Texto de la norma
Dec. núm. 657-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11086 del 14 de noviembre de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 657-22
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Cebolleros de Azua (COOPASCA), con domicilio en la calle Altagracia,
número 19, barrio Ojo de Agua, municipio Sabana Yegua, provincia Azua, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el tres (3) de junio de dos mil veintidós (2022).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de Metal Mecánico de San Cristóbal (COOPMETALSANCRI), con
domicilio en la calle Pedro Renville, número 3, Río Piedras, Parque Pisan, municipio San
Cristóbal, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados
en la asamblea general constitutiva celebrada el dos (2) de febrero de dos mil veintidós
(2022).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Transporte Unidos del Sur Don Llu Llu Lara
(COOPLLULLULARA), con domicilio en la carretera Sánchez, km. 17, número 1,
comunidad Cruce de Ocoa, provincia Peravia, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintidós (22) de junio de dos mil
veintidós (2022).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Barranquita (COOPBARRANQUITA), con domicilio en la calle
principal de la carretera Bacuí, centro comunal Unidos por Barranca, número 00, al lado del
colmado Marianny, y frente al colmado Rodríguez, próximo al Play de Barranca, distrito
municipal Don Juan Rodríguez, provincia La Vega, República Dominicana, cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de enero de
dos mil veintidós (2022).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Nathan Mayer Rothschild (COOPNAMRO), con domicilio en la calle
general Gregorio Luperón, manzana 10, sector Haití, municipio San Felipe de Puerto Plata,
provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de marzo de dos mil veintidós
(2022).
Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Pescadores de Anguilas de la Laguna Grande, Villa Isabela
(COOPRAVANLAVI), con domicilio en la calle número 24, proyecto de Laguna Grande,
municipio Villa Isabela, provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de mayo de dos
mil veintidós (2022).
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Consumo y
Servicios Múltiples de la Empresa Embutidos Yenny (COOPYENNY), con domicilio en [domicilio omitido].
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples La Meseta de Padre Las Casas (COOPMESETA), con
domicilio en la calle principal, número 14, sección La Meseta, distrito municipal Las
Lagunas, municipio Padre Las Casas, provincia Azua, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el quince (15) de
julio de dos mil veintidós (2022).
Artículo 9. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022); año
179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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