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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 787-22

que concede pensiones especiales del Estado a varias personas miembros de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical y de la Confederación Autónoma Sindical Clasista

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 dic de 2022fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11094Gaceta Oficial del 31 dic de 2022
Poder Ejecutivoórgano
123personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Ángela Elpidia del Milagro de Moya Santana de OvalleEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ángela Mariana Frías de RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dante Antonio Pérez PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Emeterio Marino CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Expedita Pérez PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felicita Magaly Ramírez de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francia Pie Frometa de TejedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefina Díaz VillarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Benjamín ParedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mirqueya Mariñez MorilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafaela Figuereo VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa de la Cruz de OgandoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sarah Margarita Rodríguez TejedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Virginia María Valerio Pichardo de LalaneEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yluminada de León de LeónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yolanda Teresita de Jesus Zaiter BecilEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ada María Vittini PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alba Nelly Peña Pérez de GalizaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alejandrina Polanco PolancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alida Mercedes Pérez LirianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Amalia Margarita Liriano Abreu de AbreuEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Celeste Mendoza RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Lidia UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Luisa Matos AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Mercedes Ureña AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Angela AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Antonio Rodríguez PinedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aridia Luna de ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Belkis María Cadena Garabito de RossiEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bernardo GonzálezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Brigida Altagracia Tejada de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cándida Rosa Suero MejíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Agustín Vidal PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Antonio González AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Daniel Francisco ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen MaríaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen TorresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Crucita CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Damaris Altagracia Disla SosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Delcy Altagracia Vasquez Hilario de PaulinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Delio Samuel Marmolejos FricaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dellanira del Carmen Rivera de RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Delsy Ramona Victorio de QuezadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eladia Altagracia Valerio de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elida Antonia Cáceres de ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elma Martínez de ÁlvarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elvira Altagracia de la Cruz de MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Emilio Enrique Henry SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Esmeralda Maria Arias AlcantaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Esther Emilia de la Rosa GomeraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eustacia Familia AlcántaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felipa