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Decreto

Decreto 56-23

que autoriza a varios oficiales del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada de la República Dominicana, a aceptar y usar las medallas Cruz de Oro de Primer Grado, Cruz de Plata en Segundo Grado, Medalla de Plata en Tercer Grado y Distintivo de la CFAC, otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 feb de 2023fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11101Gaceta Oficial del 28 feb de 2023
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 56-23 que autoriza a varios oficiales del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada de la República Dominicana, a aceptar y usar las medallas Cruz de Oro de Primer Grado, Cruz de Plata en Segundo Grado, Medalla de Plata en Tercer Grado y Distintivo de la CFAC, otorgadas por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas. G. O. No. 11101 del 28 de febrero de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 56-23 VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros, y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos. VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por parte de ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones. VISTO: El oficio núm. 0086, del 1 de febrero de 2023, del general de brigada Jimmy Arias Grullón, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial. VISTO: El oficio núm. 3795, del 28 de enero de 2023, del teniente general Carlos Luciano Díaz Morfa, ERD, ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza a aceptar y usar la medalla “Cruz de Oro”, condecoración de primer grado otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada de la República Dominicana: 1. Mayor general Miguel Ángel Rubio Báez, ERD. 2. Mayor general Antonio Fernández Onofre, ERD. 3. Mayor general Carlos Ramón Febrillet Rodríguez, FARD. 4. Vicealmirante Francisco Antonio Sosa Castillo, ARD. ARTÍCULO 2. Se autoriza a aceptar y usar la medalla “Cruz de Plata”, condecoración de segundo grado otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros del Ejército de la República Dominicana: 1. Mayor Argelis del Jesús Rosario Maceo, ERD (DEM). 2. Mayor Francisco Acosta Hernández, ERD. 3. Sargento Juan Benjamín Ventura Encarnación, ERD. ARTÍCULO 3. Se autoriza a aceptar y usar la “Medalla de Plata”, condecoración de tercer grado otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros: 1. Coronel Juan Julio Tejada Madera, ERD (DEM). 2. Coronel Jiandny Peralta Victorio, ERD (DEM). 3. Coronel Piloto Víctor Aníbal Rojas Franco, FARD (DEM). 4. Coronel Valmir Adão Rodrigues Robertí (Brasil). 5. Coronel Ramón Eduardo Oyarzun Gatica (Chile). 6. Coronel infantería Jorge Santamaria Ballabriga DEM (España). 7. Coronel Michel Poledri (Francia). 8. Coronel Alain Veilleux (Canadá). 9. Coronel Simón Stewart (Reino Unido). 10. Coronel de la fuerza aérea piloto aviador Alejandro Olmedo García, DEMA (México). 11. Teniente coronel Reiner Jantos (Alemania). 12. Teniente coronel Abdiel Rosado Méndez (USA). 13. Teniente coronel abogado Pedro Sosa Peguero, ERD. 14. Mayor locutor Justo F. Méndez Romero, ERD. 15. Capitán de corbeta Aneury Fernando Feliz Domínguez, ARD. 16. Mayor contador Raudy Manuel Méndez Corniel, FARD. 17. Primer teniente Madelin Mejía Pérez, ERD. 18. Primer teniente Rafael Abreu Peña, ERD. 19. Sargento mayor Edis Nicolas Bonilla Soto, ARD. 20. Maestra Ana Luisa Cinta Narváez (CICR). ARTÍCULO 4. Se autoriza a aceptar y usar la medalla “Distintivo de la CFAC”, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), a los siguientes miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada de la República Dominicana: 1. Mayor general Miguel Ángel Rubio Báez, ERD. 2. Coronel médico Queeny Fondeur Méndez, FARD. 3. Teniente coronel Robinson Medina Florián, ERD. 4. Capitán de corbeta Enmanuel Hiraldo Núñez, ARD. 5. Capitán de corbeta Luis Julián Carrasco Pérez, ARD. 6. Capitán de corbeta Aneury Fernando Feliz Domínguez, ARD. 7. Capitán Carlos Alberto Henríquez, ERD. 8. Capitán abogado Dorca Antonia Hernández Sánchez, ERD. 9. Primer teniente Jean Gautreaux Cruz (ERD). 10. Sargento mayor Juan Jiménez Guzmán (ERD). 11. Cabo Michel Antonio Rosario López (ERD). 12. Raso Daliza Agramonte Amancio FARD). 13. Asimilado Militar Manuel de Regla Pérez Váldez (MIDE). ARTÍCULO 5. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023), año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona