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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 147-23

QUE AUTORIZA VARIAS EMISIONES DE SELLOS POSTALES DE DISTINTAS DENOMINACIONES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 abr de 2023fecha
Otrostipo
G. O. 11105Gaceta Oficial del 14 abr de 2023
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 147-23 que autoriza varias emisiones de sellos postales de distintas denominaciones. G. O. No. 11105 del 14 de abril de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 147-23 VISTA: La Ley núm. 2461, del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas. VISTO: El oficio núm. MH-2023-008352, del 22 de marzo de 2023, dirigido al presidente de la República por el ministro de Hacienda, mediante el cual solicita la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes: a) DENOMINACIÓN: “50 aniversario Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA)”. Valor: RD$35.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. b) DENOMINACIÓN: “75 aniversario Asociación Representantes, Agentes y Productores Farmacéuticos”. Valor: RD$75.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. c) DENOMINACIÓN: “IV Convención Internacional de Historiadores y Numismáticos- Santo Domingo MMXXIII”. Valor: RD$100.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. d) DENOMINACIÓN: “Primer Vuelo Interno de Correos”. Valor: RD$100.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. e) DENOMINACIÓN: “Naufragio Buque Memphis”. Valor: RD$60.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. f) DENOMINACIÓN: “América Upaep Filatelia y Sello Postal”. Valor: RD$100.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. g) DENOMINACIÓN: “Especies Endémicas de la Fauna Dominicana”. Valor: RD$60.00 y RD$75.00 cada uno. Cantidad: 20,000 ejemplares (10,000 ejemplares de cada valor). h) DENOMINACIÓN: “Hermanamiento entre Santo Domingo y Santa Domenica Talao, provincia Coscenza, Italia”. Valor: RD$60.00 cada uno. Cantidad: 12,000 ejemplares en se- tentant de dos sellos (6,000). i) DENOMINACIÓN: “Agricultura Familiar”. Valor: RD$35.00 cada uno. Cantidad: 10,000 ejemplares. j) DENOMINACIÓN: “Idelisa Bonelly de Calventi, Madre de la Conservación Marina del Caribe”. Valor: RD$60.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. k) DENOMINACIÓN: “50 aniversario Teatro Nacional”. Valor: RD$75.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. l) DENOMINACIÓN: “175 aniversario Papel Moneda”. Valor: RD$250.00 cada uno. Cantidad: 15,000 ejemplares. m) DENOMINACIÓN: “Conservación de los Manglares”. Valor: RD$75.00 cada uno. Cantidad: 36,000 ejemplares en dos hojas de 12 sellos. n) DENOMINACIÓN: “50 aniversario fallecimiento Pau Casals”. Valor: RD$75.00 cada uno. Cantidad: 10,000 ejemplares. o) DENOMINACIÓN: “Personaje Dominicano”. Valor: RD$200.00 cada uno. Cantidad: 10,000 ejemplares. p) DENOMINACIÓN: “Centenario Natalicio Bienvenido Bustamante”. Valor: RD$100.00 cada uno. Cantidad: 10,000 ejemplares. q) DENOMINACIÓN: “50 aniversario fallecimiento de Pablo Picasso”. Valor: RD$75.00 cada uno. Cantidad: 10,000 ejemplares. ARTÍCULO 2. Los sellos postales referidos en el artículo precedente serán impresos bajo el procedimiento offset, multicolor. ARTÍCULO 3. Para las indicadas emisiones se utilizará papel tropicalizado, engomado, de 56 gramos, sustancia 103 GM2. ARTÍCULO 4. El tamaño de cada uno de los sellos postales a que se refiere el presente decreto será determinado por la Comisión Oficial Filatélica. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Tesorería Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona