Texto de la norma
Dec. núm. 715-22 que otorga exequatur a varios profesionales para que puedan ejercer
sus respectivas profesiones en todo el territorio nacional. Modifica los decretos núms.
603-22, 604-22, 584-22, 523-22 y 504-22. G. O. No. 11089 del 30 de noviembre de 2022
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 715-22
VISTA: La Ley núm. 111, del 3 de noviembre de 1942, sobre Exequátur de Profesionales,
y sus modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 42-01, del 8 de marzo de 2001, Ley General de Salud.
VISTA: La Ley núm. 146, del 11 de mayo de 1967, sobre Pasantía de Médicos Recién
Graduados.
VISTO: El Decreto núm. 246-06, del 9 de junio de 2006, que establece el Reglamento de
Medicamentos que regula la Dirección General de Drogas y Farmacias, en relación con sus
responsabilidades y funciones de evaluación, vigilancia sanitaria e inspección, del Ministerio
de Salud Pública y Asistencia Social.
VISTO: El oficio número. 002554,002553, 002555, 002549, 002548, 002547, 002546,
002545, 002550, 002551, 002552, 002556 del 10 y 16 noviembre de 2022, del Ministerio de
Salud Pública y Asistencia Social.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se modifica el Decreto núm. 603-22, del 17 de octubre de 2022, en lo que
respecta a VALERIENNE LEONORA PEREZ MICHEL, titular de la cédula de identidad
y electoral núm. [cédula], Doctora en Medicina, para que en lo adelante se lea y sea
lo correcto: VALARIENNE LEONORA PEREZ MICHEL, ´´titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], ´´.
Artículo 2. Se modifica el Decreto núm. 604-22, del 17 de octubre de 2022, en lo que
respecta a ANYELA NOEMI MARTE LINARES, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], Licenciada en Enfermería, para que en lo adelante se lea y
sea lo correcto: ANYELA NOEMI MARTE LINAREZ, ´´titular de la cédula de identidad
y electoral núm., [cédula]´´.
Artículo 3. Se modifica el Decreto núm. 604-22, del 17 de octubre de 2022, en lo que
respecta a MILCANY SANTANA EVANGELISTA, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], Licenciada en Psicología Clínica, para que en lo adelante se
lea y sea lo correcto: MILCANY SANTANA EVANGELISTA ´´titular de la cédula de
identidad y electoral núm., [cédula]´´.
Artículo 4. Se modifica el Decreto núm. 584-22, del 10 de octubre de 2022, en lo que
respecta a ANNIE ACOSTA PANTALEON, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. [cédula], Licenciada en Medicina Veterinaria, para que en lo adelante se lea y
sea lo correcto: ANNIE ACOSTA PANTALEON ´´titular de la cédula de identidad y
electoral núm., [cédula]´´ Doctora en Medicina Veterinaria.
Artículo 5. Se modifica el Decreto núm. 584-22, del 10 de octubre de 2022, en lo que
respecta a YULEYSI MASSIEL COLUMNA ACOSTA, titular de la cédula de identidad
y electoral núm. [cédula], Dra en Medicina, para que en lo adelante se lea y sea lo
correcto: YULEYSI MASSIEL COLUMNA ACOSTA ´´titular de la cédula de identidad
y electoral núm., [cédula]´´ Doctora en Medicina.
Artículo 6. Se modifica el Decreto núm. 603-22, del 10 de octubre de 2022, en lo que
respecta a ALEJANDRA PATRICIA NUÑEZ GUTIERREZ, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], Licenciada en Medicina Veterinaria, para que en
lo adelante se lea y sea lo correcto: ALEJANDRA PATRICIA NUÑEZ GUTIERREZ
´´titular de la cédula de identidad y electoral núm., [cédula]´´ Doctora en Medicina
Veterinaria.
Artículo 7. Se modifica el Decreto núm. 603-22, del 10 de octubre de 2022, en lo que
respecta a VANESSA PAOLA ESCOBAR PADILLA, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], Licenciada en Medicina Veterinaria, para que en lo adelante
se lea y sea lo correcto: VANESSA PAOLA ESCOBAR PADILLA ´´titular de la cédula
de identidad y electoral núm., [cédula],´´ Doctora en Medicina Veterinaria.
Artículo 8. Se modifica el Decreto núm. 603-22, del 10 de octubre de 2022, en lo que
respecta a MANUEL ALEJANDRO ANTONIO ESPINAL LEITE, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], Licenciada en Medicina Veterinaria, para que en
lo adelante se lea y sea lo correcto: MANUEL ALEJANDRO ANTONIO ESPINAL
LEITE ´´titular de la cédula de identidad y electoral núm., [cédula],´´ Doctor en
Medicina Veterinaria.
Artículo 9. Se modifica el Decreto núm. 584-22, del 10 de octubre de 2022, en lo que
respecta a JOSMAYRY JOSEFINA CACERES ALVAREZ, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], Doctora en Medicina, para que en lo adelante se
lea y sea lo correcto: JOSMAYRY JOSEFINA CÁCEREZ ÁLVAREZ ´´titular de la
cédula de identidad y electoral núm., [cédula]´´ Doctora en Medicina.
Artículo 10. Se modifica el Decreto núm. 523-22, del 13 de septiembre de 2022, en lo que
respecta a ESTHEFANY MICHELLE GARCIA BERNANRD, titular de la cédula de
identidad y electoral núm. [cédula], Doctora en Medicina, para que en lo adelante se
lea y sea lo correcto: ESTHEFANY MICHELLE GARCIA BERNARD ´´titular de la
cédula de identidad y electoral núm., [cédula]´´ Doctora en Medicina.
Artículo 11. Se modifica el Decreto núm. 504-22, del 10 de octubre de 2022, en lo que
respecta a YANNIBEL VILLANUEVA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. [cédula], Licenciada en Psicología, para que en lo adelante se lea y sea
lo correcto: ANNIBEL VILLANUEVA MARTINEZ ´´titular de la cédula de identidad y
electoral núm., [cédula]´´.
Artículo 12. Se modifica el Decreto núm. 604, del 17 de octubre de 2022, en lo que respecta
a MERIAN ELEXA BAKER CRESPO, titular de la cédula de identidad y electoral núm.
[cédula], Licenciada en Enfermería, para que en lo adelante se lea y sea lo correcto:
MERIAN ALEXA BAKER CRESPO ´´titular de la cédula de identidad y electoral núm.,
[cédula]´´.
Artículo 13. Envíese al Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología y al
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós
(2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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