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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 105-23

que concede pensiones especiales del Estado y eleva el monto de pensiones otorgadas a varias personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 mar de 2023fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11103Gaceta Oficial del 17 mar de 2023
Poder Ejecutivoórgano
81personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Alfredo Adriano ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Altagracia Soraya Perez CamineroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Altagracia Teresa E. Brea GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Aminta Odeida Abreu ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Angelica MateoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Berki Dilis Perez RecioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Bienvenido Santana FortunatoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Bonaliza Marte EspinalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Carlos Manuel Noboa AlonzoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Carmen Eusebia Castro RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Carmen Ramona Peña MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Clara Margarita GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Confesor SaritaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
David Rafael Liria GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Elba Luz del Carmen Suarez JaquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Eneida FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Federico ManceboEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Fermin Cumberbatch de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Fidias Maria SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Fleurys Montilla DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Francisco Javier Alfonseca LazalaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Francisco Radhames AlcantaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Gabriel MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Humberto Radhames Almonte OrtegaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Jose Antonio Hernandez NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Jose Feliz TejedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Jose Leandro Ballista YaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juana de Leon OrtizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juana Mercedes de la Cruz SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juanita de Leon TrinidadEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Julio Bienvenido Feliz FernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Julio Cesar BorqueEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Justina Perez ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Lidia Altagracia Tejeda GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Luis Eduardo PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Luis Manuel Ledesma PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Manuel Alcides Perez CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Manuel Antonio Perez AquinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Manuel Elias Zorrilla LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Margarita del Rosario Quezada de TorrezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Myriam de las Mercedes Rodriguez ScottEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Nieves Altagracia Medina GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Nuevo Jorgen Aquino OviedoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Olga Nelly Maria Javier NinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Rafael Acosta CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Rafael Antonio de Jesus FelipeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Rafael Silva DionicioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ramon Otilio Soto DicksonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ramona Tomasina MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ruth Altagracia Palacin RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Salvador Augusto Montas UribeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Socorro Altagracia Campusano MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Victoriana Reyes TrinidadEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Yolanda Altagracia Abreu de EstevezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Acelis Ramona Angeles VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Altagracia Evangelina Brito SenciónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Angela Custoria MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Antonio MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Benito Martinez MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Dionicio Magallanes HerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Esmeralda Khoury ConstantinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Fernando Eliseo Guzman SoufrontEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Hector Lorenzo Gutierrez GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Jose Gerbacio Rodriguez TavaresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Jose Leopoldo Perfecto Grullon MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juan Emilio Sanchez PiñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Juan Francisco Rosa SorianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Leodulio Henriquez CaparrosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Manuel Jose Campora JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Maritza Arias CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Matilde HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Miguel Antonio Jose PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Nicolas Lisardo SalasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Olimpia Mercedes Paredes Rosa de FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Radhames Acosta BritoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ramon Dario Gomez RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Ramon Navarro JiménezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Rumalda de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Santiago de la Cruz RinconEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Victor Miguel Polanco SeverinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas
Wilson Arbaje RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado dominicano a las siguientes personas

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 105-23 que concede pensiones especiales del Estado y eleva el monto de pensiones otorgadas a varias personas. G. O. No. 11103 del 17 de marzo de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 105-23 CONSIDERANDO: Que en el artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana se consagra el derecho a la seguridad social, a través del cual el Estado tiene el deber de estimular el desarrollo progresivo de la seguridad social para garantizar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y vejez. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm.379, que establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones Civiles del Estado dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos, de fecha 11 de diciembre de 1981. VISTA: La Ley núm.494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda). VISTO: El oficio núm.01403, del 6 de marzo de 2023, dirigido al presidente de la República por el Director General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente: DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y Monto RD$ electoral ALFREDO ADRIANO REYES [cédula] 30,000.00 ALTAGRACIA SORAYA PEREZ CAMINERO [cédula] 30,000.00 ALTAGRACIA TERESA E. BREA GARCIA [cédula] 25,000.00 AMINTA ODEIDA ABREU REYES [cédula] 50,000.00 ANGELICA MATEO [cédula] 25,000.00 BERKI DILIS PEREZ RECIO [cédula] 40,000.00 BIENVENIDO SANTANA FORTUNATO [cédula] 50,000.00 BONALIZA MARTE ESPINAL [cédula] 30,000.00 CARLOS MANUEL NOBOA ALONZO [cédula] 40,000.00 CARMEN EUSEBIA CASTRO RAMIREZ [cédula] 40,000.00 CARMEN RAMONA PEÑA MONTERO [cédula] 60,000.00 CLARA MARGARITA GOMEZ [cédula] 25,000.00 CONFESOR SARITA [cédula] 20,000.00 DAVID RAFAEL LIRIA GARCIA [cédula] 20,000.00 ELBA LUZ DEL CARMEN SUAREZ JAQUEZ [cédula] 50,000.00 ENEIDA FELIZ [cédula] 30,000.00 FEDERICO MANCEBO [cédula] 35,000.00 FERMIN CUMBERBATCH DE JESUS [cédula] 30,000.00 FIDIAS MARIA SANTANA [cédula] 40,000.00 FLEURYS MONTILLA DIAZ [cédula] 20,000.00 FRANCISCO JAVIER ALFONSECA LAZALA [cédula] 40,000.00 FRANCISCO RADHAMES ALCANTARA [cédula] 40,000.00 GABRIEL MERCEDES [cédula] 40,000.00 HUMBERTO RADHAMES ALMONTE ORTEGA [cédula] 50,000.00 JOSE ANTONIO HERNANDEZ NUÑEZ [cédula] 50,000.00 JOSE FELIZ TEJEDA [cédula] 20,000.00 JOSE LEANDRO BALLISTA YARA [cédula] 30,000.00 JUANA DE LEON ORTIZ [cédula] 20,000.00 JUANA MERCEDES DE LA CRUZ SANTOS [cédula] 20,000.00 JUANITA DE LEON TRINIDAD [cédula] 40,000.00 JULIO BIENVENIDO FELIZ FERNANDEZ [cédula] 30,000.00 JULIO CESAR BORQUE [cédula] 30,000.00 JUSTINA PEREZ REYES [cédula] 45,000.00 LIDIA ALTAGRACIA TEJEDA GUZMAN [cédula] 40,000.00 LUIS EDUARDO PEREZ [cédula] 40,000.00 LUIS MANUEL LEDESMA PEREZ [cédula] 30,000.00 MANUEL ALCIDES PEREZ CUEVAS [cédula] 40,000.00 MANUEL ANTONIO PEREZ AQUINO [cédula] 40,000.00 MANUEL ELIAS ZORRILLA LOPEZ [cédula] 50,000.00 MARGARITA DEL ROSARIO QUEZADA DE TORREZ [cédula] 50,000.00 MYRIAM DE LAS MERCEDES RODRIGUEZ SCOTT [cédula] 60,000.00 NIEVES ALTAGRACIA MEDINA GOMEZ [cédula] 50,000.00 NUEVO JORGEN AQUINO OVIEDO [cédula] 30,000.00 OLGA NELLY MARIA JAVIER NINA [cédula] 40,000.00 RAFAEL ACOSTA CRUZ [cédula] 40,000.00 RAFAEL ANTONIO DE JESUS FELIPE [cédula] 40,000.00 RAFAEL SILVA DIONICIO [cédula] 40,000.00 RAMON OTILIO SOTO DICKSON [cédula] 60,000.00 RAMONA TOMASINA MARTE [cédula] 30,000.00 RUTH ALTAGRACIA PALACIN RAMIREZ [cédula] 25,000.00 SALVADOR AUGUSTO MONTAS URIBE [cédula] 40,000.00 SOCORRO ALTAGRACIA CAMPUSANO MARTINEZ [cédula] 20,000.00 VICTORIANA REYES TRINIDAD [cédula] 15,000.00 YOLANDA ALTAGRACIA ABREU DE ESTEVEZ [cédula] 35,000.00 ARTÍCULO 2. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y Monto RD$ electoral ACELIS RAMONA ANGELES VARGAS [cédula] 120,000.00 ALTAGRACIA EVANGELINA BRITO SENCIÓN [cédula] 50,000.00 ANGELA CUSTORIA MONTERO [cédula] 30,000.00 ANTONIO MARTINEZ [cédula] 50,000.00 BENITO MARTINEZ MARTINEZ [cédula] 20,000.00 DIONICIO MAGALLANES HERRERA [cédula] 20,000.00 ESMERALDA KHOURY CONSTANTINO [cédula] 50,000.00 FE CARIDAD VARGAS RAMOS [cédula] 60,000.00 FERNANDO ELISEO GUZMAN SOUFRONT [cédula] 85,000.00 HECTOR LORENZO GUTIERREZ GOMEZ [cédula] 40,000.00 JOSE GERBACIO RODRIGUEZ TAVARES [cédula] 20,000.00 JOSE LEOPOLDO PERFECTO GRULLON MARTINEZ [cédula] 70,000.00 JUAN EMILIO SANCHEZ PIÑA [cédula] 40,000.00 JUAN FRANCISCO ROSA SORIANO [cédula] 50,000.00 LEODULIO HENRIQUEZ CAPARROSA [cédula] 30,000.00 MANUEL JOSE CAMPORA JIMENEZ [cédula] 60,000.00 MARITZA ARIAS CUEVAS [cédula] 20,000.00 MATILDE HERNANDEZ [cédula] 30,000.00 MIGUEL ANTONIO JOSE PEREZ [cédula] 20,000.00 NICOLAS LISARDO SALAS [cédula] 25,000.00 OLIMPIA MERCEDES PAREDES ROSA DE FELIZ [cédula] 50,000.00 RADHAMES ACOSTA BRITO [cédula] 50,000.00 RAMON DARIO GOMEZ RODRIGUEZ [cédula] 40,000.00 RAMON NAVARRO JIMÉNEZ [cédula] 25,000.00 RUMALDA DE LA ROSA [cédula] 20,000.00 SANTIAGO DE LA CRUZ RINCON [cédula] 20,000.00 VICTOR MIGUEL POLANCO SEVERINO [cédula] 50,000.00 WILSON ARBAJE RAMIREZ [cédula] 30,000.00 ARTÍCULO 3. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más les favorezca. ARTÍCULO 4. Si los beneficiarios del presente decreto hubiesen cotizado en el Sistema de Capitalización Individual previsto por la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, deberán agotar el proceso de traspaso de fondos del Sistema de Capitalización Individual al Sistema de Reparto, siempre y cuando cumplan con las disposiciones de la Resolución núm. 437-20 del 18 de noviembre de 2020, aprobada por la Superintendencia de Pensiones, sobre Procesos Operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Fondos y Planes Sustitutivos. ARTÍCULO 5. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19 del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO: La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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