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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 557-22

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACIÓN A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 sept de 2022fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 11082Gaceta Oficial del 30 sept de 2002
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 557-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11082 del 30 de septiembre de 2002. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 557-22 VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo í 28 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Amberos de La Cumbre (COOPAMCU), con domicilio en la carretera Turística, km. 11, La Cumbre, número 5, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Región Enriquillo (COOPARE), con domicilio en la avenida Libertad, número 3, municipio Cabral, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de abril de dos mil veintidós (2022). Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Amigos Unidos (COOPDEAMIGOS), con domicilio en la carretera Luperón, km. 1, residencial El Edén, apartamento SE-1, módulo A, municipio Santiago, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Ecosamaná (COOPECOSAMANA), con domicilio en la carretera Samaná-Sánchez, km. 9, municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el catorce (14) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Esperanza Pedernales (COOPEP), con domicilio en [domicilio omitido]. de Abril, número 2, barrio Savica, municipio Pedernales, provincia Pedernales, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Campamento Libertad (COOPLIBERTAD), con domicilio en la calle Rafael Reyes, número 27, sector La 7, comunidad Arroyo al Medio, municipio Tamayo, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el diecisiete (17) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Pontezuela (COOP-PO), con domicilio en la avenida 27 de Febrero, Plaza Alfa, tercer piso, modelo tres, municipio Santiago, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el trece (13) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Productos Pesqueros (COOPPROPES), con domicilio en [domicilio omitido]. República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinticinco (25) de abril de dos mil veintidós (2022). Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Renacer Monte Plata (COOPRENACERMP), con domicilio en la calle Mella, número 54, centro del pueblo, municipio Monte Plata, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de diciembre de dos mil veintiuno (2021). Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Empleados Hoteles Senator (COOPSENATOR), con domicilio en la carretera Puerto Plata-Santiago, número 1, distrito municipal Maimón, municipio Puerto Plata, provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintidós (2022). Artículo 11. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona