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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 656-22

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 nov de 2022fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11086Gaceta Oficial del 14 nov de 2022
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 656-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11086 del 14 de noviembre de 2022. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 656-22 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Pura Pesca RD (COOPPURAPESCA), con domicilio en la calle Paseo de los Locutores esquina Manuel de Jesús Troncoso, Torre Rosa Bella, número 402, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinticinco (25) de marzo de dos mil veintidós (2022). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Rural (COOPRURAL), con domicilio en la Avenida 27 de Febrero, Plaza Bohemia, número 204, segundo nivel, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el dieciocho (18) de diciembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Los Choferes de La Victoria (CHOVICOOP), con domicilio en la calle Duarte, número 63, entrada La Victoria, distrito municipal La Victoria, municipio Santo Domingo Norte, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el tres (3) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Artistas y Artesanos de Cabarete (COOPCAB), con domicilio en la Plaza Todoarte, calle principal, número 5, esquina Callejón de la Loma, municipio Cabarete, provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de mayo de dos mil veintiuno (2021). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de los Fabricantes de Calzados (COOPCALZA), con domicilio en la calle Capotillo, número 132, La Joya, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de diciembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples los Emprendedores de Tamboril (COOPEMTA), con domicilio en la calle Obra de Cristo, número 24, sector Los Polanco, municipio Tamboril, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecinueve (19) de febrero de dos mil veintidós (2022). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples del Fondo de Desarrollo Acuicultura Dominicano (COOPFONDEADOM), con domicilio en la calle Ramón Matías Mella, número 88, sector Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el dos (2) de abril de dos mil veintidós (2022). Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Guazumal (COOPGUAZU), con domicilio en el kilómetro 5 ½, carretera Tamboril-Santiago, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el treinta y uno (31) de julio de dos mil veinte (2020). Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Peces y Camarones (COOP-PROPESCA), con domicilio en la calle Posa del Castillo, número 417, sector Juan Lockward, municipio Villa Montellano, provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintidós (22) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 10. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona