera, ERD. 23. Teniente de corbeta Fernando José Marichal Rodríguez, ARD. 24. Sargento mayor Edys Nicolás Bonilla Soto, ARD. 25. Sargento Maurelin Castillo Castillo, ARD. 26. Sargento Jesús Francisco Rosa Lagares, ERD. 27. Sargento Juan Alberto Pérez Amador, ARD. 28. Cabo Óliver Vladimir Encarnación Díaz, ARD. 29. Cabo Martha Yamilet Marte Leonardo, ERD. 30. Asimilado militar Osvaldo Caraballo Ignacio, MIDE. 31. Asimilada militar Margaret Emilde Castillo Paredes, MIDE. ARTÍCULO 5. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona