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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 37-23

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 feb de 2023fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11099Gaceta Oficial del 20 feb de 2023
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (14,279 caracteres)
Dec. núm. 37-23 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11099 del 20 de febrero de 2023. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 37-23 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples para el Desarrollo de Pimentel (COOPDEPIM), con domicilio en [domicilio omitido]. Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Pescadores de Sabana Larga (COOPESADA), con domicilio en la carretera Principal, frente a la escuela primaria rural, paraje Sabana Larga, municipio Dajabón, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de octubre de dos mil veintidós (2022). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Mujeres Emprendedoras de Batey 5 (COOPMEBA), con domicilio en la calle Principal, número 27, Los Blocks, Batey H5, municipio Neyba, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de octubre de dos mil veintidós (2022). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Guaraguao (COOPGUARAGUAO), con domicilio en la calle Wellington Torres con Joaquín Balaguer, detrás del Centro de Atención Primaria de Guaraguao, municipio Villa Riva, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de agosto de dos mil veintidós (2022). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Inmobiliaria de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Santo Domingo (COOPISAND), con domicilio en la calle Camini, número 93, Los Cacicazgos, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el cuatro (4) de abril de dos mil veintidós (2022). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Protección Empresarial (COOPROEM), con domicilio en la avenida 27 de Febrero, Plaza Las Américas, número 2-10, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago de los Caballeros, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de octubre de dos mil veintidós (2022). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples La Ruta 41 (COOPRUTA41), con domicilio en la calle Chichi Olivio esq. Proyecto, número 1, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el dos (2) de octubre de dos mil veintidós (2022). Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Majuana (COOPMAJUANA), con domicilio en la calle Principal, número 06, distrito municipal Sabana Mula, municipio Banica, provincia Elías Piña, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples para Las Soluciones Financieras (COOPSOLUTION), con domicilio en la calle Salcedo, número 38, municipio San Francisco de Macorís, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecisiete (17) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Transporte de Valdesia (COOPTRAVAL), con domicilio en la avenida Libertad, número 45, municipio Yaguate, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el nueve (9) de marzo de dos mil veintidós (2022). Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Vegana de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de la Construcción (COOPVECON), con domicilio en la calle Primera esquina calle 7, edificio Jameco, local 2-A, Palmares, municipio Concepción La Vega, provincia La Vega, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiuno (21) de octubre de dos mil veintidós (2022). Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria de Productores de Cacao y Servicios Múltiples de Sánchez (COOPAPCASAN), con domicilio en la calle Sánchez, número 58, municipio Sánchez, provincia Samaná, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Mujeres de Altamira (COOPASMUAL), con domicilio en la calle Principal, número 853, Altamira, municipio Tamayo, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecisiete (17) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Choferes y Propietarios de Villa Mella (COOPASOCHOVIM), con domicilio en la avenida Hermanas Mirabal, número 635, sector La Fonda, Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de junio de dos mil veintidós (2022). Artículo 15. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Productores de Café y Cacao El Carrizal (COOPCAFECAO), con domicilio en la carretera Monchito frente a la Hacienda Esteban, El Carrizal, municipio Restauración, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada siete (7) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 16. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros y Créditos de la Parroquia Cristo Redentor S. P. M. (COOPCRISRE), con domicilio en la calle Principal del barrio Santa Fe, provincia San Pedro de Macorís, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada diez (10) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). Artículo 17. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Futuro Verde (COOPFUVERDE), con domicilio en la avenida Emma Balaguer, número 7, Residencial Las Rosas, Los Guaricanos, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada trece (13) de agosto de dos mil veintidós (2022). Artículo 18. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros y Servicios Múltiples Hebrón Multiservices (COOPHEBRON), con domicilio en la avenida Ramón Mella Martin, número 28, Plaza Santana Mata, 2do nivel, municipio Haina, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada cuatro (4) de abril de dos mil veintidós (2022). Artículo 19. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Monero (COOPMONERO), con domicilio en la avenida Presidente Estrella Ureña, número 169, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada dos (2) de agosto de dos mil veintidós (2022). Artículo 20. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Nacional de Vendedores de Repuestos (COOPNAVER), con domicilio en [domicilio omitido]. Haché, Plaza Cubana II, Modulo B1, sector La Gallera, provincia Santiago de los Caballeros, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada once (11) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 21. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Reciclaje, Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Santo Domingo (COOPRESADO), con domicilio en la calle Rafael Augusto Sánchez, número 70, Edificio Santa Cecilia, apto. 204, Ensanche Piantini, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada veinte (20) de agosto de dos mil veintidós (2022). Artículo 22. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Prosperidad y Bienestar (COOPPROS), con domicilio en calle Padre Brea esquina Matías Ramón Mella, número 01, municipio San Francisco de Macorís, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada dieciocho (18) de octubre de dos mil veintidós (2022). Artículo 23. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Guanito Elías Piña (COOPAGUEP), con domicilio en la calle Principal, número 3, Distrito de Guanito, municipio El Llano, provincia Elías Piña, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada catorce (14) de junio de dos mil veintidós (2022). Artículo 24. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de la Región del Cibao (COOPASEMRECI), con domicilio en la calle Principal número 25, sector Banegas, municipio Villa González, provincia Santiago de los Caballeros, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada diez (10) de noviembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 25. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Turística El Limón (COOPATLIMON), con domicilio en calle Principal, a 200 metros del rio, distrito municipal El Limón, municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 26. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Servicios Múltiples y Auxilios Funerarios (COOPAUXILIOS), con domicilio en el Edificio B-5, Local 209, Residencial Ortega y Gasset, sector Ensanche La Fe, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022). Artículo 27. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Productores Ovino Caprino de Valverde (COOPRODOVICAV), con domicilio en la calle principal Hato Nuevo, número 3, municipio Mao, provincia Valverde, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada nueve (9) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 28. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Tropical del Este (COOP-TROPICAL), con domicilio en la calle Hermanas Mirabal, número 31, paraje Bávaro, distrito municipal Verón Punta Cana, municipio Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada quince (15) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 29. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Unión Solidaria (COOPUNI), con domicilio en la calle 9, número 58 esq. calle 8, Yaguita de Pastor, provincia Santiago de los Caballeros, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada nueve (9) de agosto de dos mil veintidós (2022). Artículo 30. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Futuro Familiar (FUTUROFCOOP), con domicilio en la avenida 27 de Febrero, número 72, Estación Shell, Canca La Piedra-Tamboril, municipio Tamboril, provincia Santiago de los Caballero, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada trece (13) de noviembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 31. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples para el Crecimiento del Bajo Yuna (COOPBAYUNA), con domicilio en la calle 27 de Febrero, número 85, Plaza Krisan, Oficina 103, municipio San Francisco de Macorís, provincia Duarte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada trece (13) de noviembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 32. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Cojobal de Bayaguana (COOPCOBAYA), con domicilio en la calle Padre Núñez, número 5, sector Santo Cristo, municipio Bayaguana, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada doce (12) de noviembre de dos mil veintidós (2022). Artículo 33. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona