que designa a Ernesto Torres Pereyra, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República en la República Cooperativa de Guyana. Deroga el artículo 2 del Dec. núm. 528-20 y el artículo 1 del Dec. núm. 842-21
| Persona | Qué dice el decreto | Cargo e institución |
|---|---|---|
| Ernesto Torres Pereyra | Designación | embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República Cooperativa de Guyana |
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Ernesto Torres Pereyra · embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República Cooperativa de Guyana
Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 21 oct de 2023 · presentada el 19 jul de 2024 Coincidencia 99.7 %
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona