miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 249-23

que autoriza a los ayuntamientos de Santiago de los Caballeros y de Padre Las Casas a vender porciones de terrenos de sus respectivas propiedades

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 jun de 2023fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 11109Gaceta Oficial del 7 jun de 2023
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (12,117 caracteres)
Dec. núm. 249-23 que autoriza a los ayuntamientos de Santiago de los Caballeros y de Padre Las Casas a vender porciones de terrenos de sus respectivas propiedades. G. O. No. 11109 del 7 de junio de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 249-23 VISTA: La Ley núm. 176-07, sobre el Distrito Nacional y los Municipios, del 17 de julio de 2007. VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional. VISTO: El literal d) del numeral 3 del artículo 128 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015, el cual establece como atribución del presidente de la República, en tanto jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 19 de enero de 2022, del acta núm. 19-05 del 26 de julio de 2005. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 19 de octubre de 2018, del acta núm. 12-18 del 18 de octubre de 2018. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 18 de febrero de 2020, del acta núm. 03-20 del 11 de febrero de 2020. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 20 de agosto de 2021, del acta núm. 14-21 del 12 de agosto de 2021. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 15 de noviembre de 2021, del acta núm. 19-21 del 11 de noviembre de 2021. VISTA: La Resolución núm. 10-2019, del 22 de octubre de 2019, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, que aprueba la venta de un solar de su propiedad con una extensión superficial de doscientos treinta y tres punto sesenta y seis metros cuadrados (233.66 m2). VISTA: La Resolución núm. 11-2020, del 19 de agosto de 2020, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, que aprueba la venta de un solar de su propiedad con una extensión superficial de doscientos ochenta y nueve punto noventa y nueve metros cuadrados (289.99 m2). VISTA: La Resolución núm. 39-2021, del 24 de febrero de 2021, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, que aprueba la venta de un solar de su propiedad con una extensión superficial de cuatrocientos treinta y ocho punto cincuenta y cincuenta y seis metros cuadrados (438.56 m2). VISTA: La Resolución núm. 41-2021, del 12 de marzo de 2020, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, que aprueba la venta de un solar de su propiedad con una extensión superficial de doscientos un punto sesenta y tres metros cuadrados (201.63 m2). VISTA: La Resolución núm. 42-2021, del 24 de febrero de 2021, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, que aprueba la venta de un solar de su propiedad con una extensión superficial de doscientos ochenta y nueve punto noventa y nueve metros cuadrados (289.99 m2). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a Pedro Rafael Tejada y María Celeste Tejada Tapia, titulares de las cédulas de identidad y electoral números [cédula] y [cédula], respectivamente, por la suma de un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,485,300.00), el solar municipal núm. 17 y 18 Ref. 17, manzana municipal núm. 14-Sur, dentro de la parcela catastral núm. 127-A-3, D.C. núm. 06, con una extensión superficial de ciento cuarenta y ocho punto cincuenta y tres metros cuadrados (148.53 m2), ubicado en la Av. Salvador Estrella Sadhalá, próximo a la calle 10, sector Ensanche Libertad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos: 1. Al norte, Av. Estrella Sadhalá. 2. Al sur, solar núm. 20. 3. Al este, solar núm. 19. 4. Al oeste, solar núm. 16. ARTÍCULO 2. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a Juan José Minaya Raposo, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de doscientos cincuenta y dos mil novecientos sesenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$252,960.00), el solar municipal núm. 7, manzana municipal núm. 44, dentro de la parcela catastral núm. 154-A, D.C. núm. 06, con una extensión superficial de doscientos cincuenta y dos punto noventa y seis metros cuadrados (252.96 m2), ubicado en el sector Francis Caamaño, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar núm. 8. 2. Al sur, calle núm. 14. 3. Al este, solar núm. 6. 4. Al oeste, calle núm. 1. ARTÍCULO 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a Gladys Rafaela Cruz Hernández, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de ochenta y dos mil seiscientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$82,600.00), el solar municipal núm. 11, manzana municipal núm. 14-Sur, dentro de la parcela catastral núm. 127-A-3, D.C. núm. 06, con una extensión superficial de ciento dieciocho metros cuadrados (118.00 m2), ubicado en la calle 3, entre calle 5 y peatón, del sector Ensanche Libertad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 1. 2. Al sur, calle 3. 3. Al este, solar municipal núm. 11-A. 4. Al oeste, solar municipal núm. 12. ARTÍCULO 4. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a Florinda Lajara Henríquez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de cincuenta y siete mil seiscientos ochenta y ocho pesos dominicanos con 00/100 (RD$57,688.00), el solar municipal núm. 118, manzana municipal núm. 7, dentro de la parcela catastral núm. 1-C-1 Porción D, D.C. núm. 01, con una extensión superficial de setenta y un punto veintitrés metros cuadrados (71.23 m2), ubicado en el sector El Ejido, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar núm. 119. 2. Al sur, solar núm. 117. 3. Al este, solares números 98-A y 98-B-1. 4. Al oeste, calle 7. ARTÍCULO 5. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a Ramón Emilio Veras Fernández, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de ciento cuarenta y siete mil setecientos ochenta y cuatro pesos dominicanos con 00/100 (RD$147,784.00), el solar municipal núm. 33, manzana municipal núm. 37, dentro de la parcela catastral núm. 129-A, D.C. núm. 06, con una extensión superficial de doscientos once punto doce metros cuadrados (211.12 m2), ubicado el sector Manolo Tavares, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar núm. 6. 2. Al sur, solar núm. 32. 3. Al este, solar núm. 7. 4. Al oeste, calle 6. ARTÍCULO 6. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua, a vender a Ercilio Humberto Morillo Ramírez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de cuatrocientos noventa y dos mil novecientos ochenta y tres pesos dominicanos con 00/100 (RD$492,983.00), el solar núm. [cédula], matrícula núm. 0500011279, manzana catastral núm. 34, D. C. núm. 01, con designación municipal de Solar núm. 2 (parte), manzana núm. 34, con una extensión superficial de doscientos ochenta y nueve punto noventa y nueve metros cuadrados (289.99m2), ubicado en el municipio Padre Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos: 1. Al norte, casa de Juana Veloz (27.80 m2). 2. Al sur, casa de Maximina Veloz Ramírez (27.80 m2). 3. Al este, calle Duarte (20 m2). 4. Al oeste, casa de Manerto Veloz (14 m2). ARTÍCULO 7. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua, a vender a Víctor Antonio Sánchez Rivera, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de doscientos sesenta y cuatro mil ciento cincuenta y dos pesos dominicanos con 00/100 (RD$264,154.00), el solar que está dentro de la manzana catastral núm. Porción-H (Parte), matrícula núm. 3000383870, D. C. núm. 01, con una extensión superficial de trecientos treinta punto diecinueve metros cuadrados (330.19 m2), ubicado en el barrio Caonabo, municipio Padre Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos: 1. Al norte, calle Santa Ana (24.78 m2). 2. Al sur, casa de José Manuel Familia (11.30 m2). 3. Al este, casa de Silvia Sánchez (15.22 m2). 4. Al oeste, casa de Napoleón Segura (22.51 m2). ARTÍCULO 8. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua, a vender a Ana Ledia Veloz Ramírez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de setecientos cuarenta y cinco mil quinientos cincuenta y dos pesos dominicanos con 00/100 (RD$745,552.00), el solar núm. [cédula], matrícula núm. 0500016171, manzana catastral núm. 35, D. C. núm. 01, con la designación municipal de solar núm. 2, manzana núm. 35, con una extensión superficial de cuatrocientos treinta y ocho punto cincuenta y seis metros cuadrados (438.56 m2), ubicado en el municipio Padre Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos: 1. Al norte, casa de Eva Veloz (27 m2). 2. Al sur, calle General Cabral (29 m2). 3. Al este, calle Duarte (22.80 m2). 4. Al oeste, correo de Padre Las Casas (118 m2). ARTÍCULO 9. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua, a vender a Altagracia García Piña, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de ciento treinta y un mil cincuenta y nueve pesos dominicanos con 50/100 (RD$131,059.50), el solar núm. [cédula], matrícula núm. 0500005887, manzana catastral núm. 18, D. C. núm. 01, con designación municipal de solar núm. 5, manzana núm. 18, con una extensión superficial de doscientos un punto sesenta y tres metros cuadrados (201.63 m2), ubicado en el municipio Padre Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos: 1. Al norte, solares números [cédula], [cédula] y solar núm. 6. 2. Al sur, callejón y S. núm. 2. 3. Al este, Porción H. 4. Al oeste, S. núm. 4. ARTÍCULO 10. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Padre Las Casas, provincia Azua, a vender a Armando Enrique Alcántara Lebrón, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], por la suma de ciento ochenta y seis mil novecientos veintiocho pesos dominicanos con 00/100 (RD$186,928.00), el solar que está dentro de la manzana catastral núm. Porción-H, matrícula núm. 3000383870, D. C. núm. 01, con una extensión superficial de doscientos treinta y tres punto sesenta y seis metros cuadrados (233.66 m2), ubicado en el barrio Caonabo, municipio Padre Las Casas, provincia Azua, con los siguientes linderos: 1. Al norte, porción H (resto), Iglesia Bautista de Jesucristo. 2. Al sur, porción H (resto), calle Manuel Germán. 3. Al este, porción H (resto) calle 16 de julio. 4. Al oeste, porción H (resto), Lorenzo Vicente Báez. ARTÍCULO 11. Envíese a los ayuntamientos de los municipios Santiago de los Caballeros, Padre Las Casas, al Ministerio de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana (LMD), para su conocimiento y fines ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de junio del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona