director ejecutivoConsejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia Duarte
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Seguimiento Por nombre
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Juan Fulvio Ureña Acosta · director ejecutivo · Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia Duarte
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 14 sept de 2023. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Texto
Texto de la norma
Dec. núm. 373-23 que designa a Juan Fulvio Ureña Acosta director ejecutivo del
Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia Duarte. G. O. No. 11117 del 15 de
agosto de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 373-23
CONSIDERANDO: Que el artículo 13 de la Ley núm. 8-23. del 31 de enero de 2023. que
declara la provincia Duarte provincia ecoturística, dispone que el director ejecutivo del
Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia Duarte será designado por el presidente
de la República de una terna que le someterá dicho Consejo.
CONSIDERANDO: Que el artículo 10 de la precitada Ley núm. 8-23, determina que el
Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia Duarte sesionará válidamente con la mitad
más uno de sus miembros.
CONSIDERANDO: Que el artículo 14 de la Ley núm. 8-23, contempla, como requisitos
para ser director ejecutivo del Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia Duarte, ser
dominicano y poseer la mayoría de edad; ser profesional o técnico del área de turismo,
medioambiente o afines; poseer experiencia administrativa y probada capacidad gerencial;
estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos y otros requisitos consignados en
el reglamento interno.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 8-23, del 31 de enero de 2023, que declara la provincia Duarte
Provincia Ecoturística.
VISTA: La terna sometida al Poder Ejecutivo por el Consejo de Desarrollo Ecoturístico de
la Provincia Duarte, el 17 de julio de 2023, para la designación del director ejecutivo de dicho
Consejo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Juan Fulvio Ureña Acosta queda designado director ejecutivo del Consejo
de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia Duarte.
ARTICULO 2. Envíese al Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia Duarte para
su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil veintitrés; año 180 de
la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona