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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 121-09

QUE AUTORIZA A VARIOS CIUDADANOS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 feb de 2009fecha
Otrostipo
G. O. 10512Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 121-09 que autoriza a varios ciudadanos a realizar cambios en sus nombres. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 121-09 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para el cambio de nombres establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones. CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados. CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley. VISTOS: Los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. La señora Ana Felicita Ramona De la Cruz Benítez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Elvirita De la Cruz Benítez. Artículo 2. El señor Juana Bautista Polanco De la Cruz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Bautista Polanco De la Cruz. Artículo 3. La señora Celina Mirabal De Jesús, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Marcelina Mirabal De Jesús. Artículo 4. La señora Joaquina Almonte, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa Almonte. Artículo 5. La señora María Francisca Ureña Tapia, queda autorizada a cambiarle su nombre por el de María Altagracia Ureña Tapia. Artículo 6. La señora Andrea Ramona Ramos Tejada, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Andrea Ramos Tejada. Artículo 7. El señor Leonicio Robles Peguero, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Leoncio Robles Peguero. Artículo 8. La señora Olivia Iris Polanco Vargas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Iris Mercedes Polanco Vargas. Artículo 9. La señora Wendy Virginia Cabrera Castillo, madre de la menor Leah Virginia Guzmán Cabrera, queda autorizada a cambiarle el nombre a su hija por el de Lía Virginia Guzmán Cabrera. Artículo 10. El señor Félix Pérez, padre del menor Johnatan Pérez Silverio, queda autorizado a cambiarle el nombre de su hijo por el de Jonathan Pérez Silverio. Artículo 11. La señora Albara Cabrera Toribio, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Alba Cabrera Toribio. Artículo 12. La señora Aidez Del Carmen Guzmán Ceballos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Aidé del Carmen Guzmán Ceballos. Artículo 13. La señora Florinda Nurse Rivera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Florinda Verónica Nurse Rivera. Artículo 14. El señor Felicito Antonio Vargas López, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Félix Vargas López. Artículo 15. La señora Zuneida Antonia Cabrera Reyes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Zunilda Antonia Cabrera Reyes. Artículo 16. La señora Bienvenida De León Doñe, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Miguelina De León Doñe. Artículo 17. La señora Marisa Mercedes Núñez Colón, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Maritza Mercedes Núñez Colón. Artículo 18. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes. Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de febrero del año dos mil nueve (2009), año 165 de la Independencia y 146 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona