miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 282-08

que dispone el traspaso en provecho de la Dirección General de Aduanas, de varios inmuebles ubicados en el Distrito Nacional, donde actualmente se encuentra su oficina principal

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 jul de 2008fecha
Otrostipo
G. O. 10479Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (14,114 caracteres)
Dec. No. 282-08 que dispone el traspaso en provecho de la Dirección General de Aduanas, de varios inmuebles ubicados en el Distrito Nacional, donde actualmente se encuentra su oficina principal LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 282-08 CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano, en el interés de adquirir un espacio físico donde alojar las oficinas administrativas y operacionales de la Dirección General de Aduanas adquirió en fecha 22 de marzo del año 2005 los bienes inmuebles donde actualmente se aloja la oficina principal de dicha institución; CONSIDERANDO: Que dicha compra de los bienes inmuebles fue ejercida a favor del Estado dominicano en razón de que en ese entonces la Dirección General de Aduanas no disponía de personería jurídica propia ni de autonomía presupuestaria y financiera; CONSIDERANDO: A que en virtud de la Ley No.226-06, la Dirección General de Aduanas adquirió autonomía presupuestaria y patrimonio propio, razón por la cual impera el traspaso a su favor de los bienes inmuebles adquiridos por el Estado dominicano para el cumplimiento de sus fines; CONSIDERANDO: Que al tenor del Artículo 13 de la precitada Ley No.226-06, el patrimonio de las aduanas estará conformado por los bienes muebles e inmuebles y activos intangibles de su propiedad y los que le hayan sido asignados por el Estado para su funcionamiento; CONSIDERANDO: Que los bienes adquiridos por el Estado dominicano por medio del contrato de compraventa suscrito con la razón social Consultoría Astur, S. A., en fecha 22 de marzo del año 2005, han sido asignados a la Dirección General de Aduanas y forman parte de su patrimonio. VISTA: La Constitución de la República Dominicana; VISTA: La Ley No.3489 sobre el Régimen Legal de Aduanas, de fecha 14 de febrero de 1953; VISTA: La Ley No.226-06 de fecha 19 de junio de 2006, que otorga Autonomía Presupuestaria y Patrimonio Propio a la Dirección General de Aduanas. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1.- Se dispone el traspaso, en provecho de la Dirección General de Aduanas, de los siguientes bienes inmuebles: 1.- UNA PORCIÓN DE TERRENO, amparada bajo el Certificado de Título marcado con el No.87-7319 (ocho siete guión siete tres uno nueve), con una extensión superficial de dos mil ciento cincuenta y dos (2,152) metros cuadrados, sesenta y seis (66) decímetros cuadrados, dentro del ámbito del solar No.9 (nueve), de la manzana No.1,757 (mil setecientos cincuenta y siete), del Distrito Catastral No.1 (uno) del Distrito Nacional, el cual solar tiene una extensión total de dos mil cuatrocientos dieciséis (2,416) metros cuadrados, quince (15) decímetros cuadrados y está limitado: al Norte, Solar No.1; al Este, Solar No. 8; al Sur, calle "A"; y, al Oeste, Parcela No.108-B-3; 2.- UNA PORCIÓN DE TERRENO, amparada bajo el Certificado de Título marcado con el No.87-4806 (ocho siete guión cuatro ocho cero seis), con una extensión superficial de un mil cuatrocientos noventa y seis (1,496) metros cuadrados y veinticuatro (24) decímetros cuadrados, dentro del ámbito de Solar No.8 (ocho), de la Manzana No.1,757 (un mil setecientos cincuenta y siete), del Distrito Catastral No.1 (uno) del Distrito Nacional, el cual solar tiene una extensión total de dos mil once (2,011) metros cuadrados y ochenta y tres (83) decímetros cuadrados, y está limitado: al Norte, Solar No. 2; al Este, Solar No. 7; al Sur, calle "A"; y, al Oeste, Solar No. 9; 3.- UNA PORCIÓN DE TERRERO, amparada bajo el Certificado de Título marcado con el No.2002-4857 (dos cero, cero dos guión cuatro ocho cinco siete), ubicada dentro del ámbito del solar No.1 (uno) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho), del Distrito Catastral No.1 (uno) del Distrito Nacional, el cual tiene una extensión superficial de seiscientos cuarenta y dos (642) metros cuadrados, ochenta y nueve (89) decímetros cuadrados, y está limitado: al Norte, calle "A"; al Este, Solar No. 2; al Sur, Solar No. 6; y, al Oeste, Parcela No.108-B-3; 4.- UNA PORCIÓN DE TERRENO, amparada bajo el Certificado de Título marcado con el No.83-9340 (ocho tres guión nueve tres cuatro cero), con una extensión superficial de quinientos treinta y un (531) metros cuadrados, ochenta y seis (86) decímetros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.108-B-3 (ciento ocho "B" tres), del Distrito Catastral No.3 (tres) del Distrito Nacional, y está limitada: al Norte, Parcela No.108-A; al Este, Parcela No.96-A; al Sur, Parcela No. 96-A; y al Oeste, avenida Abraham Lincoln y parcelas números 108-B-2 y 108-A. 5.- UNA PORCIÓN DE TERRENO, amparada bajo el Certificado de Título marcado con el No.2002-4859 (dos cero, cero dos guión cuatro ocho cinco nueve), ubicada dentro del ámbito del solar No. 6 (seis) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho), del Distrito Catastral No.1 (uno) del Distrito Nacional, el cual tiene una extensión superficial de un mil cincuenta y cinco (1,055) metros cuadrados, veinte (20) decímetros cuadrados, y está limitado: al Norte, Solares números 1 y 2; al Este, Solar No.2; al Sur, Solar No.3; y, al Oeste, Avenida Abraham Lincoln y Parcela No.108-B-3. 6.- UNA PORCIÓN DE TERRENO, amparada bajo el Certificado de Título marcado con el No.2002-4858 (dos cero, cero dos guión cuatro ocho cinco ocho), ubicada dentro del ámbito del solar No.2 (dos) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho), del Distrito Catastral No.1 (uno) del Distrito Nacional, el cual tiene una extensión superficial de un mil ochocientos diecisiete (1,817) metros cuadrados, ochenta y tres (83) decímetros cuadrados, y está limitado: al Norte, calle "A"; al Este, calle "A"; al Sur, Solar No. 3; y, al Oeste, Solares números 6 y 1. 7.- APARTAMENTO D-2 ("D" guión dos), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No.91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la tercera planta del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No. 3-Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No. 1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No. 1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de un mil trescientos sesenta y ocho (1,368) metros cuadrados, con la siguiente distribución: dieciocho (18) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Sur del Edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 8.- APARTAMENTO C-l ("C" guión uno), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No.91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la segunda planta del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No. 3-Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No. 1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No. 1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de un mil setenta (1,070) metros cuadrados, con la siguiente distribución: dieciocho (18) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Norte del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 9,- APARTAMENTO C-2 ("C" guión dos), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No.91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la segunda planta del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No. 3-Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No.1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de un mil trescientos sesenta y ocho (1,368) metros cuadrados, con la siguiente distribución: dieciocho (18) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Sur del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 10.- APARTAMENTO B-2 ("B" guión dos), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No.91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la primera planta del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No. 3-Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No. 1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de un mil ochocientos treinta y siete (1,837) metros cuadrados, cincuenta (50) decímetros cuadrados, con la siguiente distribución: treinta (30) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Sur del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 11.- APARTAMENTO A-l ("A" guión uno), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No.91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la planta de sótano del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No.3- Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No. 1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de dos mil ciento treinta (2,130) metros cuadrados, con la siguiente distribución: quince (15) locales divididos en cubículos con siete (7) baños, y está situado en la parte Norte del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 12.- APARTAMENTO A-2 ("A" guión dos), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No.91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la planta de sótano del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No. 3- Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No. 1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de dos mil ciento treinta (2,130) metros cuadrados, con la siguiente distribución: dieciséis (16) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Sur del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 13.- APARTAMENTO B-1 ("B" guión uno), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No.91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la primera planta del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No. 3-Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No. 1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de un mil seiscientos tres (1,603) metros cuadrados, cincuenta (50) decímetros cuadrados, con la siguiente distribución: treinta (30) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Norte del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 14.- APARTAMENTO E-1 ("E" guión uno), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No. 91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la cuarta planta del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No. 3-Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No. 1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No. 1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de un mil sesenta (1,070) metros cuadrados, con la siguiente distribución: dieciocho (18) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Norte del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 15.- APARTAMENTO E-2 ("E" guión dos), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No. 91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la cuarta planta del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No. 3-Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No. 1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No. 1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de un mil trescientos sesenta y ocho (1,368) metros cuadrados, con la siguiente distribución: dieciocho (18) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Sur del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. 16.- APARTAMENTO D-1 ("D" guión uno), amparado bajo el Certificado de Título marcado con el No. 91-3303 (nueve uno guión tres, tres cero tres), ubicado en la tercera planta del denominado "CONDOMINIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO CODETEL", levantado dentro del ámbito del Solar No.3-Reformado (Tres guión Reformado) de la Manzana No.1,758 (un mil setecientos cincuenta y ocho) del Distrito Catastral No.1 (uno) del Distrito Nacional, el cual apartamento tiene un área de construcción de un mil setenta (1,070) metros cuadrados, con la siguiente distribución: dieciocho (18) locales divididos en cubículos con tres (3) baños, y está situado en la parte Norte del edificio, con frente orientado hacia el Oeste, con acceso a la vía pública a través de una escalera. ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Registrador de Títulos del Distrito Nacional a efectuar en provecho de la Dirección General de Aduanas el traspaso de los bienes inmuebles transferidos por el presente decreto. ARTICULO 3.- Envíese a la Dirección General de Aduanas y al Registro de Títulos del Distrito Nacional. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil ocho (2008); años 165 de la Independencia y 145 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona