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Texto
Texto de la norma
Dec. núm. 571-22 que concede el beneficio de una pensión especial del Estado
dominicano a la señora Hidalia Núñez Matos. G. O. No. 11084 del 14 de octubre de
2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 571-22
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano por
un monto de cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales, a la
señora Hidalia Núñez Matos, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula].
ARTICULO 2. En caso de que la beneficiaría se encuentre disfrutando de una pensión del
Estado, podrá optar por la pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 3. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19, del
20 de noviembre de 2019, que esta pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo al
Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tenga
efectividad a partir de la fecha en que la beneficiaría formalice su solicitud de inclusión en la
Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda.
PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un
plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de la pensión, contado a partir de que la
interesada haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de
la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho
plazo.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones a cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona