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Dec. núm. 115-23 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11104 del 31 de marzo de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 115-23
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de la Cordillera Septentrional (COOPACORSEP), con domicilio en la
calle Hermanas Mirabal No.08, frente al Liceo de Arenoso, municipio Arenoso, provincia
Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el día cuatro (04) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples para el Desarrollo de Bonao (COOPADEBO), con domicilio en la Plaza
Raymond II, calle Duarte, esquina Aniana Vargas No.60, municipio Bonao, provincia
Monseñor Nouel, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el día doce (12) de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Emprendedores del Cigarro de Tamboril (COOPAGROEMPRECIT),
con domicilio en la avenida Presidente Vásquez, esq. Mella No. 7, municipio Tamboril,
provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el día diez (10) de septiembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples del Municipio de Mella (COOPAMUME), con domicilio en la calle
Sánchez No.13, municipio Mella, provincia Independencia, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día veintidós (22)
de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Productores, Procesadores, Comercializadores Agroindustriales y
Afines de Yamasá (COOPAPAYA), con domicilio en la calle principal No.19, municipio
Yamasá, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados
en la asamblea general constitutiva celebrada el día trece (13) de agosto del año dos mil
veintidós (2022).
Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Arroyo Cano (COOPARROYOCANO), con domicilio en la calle Nieves
Ramírez No.41, distrito municipal Arroyo Cano, municipio Bohechío, provincia San Juan,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el día veintidós (22) de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Barrero (COOPASBA), con domicilio en la calle José Ubaldino
Checo No.34, comunidad Barrero, municipio Villa Bisonó, Navarrete, provincia Santiago,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el día primero (01) de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Desarrolladora de Proyectos Sostenibles (COOPASEMDEPROS), con
domicilio en la avenida Libertad esquina calle 6, local No.2, urbanización Rivera del Jaya,
San Francisco de Macorís, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día tres (03) de diciembre del año
de dos mil veintidós (2022).
Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Productores de Buen Pan (COOPBUENPAN), con domicilio en la
calle Pedro González No.255, sector Toro Cenizo, municipio Nagua, provincia María
Trinidad Sánchez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el día dieciocho (18) de diciembre del año dos mil veintidós
(2022).
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Campo Oeste (COOPCAMPOOESTE), con domicilio en la calle 5,
No.26, Mella I, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día cuatro (04) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Transporte y
Servicios Múltiples Camioneros de Samaná (COOPCAMSA), con domicilio en la calle
Coronel Andrés Díaz, No.82, sector María Luisa, municipio Santa Bárbara de Samaná,
provincia Samaná, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el día once (11) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples Criadores de Caprinos Don Gregorio (COOPCAPRIDONG),
con domicilio en la calle Santomé No.74, sector Don Gregorio, municipio Nizao, provincia
Peravia, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el día catorce (14) de agosto del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de los Choferes y Conductores del Cibao (COOPCHOCONCI), con
domicilio en la calle Prolongación Padre Las Casas No.56, municipio Santiago, provincia
Santiago de los Caballeros, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea general constitutiva celebrada el día veintitrés (23) de enero del año dos mil
veintidós (2022).
Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Clavijo (COOPCLAVIJO), con domicilio en la calle principal No.48,
municipio San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana,
cuyos estatus fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día treinta
(30) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021).
Artículo 15. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Renovación Ciudadana (COOPECIUDA), con domicilio en la calle
Mella No.10, municipio Barahona, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día catorce (14)
de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 16. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Fausto Rodríguez (COOPFARO), con domicilio en la calle principal
No.20, Rancho al Medio, municipio Salcedo, provincia Hermanas Mirabal, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día diez (10) de diciembre de dos mil veintidós (2022).
Artículo 17. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros,
Créditos y Servicios Múltiples Gruesa (COOPGRUESA), con domicilio en la avenida Rafael
Vidal, Plaza Century, módulo 105, El Embrujo I, municipio Santiago de los Caballeros,
provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el día veintiocho (28) de noviembre de dos mil veintidós
(2022).
Artículo 18. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Guneta (COOPGUNETA), con domicilio en la calle principal edificio
15 No.202, sector Laguneta, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el día once (11) de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 19. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Los Pilares (COOPILARES), con domicilio en la calle Francisco
Alberto Caamaño Deño No.14, municipio Navarrete, provincia Santiago, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día once (11) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 20. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de La Jagua (COOPAJAGUA), con domicilio en la carretera principal
La Jagua, S/N, distrito municipal Las Coles, municipio Arenoso, provincia Duarte, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día quince (15) de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 21. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de la Unión Nacional de Vendedores de Mercado de Pulgas
(COOPNAPUL), con domicilio en la calle Duarte No.22, Pedro Brand, La Guáyiga, Nave
F1, municipio Pedro Brand, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día siete (07) de
agosto del año dos mil veintiuno (2021).
Artículo 22. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Piscicultores Nuestro Esfuerzo (COOPNE), con domicilio en la calle
principal No. 1, municipio Jima Abajo, provincia La Vega, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día diez (10) de
septiembre del año dos mil veintiuno (2021).
Artículo 23. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Nueva Generación Ganadera (COOPNUGEGA), con domicilio en la
carretera Mao-Santiago Rodríguez, Km. 3, Los Tomines, municipio San Ignacio de Sabaneta,
provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en
la asamblea general constitutiva celebrada el día veintidós (22) de octubre del año dos mil
veintidós (2022).
Artículo 24. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples Productores Avícola Arroyo Cano (COOPPAVICANO), con
domicilio en la calle Pascual Sánchez No. 67, sector Guayabo, distrito municipal Arroyo
Cano, municipio Bohechio, provincia San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día veintiséis (26) de
agosto del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 25. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de Planificaciones Estructurales de los Líderes Comunitarios
(COOPPLANES), con domicilio en la calle Respaldo 14 No.44, sector 27 de Febrero, Distrito
Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el día veintitrés (23) de septiembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 26. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de la Playa de Popa (COOP-POPA), con domicilio en la calle
Hatuey No.05, sector Las Flores, municipio San Fernando, provincia Montecristi, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día once (11) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 27. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples Emprendedores de Constanza (COOPRECONS), con
domicilio en la avenida Mella S/N, municipio Constanza, provincia La Vega, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día tres (03) de septiembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 28. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Ovino Caprino de Polo (COOPSEMOVICAP), con domicilio en la
calle No.13, Los Arroyos, municipio Polo, provincia Barahona, República Dominicana,
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día doce
(12) de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 29. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Productores de Aguacate de Enriquillo (COOPPAE), con
domicilio en [domicilio omitido]. Pino Montes de Oca No.05, municipio Enriquillo, provincia
Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el día veintinueve (29) de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 30. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Movilidad Eléctrica en RD (ELECTRICOOP), con
domicilio en la calle San Pablo No. 88-B, urbanización Tropical, Distrito Nacional,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el día veintiocho (28) de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 31. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Unidos por el Desarrollo de Las Guáranas (GUARANASCOOP), con
domicilio en la calle Gertrudis Antonio No.04, sector Iglesia, municipio Las Guáranas,
provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el día quince (15) de diciembre del año dos mil veintidós
(2022).
Artículo 32. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Asociación de Mujeres Salomé Ureña (SALOMUCOOP), con domicilio
en la calle principal No.31, comunidad Las Claras, provincia Hato Mayor, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día cinco (05) de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 33. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de Profesionales, Técnicos, Obreros y Afines (TECOBREACOOP),
con domicilio en la Av. Independencia No.1553, edificio X2, apartamento 9, Distrito
Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el día once (11) de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 34. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de La Pared (COOPASERMULAP), con domicilio en la calle principal
No.169, distrito municipal El Carril, municipio Haina, provincia San Cristóbal, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día siete (07) de marzo del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 35. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de los Trabajadores de la Aviación y el Turismo (COOPAVIATUR),
con domicilio en la calle José de Jesús Ravelo, No.56, Villa Juana, Distrito Nacional,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el día cuatro (04) de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 36. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Banco Caja Social de la Micro Empresa (COOPBANSOCIAL), con
domicilio en la calle Sánchez No.21, El Tanque, municipio Neyba, provincia Bahoruco,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el día dieciocho (18) de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 37. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Los Cerros de Aminilla (COOPCERRO), con domicilio en la calle
principal No.15, sector Aminilla, municipio Partido, provincia Dajabón, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día veintitrés (23) de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 38. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo
y
Servicios
Múltiples
Emprendedores
Comunitarios
de
Barahona
(COOPEMCOBA), con domicilio en la calle Nuestra Señora del Rosario No.26, municipio
Barahona, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en
la asamblea general constitutiva celebrada el día catorce (14) de octubre del año dos mil
veintidós (2022).
Artículo 39. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de la Federación Mujeres Indetenibles, Herederas de Gurabo
(COOPFEMUJER), con domicilio en la carretera Luperón Km 7 1/2 No.26, entrada Los
Polanco, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República Dominicana,
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día diez
(10) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 40. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Platanicultores Dominicanos (COOPLADOM), con domicilio en la
calle Julio Durán García No.20, Villa Olga, municipio Santiago de los Caballeros, provincia
Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el día veintisiete (27) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021).
Artículo 41. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Nacional de
Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Profesionales y Empresarios de Republica
Dominicana (COOPNAPE), con domicilio en la avenida Rafael Vidal No.06, El Embrujo I,
municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día diez (10) de
septiembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 42. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Los Piñones (COOPPIÑONES), con domicilio en la calle principal de la
carretera Santiago Rodríguez-Mao No.1, municipio San Ignacio de Sabaneta, provincia
Santiago Rodríguez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea general constitutiva celebrada el día veintiocho (28) de agosto del año dos mil
veintidós (2022).
Artículo 43. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de Pequeños y Medianos Empresarios Dominicanos (COOPPYMED),
con domicilio en la calle Vicente Estrella, No.1 esquina San Luis, edificio Arsenio Núñez,
primer nivel, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día ocho (08) de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 44. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Ganaderos de Cañongo y La Vigía (COOPROGAÑOVI),
con domicilio en la calle principal No.129, sector La Vigía, provincia Dajabón, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día quince (15) de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 45. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Invernadero de Paraíso (COOPROIPA), con domicilio en
la carretera Villanizado - Paraiso No.03, municipio Paraiso, provincia Barahona, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el día seis (06) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 46. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Unión Productiva (COOPUPRODU), con domicilio en la calle
Monseñor Panal, esquina Núñez de Cáceres No.07, municipio La Vega, provincia La Vega,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el día veintiséis (26) de marzo del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 47. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023);
año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.