Molina VillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fior Daliza Mendez de TrinidadEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Flor Alexandra Paniagua RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Flor D´aliza Martínez CasillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Flor María Bencosme Padilla de SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Florentino CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francia Acosta FerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Antonia Mejía ChecoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Castro TejedaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Germania Adalgisa Dorvil GuzmánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gladys María RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Guadalupe de la Rosa MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Herminia Agüero CampusanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Isabel Cruz GarcíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Isidra Mercedes Gómez PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jacoba Ogando PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Janine Faustina Bello de CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jesús Toledo EneryEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefa de los Reyes MirandaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefa Infante GarcíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana Martina Pérez BelloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julia Hiraldo RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julia Pochet de LeónEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Libia Margarita Moreno PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leonidas E. de los Santos RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lourdes Leonarda Altagracia García de PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucía VidalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Alberto Castillo BeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Antonio RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luisa Tejeda CorporánEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Altagracia Castillo RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Antonia Alcántara MoralesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Dominga Dicent Belliard de CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Moronta YnfanteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maritza Antonia Acosta de ToribioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maritza del Carmen Pérez EspinalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maritza Ynosencia Obispo PolancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Martina Claudio CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Encarnación BerigüeteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes María Peguero AlmonteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Migdalia Cáceres FamiliaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Ángel Martínez MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mirelly Antonia Rivas PérezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mireya del Carmen Sánchez ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miriam Aida Josefina Acosta Pérez de UrbaezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miriam Altagracia Ferreras de RivasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Moisés GarcíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Neris Rosa BetancesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nicanor AgramonteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nurys Naye Acosta Rodríguez de MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Petronila Rincón NateraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Polibio Antonio RodríguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Porfiria Saviñón de TolentinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafaela Canario de FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramón Antonio Valencio NievesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Altagracia Jiménez de JesúsEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rita Rivas Sena de SenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Toribio de la NuezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Emilia Marte AlmanzarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Lidia FamiliaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Nelly CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Samuel Alberto QuirozEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santa Marisol Díaz PaniaguaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Secundina ÁlvarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Silvio de los Santos de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Simona Luisa MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sipriana Rivas SeguraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Verónica Piedad Sánchez MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yoberky Annety Feliz de HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Isidoro Antonio Núñez FernándezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yudelka Altagracia Blanco de OliveroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Zacarias Santana Tapia de RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 787-22 que concede pensiones especiales del Estado a varias personas miembros de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical y de la Confederación Autónoma Sindical Clasista. G. O. No. 11094 del 31 de diciembre de 2022. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 787-22 CONSIDERANDO: Que en el artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana se consagra el derecho a la seguridad social, a través del cual el Estado tiene el deber de estimular el desarrollo progresivo de la seguridad social para garantizar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y vejez. CONSIDERANDO: Que la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), es una organización de carácter sindical, democrática y plural que defiende los derechos y libertades de nuestro país en general y de la clase trabajadora en especial. CONSIDERANDO: Que la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), fue constituida en 1962, para defender, estudiar, promover y representar los intereses de los trabajadores del campo y la ciudad, públicos y privados. VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015. VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado. VISTO: El oficio núm. 9589, del 9 de diciembre de 2022, dirigido al presidente de la República por el Director General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano por un monto de setenta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$75,000.00) mensuales a las siguientes personas de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS): Núm. Nombres y Apellidos Cédula de identidad y electoral ÁNGELA ELPIDIA DEL MILAGRO DE MOYA SANTANA DE OVALLE [cédula] ÁNGELA MARIANA FRÍAS DE RODRÍGUEZ [cédula] DANTE ANTONIO PÉREZ PÉREZ [cédula] EMETERIO MARINO CABRERA [cédula] EXPEDITA PÉREZ PÉREZ [cédula] FELICITA MAGALY RAMÍREZ DE LA CRUZ [cédula] FRANCIA PIE FROMETA DE TEJEDA [cédula] JOSEFINA DÍAZ VILLAR [cédula] JUAN BENJAMÍN PAREDES [cédula] MIRQUEYA MARIÑEZ MORILLO [cédula] RAFAELA FIGUEREO VARGAS [cédula] ROSA DE LA CRUZ DE OGANDO [cédula] SARAH MARGARITA RODRÍGUEZ TEJEDA [cédula] VIRGINIA MARÍA VALERIO PICHARDO DE LALANE [cédula] YLUMINADA DE LEÓN DE LEÓN [cédula] YOLANDA TERESITA DE JESUS ZAITER BECIL [cédula] ARTÍCULO 2. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC): Monto en Núm. Nombres y Apellidos Cédula de identidad y RD$ electoral ADA MARÍA VITTINI PEÑA [cédula] 80,000.00 AIDA MARINA PEGUERO DE PÉREZ [cédula] 24,796.20 ALBA NELLY PEÑA PÉREZ DE GALIZA [cédula] 33,422.03 ALEJANDRINA POLANCO POLANCO [cédula] 80,000.00 ALIDA MERCEDES PÉREZ LIRIANO [cédula] 33,422.03 AMALIA MARGARITA LIRIANO ABREU DE ABREU [cédula] 66,266.69 ANA CELESTE MENDOZA ROSARIO [cédula] 40,530.10 ANA LIDIA UREÑA [cédula] 33,422.03 ANA LUISA MATOS ACOSTA [cédula] 47,395.99 ANA MERCEDES UREÑA ARIAS [cédula] 33,422.03 ANGELA ACOSTA [cédula] 25,709.25 ANTONIO RODRÍGUEZ PINEDA [cédula] 28,665.00 ARIDIA LUNA DE REYES [cédula] 33,422.03 BELKIS MARÍA CADENA GARABITO DE ROSSI [cédula] 39,571.35 BERNARDO GONZÁLEZ [cédula] 20,000.00 BRIGIDA ALTAGRACIA TEJADA DE LOS SANTOS [cédula] 49,917.40 CÁNDIDA ROSA SUERO MEJÍA [cédula] 26,000.00 CARLOS AGUSTÍN VIDAL PEÑA [cédula] 40,724.77 CARLOS ANTONIO GONZÁLEZ ARIAS [cédula] 26,680.50 CARLOS DANIEL FRANCISCO VALDEZ [cédula] 39,325.00 CARMEN MARÍA [cédula] 20,000.00 CARMEN TORRES [cédula] 20,000.00 CRUCITA CASTRO [cédula] 20,000.00 DAMARIS ALTAGRACIA DISLA SOSA [cédula] 63,000.00 DELCY ALTAGRACIA VASQUEZ HILARIO DE PAULINA [cédula] 40,425.89 DELIO SAMUEL MARMOLEJOS FRICA [cédula] 28,372.00 DELLANIRA DEL CARMEN RIVERA DE RODRIGUEZ [cédula] 39,571.35 DELSY RAMONA VICTORIO DE QUEZADA [cédula] 33,422.03 ELADIA ALTAGRACIA VALERIO DE LA CRUZ [cédula] 41,226.90 ELIDA ANTONIA CÁCERES DE REYES [cédula] 33,422.03 ELMA MARTÍNEZ DE ÁLVAREZ [cédula] 34,893.49 ELVIRA ALTAGRACIA DE LA CRUZ DE MENDOZA [cédula] 45,454.77 EMILIO ENRIQUE HENRY SANTANA [cédula] 28,665.00 ESMERALDA MARIA ARIAS ALCANTARA [cédula] 33,422.03 ESTHER EMILIA DE LA ROSA GOMERA [cédula] 39,571.35 EUSTACIA FAMILIA ALCÁNTARA [cédula] 40,724.77 FELIPA MOLINA VILLA [cédula] 40,724.77 FIOR DALIZA MENDEZ DE TRINIDAD [cédula] 25,709.25 FLOR ALEXANDRA PANIAGUA RODRÍGUEZ [cédula] 80,000.00 FLOR D´ALIZA MARTÍNEZ CASILLA [cédula] 20,000.00 FLOR MARÍA BENCOSME PADILLA DE SANCHEZ [cédula] 60,000.00 FLORENTINO CASTILLO [cédula] 10,000.00 FRANCIA ACOSTA FERRERA [cédula] 13,310.00 FRANCISCA ANTONIA MEJÍA CHECO [cédula] 39,571.35 FRANCISCA CASTRO TEJEDA [cédula] 31,340.06 GERMANIA ADALGISA DORVIL GUZMÁN [cédula] 28,665.00 GLADYS MARÍA ROSA [cédula] 33,422.03 GUADALUPE DE LA ROSA MARTE [cédula] 57,330.00 HERMINIA AGÜERO CAMPUSANO [cédula] 54,000.00 ISABEL CRUZ GARCÍA [cédula] 35,000.00 ISIDRA MERCEDES GÓMEZ PÉREZ [cédula] 48,959.30 JACOBA OGANDO PÉREZ [cédula] 33,422.03 JANINE FAUSTINA BELLO DE CABRERA [cédula] 39,571.35 JESÚS TOLEDO ENERY [cédula] 50,000.00 JOSEFA DE LOS REYES MIRANDA [cédula] 20,000.00 JOSEFA INFANTE GARCÍA [cédula] 20,000.00 JUANA MARTINA PÉREZ BELLO [cédula] 33,422.03 JULIA HIRALDO RODRÍGUEZ [cédula] 39,571.35 JULIA POCHET DE LEÓN [cédula] 20,000.00 LIBIA MARGARITA MORENO PÉREZ [cédula] 33,571.35 LEONIDAS E. DE LOS SANTOS RAMIREZ [cédula] 20,000.00 LOURDES LEONARDA ALTAGRACIA GARCÍA DE PEÑA [cédula] 39,571.35 LUCÍA VIDAL [cédula] 24,796.20 LUIS ALBERTO CASTILLO BEARD [cédula] 80,000.00 LUIS ANTONIO ROSARIO [cédula] 34,665.00 LUISA TEJEDA CORPORÁN [cédula] 33,422.03 MARÍA ALTAGRACIA CASTILLO RODRÍGUEZ [cédula] 39,571.35 MARÍA ANTONIA ALCÁNTARA MORALES [cédula] 65,554.00 MARÍA DOMINGA DICENT BELLIARD DE CASTRO [cédula] 40,000.00 MARÍA MORONTA YNFANTE [cédula] 33,422.03 MARITZA ANTONIA ACOSTA DE TORIBIO [cédula] 47,771.24 MARITZA DEL CARMEN PÉREZ ESPINAL [cédula] 39,571.35 MARITZA YNOSENCIA OBISPO POLANCO [cédula] 20,856.90 MARTINA CLAUDIO CASTILLO [cédula] 20,000.00 MERCEDES ENCARNACIÓN BERIGÜETE [cédula] 28,665.00 MERCEDES MARÍA PEGUERO ALMONTE [cédula] 20,000.00 MIGDALIA CÁCERES FAMILIA [cédula] 32,778.63 MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ MARTÍNEZ [cédula] 20,000.00 MIRELLY ANTONIA RIVAS PÉREZ [cédula] 40,724.77 MIREYA DEL CARMEN SÁNCHEZ REYES [cédula] 25,709.25 MIRIAM AIDA JOSEFINA ACOSTA PÉREZ DE URBAEZ [cédula] 39,571.35 MIRIAM ALTAGRACIA FERRERAS DE RIVAS [cédula] 41,135.00 MOISÉS GARCÍA [cédula] 28,665.00 NERIS ROSA BETANCES [cédula] 28,665.00 NICANOR AGRAMONTE [cédula] 33,422.03 NURYS NAYE ACOSTA RODRÍGUEZ DE MEDINA [cédula] 39,571.35 PETRONILA RINCÓN NATERA [cédula] 20,000.00 POLIBIO ANTONIO RODRÍGUEZ [cédula] 33,422.03 PORFIRIA SAVIÑÓN DE TOLENTINO [cédula] 31,340.06 RAFAELA CANARIO DE FELIZ [cédula] 34,793.85 RAMÓN ANTONIO VALENCIO NIEVES [cédula] 56,240.60 RAMONA ALTAGRACIA JIMÉNEZ DE JESÚS [cédula] 50,000.00 RITA RIVAS SENA DE SENA [cédula] 33,422.03 ROBERTO TORIBIO DE LA NUEZ [cédula] 28,665.00 ROSA EMILIA MARTE ALMANZAR [cédula] 33,442.03 ROSA LIDIA FAMILIA [cédula] 28,665.00 ROSA NELLY CASTRO [cédula] 24,796.20 SAMUEL ALBERTO QUIROZ [cédula] 40,724.77 SANTA MARISOL DÍAZ PANIAGUA [cédula] 33,422.03 100 SECUNDINA ÁLVAREZ [cédula] 33,422.03 101 SILVIO DE LOS SANTOS DE LOS SANTOS [cédula] 95,200.80 102 SIMONA LUISA MARTÍNEZ [cédula] 33,422.03 103 SIPRIANA RIVAS SEGURA [cédula] 33,422.03 104 VERÓNICA PIEDAD SÁNCHEZ MENDOZA [cédula] 30,439.50 YOBERKY ANNETY FELIZ DE HERNANDEZ [cédula] 39,571.35 106 ISIDORO ANTONIO NÚÑEZ FERNÁNDEZ [cédula] 39,571.35 YUDELKA ALTAGRACIA BLANCO DE OLIVERO [cédula] 60,000.00 108 ZACARIAS SANTANA TAPIA DE ROSARIO [cédula] 20,000.00 ARTÍCULO 3. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más les favorezca. ARTÍCULO 4. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la nómina de los jubilados y pensionados civiles del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO: La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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