Texto de la norma
Dec. núm. 614-22 que modifica el artículo 3 del Dec. núm. 301-13, que a su vez modificó
el artículo 8 del Dec. núm. 277-13. Dispone que el fideicomiso se apoyará en la Oficina
Coordinadora General de Fideicomiso RD-VIAL, que creará el Ministerio de Obras
Públicas y Comunicaciones. G. O. No. 11085 del 31 de octubre de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 614-22
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 277-13, del 25 de septiembre de 2013,
se ordenó la constitución de un Fideicomiso Público e Irrevocable, de Administración,
inversión, Operación y Fuente de Pago, a ser denominado ‘‘FIDEICOMISO PARA LA
OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPANSIÓN DE LA RED VIAL PRINCIPAL DE
LA REPÚBLICA DOMINICANA-RD VIAL” (en lo adelante, FIDEICOMISO RD VIAL),
en el marco de las disposiciones de la Ley núm. 189-11, del 16 de julio de 2011. para el
Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana; y del
Decreto núm. 95-12, del 2 de marzo de 2012. que establece el Reglamento para regular los
aspectos que, en forma complementaria a la Ley núm. 189-11, se requieren para el
funcionamiento de la figura del fideicomiso en sus distintas modalidades, y de las demás
normas legales complementarias aplicables.
CONSIDERANDO: Que posteriormente, para lograr los objetivos planteados en el referido
Decreto núm. 277-13, se requirió modificar algunas de sus disposiciones.
CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo anterior, fue emitido el Decreto núm. 301-13, del
16 de octubre de 2013, que modificó los artículos 4, 7 y 8 del Decreto núm. 277-13, del 25
de septiembre de 2013. y dispuso que "el fideicomiso se apoyará en la Oficina Coordinadora
General del FIDEICOMISO RD VIAL que creará el Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones dentro de su estructura interna, conforme las normas y procedimientos
legales vigentes, con el objeto de realizar, coordinar, fiscalizar y supervisar las labores
técnicas y operativas que encargue el Comité Técnico en el marco de sus atribuciones,
incluyendo agotar los procedimientos que establecen las normas legales sobre compras y
contrataciones públicas”.
CONSIDERANDO: Que, actualmente, para eficientizar las labores que realiza la Oficina
Coordinadora General del FIDEICOMISO RD VIAL, se requiere designar mediante decreto
a un funcionario que identifique las tareas necesarias para lograr ese cometido a cabalidad.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTO: El Decreto núm. 277-13 del 25 de septiembre de 2013.
VISTO: El Decreto núm. 301-13 del 16 de octubre de 2013.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 3 del Decreto núm. 301-13, del
16 de octubre
de 2013, que a su vez modificó el artículo 8, del Decreto núm. 277-13, del 25 de
septiembre de 2013, para agregarle un párrafo y que en lo adelante disponga como sigue:
“ARTÍCULO 3. Se modifica el artículo 8 del Decreto 277-13, del 25 de septiembre de 2013.
para que en lo adelante se lea como sigue:
ARTÍCULO 8. El fideicomiso se apoyará en la Oficina Coordinadora General del
FIDEICOMISO RD VIAL que creará el Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones dentro de su estructura interna, conforme a las normas y
procedimientos legales vigentes, con el objeto de realizar, coordinar, fiscalizar y
supervisar las labores técnicas y operativas que encargue el Comité Técnico en el
marco de sus atribuciones, incluyendo agotar los procedimientos que establecen las
normas legales sobre compras y contrataciones públicas.
PÁRRAFO: La Oficina Coordinadora General del FIDEICOMISO RD VIAL tendrá
un director designado por el Poder Ejecutivo.”
ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán. Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022);
año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.