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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 123-23

que nombra a los señores Miguel Antonio Núñez Herrera y Javier Andrés Lara Rehinhold, miembros independientes del Consejo Nacional del Mercado de Valores, por un periodo de cuatro (4) años

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 mar de 2023fecha
Designacióntipo
G. O. 11104Gaceta Oficial del 31 mar de 2023
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Miguel Antonio Núñez HerreraDesignaciónEn sustitución de Manuel Alejandro García Troncosomiembro independienteConsejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años
Manuel Alejandro García TroncosoSustituido en el cargomiembro independienteConsejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años
Javier Andrés Lara ReinholdDesignaciónEn sustitución de William Víctor Wall Izquierdomiembro independienteConsejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años
William Víctor Wall IzquierdoSustituido en el cargomiembro independienteConsejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Miguel Antonio Núñez Herrera · miembro independiente · Consejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 21 abr de 2023. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

  • Javier Andrés Lara Reinhold · miembro independiente · Consejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 21 abr de 2023. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 123-23 que nombra a los señores Miguel Antonio Núñez Herrera y Javier Andrés Lara Rehinhold, miembros independientes del Consejo Nacional del Mercado de Valores, por un periodo de cuatro (4) años. G. O. No. 11104 del 31 de marzo de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 123-23 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 14 de la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana, el Consejo Nacional del Mercado de Valores está integrado por el Gobernador del Banco Central, el Ministro de Hacienda, el Superintendente del Mercado de Valores, todos miembros ex officio, así como por otros cuatro miembros independientes, de designación directa, de ternas presentadas por el propio Consejo, vía la Junta Monetaria. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la disposición citada y la disposición transitoria primera de la Ley núm. 249-17, corresponde sustituir a dos de los miembros de designación directa del Consejo Nacional del Mercado de Valores, los cuales son nombrados por el Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana, la Junta Monetaria emitió su Octava Resolución, del 19 de noviembre de 2020, aprobando las correspondientes ternas, las cuales fueron remitidas al Poder Ejecutivo mediante el oficio núm. 10348, de 3 de diciembre de 2020, del Gobernador del Banco Central y Presidente de la Junta Monetaria. CONSIDERANDO: Que, de las temas de referencia, el Poder Ejecutivo elegirá a los nuevos miembros independientes del Consejo Nacional del Mercado de Valores con base en sus competencias y trayectoria profesional. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana, del 19 de diciembre de 2017. VISTO: El Decreto núm. 257-18, del 9 de julio de 2021. VISTAS: Las temas remitidas por la Junta Monetaria, mediante el oficio núm. 2991, del 1 de marzo de 2023, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Miguel Antonio Núñez Herrera queda designado miembro independiente del Consejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años, en sustitución de Manuel Alejandro García Troncoso. ARTÍCULO 2. Javier Andrés Lara Reinhold queda designado miembro independiente del Consejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años, en sustitución de William Víctor Wall Izquierdo. ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona