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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 31-23

QUE NOMBRA A HENRY ARTURO MERCEDES VALES, DIRECTOR GENERAL DE MECENAZGO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 feb de 2023fecha
Designacióntipo
G. O. 11099Gaceta Oficial del 20 feb de 2023
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Henry Arturo Mercedes ValesDesignacióndirector general de Mecenazgo

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Henry Arturo Mercedes Vales · director general de Mecenazgo

    Declaración jurada: Presentada fuera de plazo · plazo hasta el 10 mar de 2023 · presentada el 22 mar de 2024 Coincidencia 99.7 %

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 31-23 que nombra a Henry Arturo Mercedes Vales, director general de Mecenazgo. G. O. No. 11099 del 20 de febrero de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 31-23 CONSIDERANDO: Que la Constitución dominicana establece que el Estado es garante del derecho de toda persona a participar y actuar con libertad en la vida cultural de la Nación, promoviendo políticas públicas que estimulen, en los ámbitos nacional e internacional, las diversas manifestaciones y expresiones científicas, artísticas y populares de la cultura dominicana, e incentivará y apoyará los esfuerzos de personas, instituciones y comunidades que desarrollen o financien planes y actividades culturales. CONSIDERANDO: Que el 17 de julio de 2019 fue promulgada la Ley núm. 340-19, que establece el Régimen de Incentivo y Fomento del Mecenazgo en la República Dominicana, con el objetivo de organizar el mecenazgo en la sociedad dominicana, en especial en beneficio de los actores que participan en el área del arte y la cultura, quienes podrán contar con un patrocinio que les permita ver concretizadas en el plano económico su imaginación y creatividad. CONSIDERANDO: Que la citada Ley núm. 340-19 en su artículo 14, indica que, el director general de Mecenazgo será designado por el presidente de la República, de una terna presentada por el Consejo de Mecenazgo (CONME). CONSIDERANDO: Que, mediante el acta núm. 04-2022, del 24 de agosto de 2022, de la cuarta sesión del Consejo de Mecenazgo, este Consejo sometió al Poder Ejecutivo la terna de candidatos propuestos para la designación del director general de Mecenazgo. CONSIDERANDO: Que, a los fines de completar la composición de los miembros del Consejo de Mecenazgo (CONME) se hace necesaria la designación del director general de Mecenazgo por parte del Poder Ejecutivo. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 340-19, del 17 de julio de 2019, que establece el Régimen de Incentivo y Fomento del Mecenazgo Cultural en la República Dominicana. VISTA: El acta núm. 04-2022, del 24 de agosto de 2022. de la cuarta sesión del Consejo de Mecenazgo. VISTA: La comunicación del 6 de octubre de 2022, dirigida por la ministra de Cultura a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Henry Arturo Mercedes Vales queda designado director general de Mecenazgo. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Cultura, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona