Texto de la norma
Dec. núm. 135-23 que deroga el Decreto núm. 11-23 y en consecuencia queda sin efecto
la entrega en extradición a la República Federativa de Brasil del nacional
estadounidense y ciudadano dominicano Samuel Francisco Valdez. G. O. No. 11104 del
31 de marzo de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 135-23
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 11-23, del 20 de enero de 2023, se
autorizó la entrega en extradición a la República Federativa de Brasil del nacional
estadounidense y ciudadano dominicano Samuel Francisco Valdez.
CONSIDERANDO: Que mediante nota diplomática núm. 861/2023, del 8 de febrero de
2023, la República Federativa de Brasil remite a las autoridades dominicanas el oficio por el
cual el 9no Juzgado Federal Criminal de São Paulo informa que se ha determinado la
cancelación del pedido de extradición del nacional dominicano Samuel Francisco Valdez y
la derogación de la prisión del nombrado.
CONSIDERANDO: Que procede, en consecuencia, la derogación del indicado decreto en
relación a lo señalado.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La nota diplomática núm. 861/2023, del 8 de febrero de 2023 de la República
Federativa de Brasil.
VISTA: La comunicación núm. 001045, del 13 de marzo de 2023, dirigida por la
Procuradora General de la República al presidente de la República.
VISTO: El Decreto núm. 11-23, del 20 de enero de 2023, que dispone la entrega en
extradición a la República Federativa de Brasil del nacional estadounidense y ciudadano
dominicano Samuel Francisco Valdez.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se deroga el Decreto núm.11-23, del 20 de enero de 2023, en consecuencia,
se deja sin efecto la entrega en extradición a la República Federativa de Brasil del nacional
estadounidense y ciudadano dominicano Samuel Francisco Valdez.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Procuraduría General
de la República y a la Dirección General de Migración, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés
(2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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