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Decreto

Decreto 430-23

que autoriza a varios generales, superiores, subalternos y alistados de las Fuerzas Armadas, a aceptar y usar condecoraciones extranjeras otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Centroamericanas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 sept de 2023fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11121Gaceta Oficial del 20 sept de 2023
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 430-23 que autoriza a varios generales, superiores, subalternos y alistados de las Fuerzas Armadas, a aceptar y usar condecoraciones extranjeras otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Centroamericanas. G. O. No. 11121 del 20 de septiembre de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 430-23 VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos. VISTO: El oficio núm. 32672, del 5 de agosto de 2022, del teniente general Carlos Luciano Díaz Morfa, ERD, ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República. VISTO: El oficio núm. 0804, del 21 de agosto de 2023, del general de brigada Jimmy Arias Grullón, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza a aceptar y usar la condecoración “Cruz de Plata”, en segundo grado, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) a los siguientes oficiales generales de las Fuerzas Armadas de República Dominicana (FARD): 1. General de brigada Rafael Antonio Núñez Veloz, ERD. 2. Contralmirante Samuel Ogaris Jiménez Lorenzo, ARD. ARTÍCULO 2. Se autoriza a aceptar y usar la condecoración “Medalla de Operación Humanitaria”, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) al oficial superior y subalternos de las Fuerzas Armadas de República Dominicana (FARD): 1. Teniente coronel César N. Simé Ulerio, ERD (DEM). 2. Primer teniente Edwin Alexandro Barías, ERD. 3. Raso Rafael Antonio Reyes Mora, ERD. 4. Raso Hander Ferreras Peralta, ERD. ARTÍCULO 3. Se autoriza a aceptar y usar la condecoración “Distintivo”, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC) a los siguientes oficiales superiores, subalternos y alistados de las Fuerzas Armadas de República Dominicana (FARD): 1. Coronel Jiandny Peralta Victorio, ERD (DEM). 2. Coronel ingeniero civil Erick Alfonso Reyes Medina, ERD. 3. Coronel Juan Carlos Matos Alemar, ERD (DEM). 4. Capitán de navío Jean Manuel Fabián Mora, ARD. 5. Coronel Euler Sierra Pérez, FARD (DEM). 6. Capitán de corbeta Guirbert Axel Rivas Medina, ARD. 7. Mayor piloto aviador Evert Antonio Cartagena Alfaro. 8. Capitán piloto aviador Leandro Francisco José Pérez Román. 9. Teniente de navío Newton Ramón Taveras Rodríguez, ARD. 10. Teniente de navío Lorenzo Báez Peguero, ARD. 11. Capitán Héctor José Güilamo Maldonado, 12. Primer teniente Rafael Abreu Peña, ERD. 13. Primer teniente Alfida Madelin Mejía Pérez, ERD. 14. Primer teniente Yaskira Garlene Matos Andújar, ERD. 15. Cabo Keila Yuneiry Montero Montero, ARD. 16. Cabo Yulissa Anabel Rodríguez Martínez, ARD. ARTÍCULO 4. Envíese a la institución correspondiente, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona